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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G33/G30/G33/G39/G34/G37 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, viernes 11 de noviembre de 2005 Nacional del Perú; así como, aprobar la modificación de las tasas de la Clínica Odontológica por diversos servicios, autorizando la modificación del Registro de Tasas Académicas y de Tarifas de Bienes y Servicios endicho extremo; y, autorizar el otorgamiento de dos (2) medias becas anuales para los Programas de Maestría y Doctorado en la Escuela Universitaria de Post Gradoal personal del Instituto de Enfermedades Neoplásicas; declarar improcedente la solicitud de alumnos que requieren anulación de cobro efectuado a partir del año2005, por concepto de pensión de enseñanza, ratificando los montos cobrados a los ingresantes sin convenio específico en la modalidad de segunda profesiónconvenio PNP-EP-FAP; la aplicación de tasas por concepto de devolución de dinero y por nuevo emisión de cheque, y su inclusión en el Tupa; De conformidad con la Ley Nº 23733 - Ley Universitaria, el Estatuto y Reglamento General de la Universidad; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Ratificar los siguientes acuerdos de la Comisión de Tasas de esta Casa Superior de Estudios, tomados en Sesión de fecha el 19 de julio del2005, en consecuencia aprobar e incluir las siguientes tasas en el "Registro de Tasas Académicas y Tarifas de Bienes y Servicios de la Universidad Nacional FedericoVillarreal” y en el “Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA de la UNFV", según sea el caso, de acuerdo al siguiente detalle: a. Aprobar la incorporación en el Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA de la UNFV, lastasas 2005, por concepto de matrícula y pensiones de enseñanza, para los alumnos que han ingresado a esta Casa Superior de Estudios, en virtud de los conveniosespecíficos suscritos con el Ejército Peruano, Fuerza Aérea del Perú y Policía Nacional del Perú, de acuerdo al siguiente cuadro: CONCEPTO MONTO S/. 1. Programa de Complementación de Bachillerato para Oficiales FAP (Convenio Específico) Matrícula (por dos módulos) 196.00 Pensión de enseñanza (por crédito) 50.00 2. Programa de Complementación de Bachillerato para Cadetes EMCH (Convenio Específico) Matrícula (Anual) 178.00 Pensión de enseñanza (por ciclo) 1, 150.00 Pensión de enseñanza - Ciclo 0 (por crédito) 30.00 3.Convenios - Segunda Profesión para Oficiales PNP-EP-FAP Matrícula (por dos módulos) 170.00 Matrícula ingresantes (por dos módulos) 230.00 Pensión de enseñanza (por mes) 186.00 4. Convenios Segunda Profesión para Oficiales PNP-EP-FAP (Facultad de Ingeniería Electrónica eInformática) Matrícula (anual) 200.00 Pensión de enseñanza (por módulo) 200.00 b. Aprobar la modificación de las tasas de la Clínica Odontológica e incluirlas en el Registro de TasasAcadémicas y Tarifas de Bienes y Servicios de la Universidad Nacional Federico Villarreal (no corresponde incluirlas en el TUPA por cuanto son servicios de unCentro de Producción), conforme al siguiente cuadro: CONCEPTOTasa Nueva Anterior Tasa Radiografía panorámica (paciente de clínica) 24.00 18.00 Radiografía panorámica (paciente externo) 30.00 25.00 Radiografía periapical (paciente externo) 15.00 10.00 Tele-RX de perfil (paciente de Clínica) 24.00 18.00 Tele-RX de perfil (paciente externo) 33.00 25.00 Tele-RX postero anterior (paciente de Clínica) 24.00 18.00 Tele-RX postero anterior (paciente externo) 33.00 25.00CONCEPTOTasa Nueva Anterior Tasa Proyec. de Waters (orto-mento-naso) (paciente de Clínica) 24.00 18.00 Proyec. de Waters (orto-mento-naso) (paciente externo) 33.00 25.00 Proyec. de Cadwell (fronto-naso) (paciente de Clínica) 24.00 18.00 Proyec. de Cadwell (fronto-naso) (paciente externo) 33.00 25.00 Proyec. de Clementich (paciente de Clínica) 24.00 18.00 Proyec. de Clementich (paciente externo) 33.00 25.00 Proyec. cráneo-caudal (paciente de Clínica) 24.00 18.00 Proyec. cráneo-caudal (paciente externo) 33.00 25.00 Proyec. de Shuller modificada - ATM (paciente de Clínica) 24.00 18.00 Proyec. de Shuller modificada - ATM (paciente externo) 33.00 25.00 Radiografía oclusal (paciente externo) 18.00 15.00 c. Aprobar el otorgamiento de dos (2) medias becas anuales para los Programas de Maestría o Doctorado, en la Escuela Universitaria de Post Grado, al personal del Instituto Especializado de EnfermedadesNeoplásicas, dentro de lo que establece el numeral 7.9 de la Cláusula Séptima del Convenio Específico suscrito entre esta Casa Superior de Estudios y dicho Instituto. Artículo Segundo.- Ratificar los siguientes acuerdos de la Comisión de Tasas de esta Casa Superior deEstudios, tomados en Sesión de fecha el 8 de septiembre del 2005, conforme se señala a continuación: a.- Declarar improcedente la solicitud de alumnos Chambi Cueto Oscar Ulises, Silva Marín Luis Humberto, Morillo Vidal Miguel Augusto, Mejía Huayanay MiguelAntonio, Hidalgo Lizárraga Ernesto Augusto, Pareja García Gustavo Adolfo, Rodríguez Miranda Luis Alberto, Vidal Del Carpio Christian, Navarrete Rojas Miguel, Valverde Inga Arturo, Casimiro Caro Francisco Javier, Huillcañahui Tamayo Ruben, Vargas Vásquez CarlosAlberto, de la Facultad de Derecho y Ciencia Política y Ingeniería Electrónica e Informática, respectivamente, que requieren anulación de cobro efectuado por concepto depensión de enseñanza Segunda Profesión - Convenios PNP-EP-FAP. b.- Ratificar los montos cobrados a los ingresantes, sin convenio específico, en la modalidad de Segunda Profesión Convenio PNP-EP-FAP, en los montos siguientes: MATRÍCULA 170.00 MATRÍCULA INGRESANTES 230.00 PENSIÓN DE ENSEÑANZA (POR MES) 186.00 c) El cobro indicado en el numeral anterior tendrá efecto a partir del presente año, a los ingresantes en elaño 2005 y años anteriores. d) Las Tasas indicadas podrán ser actualizadas anualmente, según lo disponga el Consejo Universitario. e) Aprobar las siguientes tasas por concepto de Devolución de dinero y por nueva emisión de cheque: TASAS ADMINISTRATIVAS CONCEPTO MONTO S/. DEVOLUCIÓN DE DINERO 20% del monto pagado por el solicitante NUEVO GIRO DE CHEQUE S /.10.00 Los procedimientos son los siguientes: - La tasa por Devolución de dinero procederá sólo en los casos en que la devolución de dinero sea causada por un error del que efectuó el pago. El cobro de dichatasa se hará descontando directamente el 20% sobre el monto pagado por el usuario inicialmente. Dicho descuento se hará al momento de la devolución, en formaautomática. El monto máximo a descontar será del 3% de la UIT (es decir S/.99.00 en el 2005).