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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 11 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2005 (11/11/2005)

CANTIDAD DE PAGINAS: 96

TEXTO PAGINA: 17

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G33/G30/G33/G39/G33/G39 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, viernes 11 de noviembre de 2005 /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G76/G69/G61/G6A/G65/G20/G64/G65/G20/G44/G69/G72/G65/G63/G74/G6F/G72/G20/G45/G6A/G65/G63/G75/G74/G69/G76/G6F /G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G41/G50/G43/G49/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G70/G61/G72/G74/G69/G63/G69/G70/G61/G72/G20/G65/G6E/G20/G73/G65/G6D/G69/G6E/G61/G72/G69/G6F/G72/G65/G67/G69/G6F/G6E/G61/G6C/G20/G65/G6E/G20/G43/G6F/G6C/G6F/G6D/G62/G69/G61 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 1229-2005-RE Lima, 9 de noviembre de 2005 Vista, la invitación de la Agencia Presidencial para la Acción Social y la Cooperación Internacional (ACCION SOCIAL) de Colombia, de fecha 27 de setiembre de 2005y el Memorándum Nº 328-2005/APCI-GG, de 29 de setiembre de 2005 de la Gerencia de Gestión de la Agencia Peruana de Cooperación Internacional; CONSIDERANDO: Que, en el marco de la XI Jornada de Evaluación y Programación de la Cooperación de Chile, realizada en la ciudad de Lima el pasado mes de enero, se acordóorganizar un Seminario Regional de Seguimiento "Desarrollo de Capacidades Orientado a la Cooperación Sur - Sur", en la ciudad de Bogotá, República de Colombia,el presente año, acuerdo que fue ratificado por los asistentes a la Reunión Preparatoria de la Cumbre Sur, realizada en La Habana, República de Cuba; Que, el citado evento ha permitido a los representantes de los países asistentes avanzar en la construcción, de modelos de cooperación Sur-Sur,basados en el desarrollo de capacidades, así como contar con un portafolio de proyectos que refuercen esta modalidad de cooperación y que pueda ser presentadoa las fuentes cooperantes que participaron; Que, asimismo la presencia de los responsables gubernamentales de la cooperación técnica de cada paístiene como objetivo fortalecer el concepto de Desarrollo de Capacidades -a nivel el individual e institucional- tanto para contribuir a definir y resolver problemas deformulación como para implementar programas y proyectos para sostener planes de desarrollo en la región latinoamericana y caribeña; Que, el Seminario estuvo dirigido a los altos funcionarios responsables de los organismos rectores de la cooperación de cada país convocado: Ministro(a),Director(a) o Secretario(o) responsable del tema de cooperación técnica gubernamental"; Que, en atención a lo expuesto resultó necesaria la participación del Director Ejecutivo de la Agencia Peruana de Cooperación Internacional - APCI, quien realizó una exposición sobre los campos de excelencia o sectorescapaces de ofrecer asistencia técnica a terceros países, además de presentar perfiles de proyectos dirigidos a contribuir al fortalecimiento de las capacidades de lacooperación Sur-Sur en el Perú; Que, el financiamiento de los pasajes y viáticos que irrogó el viaje del Director Ejecutivo a la ciudad de Bogotá,República de Colombia, fueron asumidos por la Agencia Presidencial para la Acción Social y la Cooperación Internacional (ACCION SOCIAL) de Colombia; Que, el financiamiento de la Tarifa de Aeropuerto que irrogó el viaje del Director Ejecutivo fue asumido con cargo a los recursos de la Agencia Peruana deCooperación Internacional, conforme al Memorándum Nº 280-2005/APCI-OAFI de la Oficina de Administración, Finanzas e Informática; De conformidad con la Ley de Creación de la Agencia Peruana de Cooperación Internacional, Ley Nº 27692, su Reglamento de Organización y Funciones, aprobadopor Decreto Supremo Nº 053-2003-RE, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, Ley Nº 27619, y su Reglamentoaprobado por Decreto Supremo Nº 47-2002-PCM; SE RESUELVE:Artículo Primero.- Autorizar, en vía de regularización, el viaje en comisión de servicios del señor OscarSchiappa Pietra Cubas, Director Ejecutivo de la Agencia Peruana de Cooperación Internacional - APCI, a la ciudad de Bogotá, República de Colombia, quien asistió alSeminario Regional de Seguimiento "Desarrollo de Capacidades Orientado a la Cooperación Sur - Sur" que se realizó los días 31 de octubre, 1 y 2 de noviembre de2005, para los fines a que se refiere la parte considerativa de la presente resolución. Artículo Segundo.- El gasto que irrogó el viaje del citado funcionario fue asumido por la Agencia Presidencialpara la Acción Social y la Cooperación Internacional (ACCION SOCIAL) de Colombia; y, el pago por Tarifa de Aeropuerto fue asumida con cargo a los recursos de laAgencia Peruana de Cooperación Internacional. Artículo Tercero.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje, el DirectorEjecutivo presentará al Despacho del Ministro de Relaciones Exteriores, un informe detallado de las acciones realizadas y los resultados obtenidos, Artículo Cuarto.- La presente Resolución no otorga derecho a exoneración de impuestos o derechos aduaneros de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. OSCAR MAÚRTUA DE ROMAÑA Ministro de Relaciones Exteriores 19017 TRANSPORTES Y COMUNICACIONES /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20 /G76/G69/G61/G6A/G65/G20 /G64/G65/G20 /G49/G6E/G73/G70/G65/G63/G74/G6F/G72/G20 /G64/G65 /G53/G65/G67/G75/G72/G69/G64/G61/G64/G20 /G41/GE9/G72/G65/G61/G20 /G61/G20 /G42/G6F/G6C/G69/G76/G69/G61/G20 /G70/G61/G72/G61/G70/G61/G72/G74/G69/G63/G69/G70/G61/G72/G20/G65/G6E/G20/G65/G6C/G20/G53/G65/G6D/G69/G6E/G61/G72/G69/G6F/G20/G22/G41/G65/G72/G6F/G70/G75/G65/G72/G74/G6F/G3A/G53/G65/G67/G75/G72/G69/G64/G61/G64/G20/G64/G65/G20/G42/G69/G65/G6E/G65/G73/G20/G79/G20/G50/G65/G72/G73/G6F/G6E/G61/G73/G22 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 800-2005-MTC/02 Lima, 7 de noviembre de 2005 CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 27619, que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, en concordancia con sus normas reglamentariasaprobadas por Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, establece que para el caso de los servidores y funcionarios públicos de los Ministerios, entre otrasentidades, la autorización de viaje se otorgará por Resolución Ministerial del Sector que corresponda, la cual será publicada en el Diario Oficial El Peruano conanterioridad al viaje, con excepción de las autorizaciones de viaje que no irroguen gastos al Estado; Que, el Decreto de Urgencia Nº 015-2004 dispone que los viajes al exterior que irroguen gasto al Tesoro Público, de funcionarios, servidores públicos o representantes del Poder Ejecutivo, a que se refieren elprimer y segundo párrafo del artículo 1º de la Ley Nº 27619, quedan prohibidos por el ejercicio fiscal 2005, prohibición que no es aplicable a los sectores RelacionesExteriores y Comercio Exterior y Turismo, así como la Dirección de Aeronáutica Civil del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, en cuyos casos losviajes serán autorizados a través de resolución del Titular del Pliego respectivo, la misma que deberá ser publicada en el Diario Oficial El Peruano antes del inicio de lacomisión de servicios; Que, según la Ley Nº 27261, Ley de Aeronáutica Civil del Perú, la Autoridad Aeronáutica Civil es ejercidapor la Dirección General de Aeronáutica Civil como dependencia especializada del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Que, mediante Carta de fecha 23 de agosto de 2005, el Director Regional de la Organización de Aviación Civil Internacional, comunica que como parte de lasactividades para el año 2005 del Proyecto Regional RLA/ 97/903, Entrenamiento de Personal de Aviación Civil de las Regiones CAR/SAM, patrocinado por AeropuertosEspañoles y Navegación Aérea (AENA), de España, se ha programado la realización del Seminario "Aeropuerto: Seguridad de Bienes y Personas", a realizarse en laciudad de Santa Cruz de la Sierra, Bolivia, del 14 al 18 de noviembre de 2005, ofreciendo dos becas por país para ser financiadas por el Proyecto RLA/97/903;