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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 11 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2005 (11/11/2005)

CANTIDAD DE PAGINAS: 96

TEXTO PAGINA: 18

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G33/G30/G33/G39/G34/G30 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, viernes 11 de noviembre de 2005 Que, según los términos del Informe Nº 0821-2005- MTC/12, la Dirección General de Aeronáutica Civil del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, señala que en el referido Seminario se tratarán temas de importancia,tales como reglamentación internacional sobre seguridad aeroportuaria, inspección 100% del equipaje, amenazas nuevas y emergentes, filosofía de la seguridad, factoreshumanos en la seguridad de la aviación civil, gestión de crisis, planificación de las infraestructuras de cara a la seguridad, medios técnicos y nuevas tecnologíasaplicados a la seguridad, instrucciones y procedimientos, seguridad vs. facilitación, entre otros temas; Que, en tal sentido, la Dirección General de Aeronáutica Civil ha designado al señor Iván Chahud La Rosa, Inspector de Seguridad Aérea de la Dirección General de Aeronáutica Civil del Ministerio de Transportesy Comunicaciones, para participar en el Seminario indicado; Que, el viaje del mencionado profesional será financiado en el marco del Convenio de Gestión de Servicios PER/01/801, suscrito por el Ministerio de Transportes y Comunicaciones y la Organización deAviación Civil Internacional (OACI), organismo técnico de las Naciones Unidas, en observancia de la Tercera Disposición Complementaria de la Ley Nº 27261, deconformidad con los términos de la Autorización de Beca Int. Nº 042-09-2005, suscrita por el Coordinador Nacional del Proyecto OACI; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 27791, Ley Nº 27619, el Decreto de Urgencia Nº 015-2004 y el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje del señor Iván Chahud La Rosa, Inspector de Seguridad Aérea de la Dirección General de Aeronáutica Civil del Ministerio de Transportesy Comunicaciones, a la ciudad de Santa Cruz de la Sierra, Bolivia, durante los días 13 al 18 de noviembre de 2005, para los fines a que se contrae la parte considerativa dela presente Resolución. Artículo 2º.- Los gastos que demande el cumplimiento de la presente Resolución serán financiados por elConvenio de Gestión de Servicios PER/01/801, celebrado entre el Ministerio de Transportes y Comunicaciones y la Organización de Aviación Civil Internacional (OACI), deconformidad con la Autorización de Beca Int. Nº 042-09- 2005, de acuerdo al siguiente detalle: Pasajes Aéreos US$ 650.00 Artículo 3º.- Conforme a lo dispuesto por el artículo 10º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, el profesional mencionado en el artículo 1º de la presente Resolución Ministerial, dentro de los quince (15) díascalendario siguientes de efectuado el viaje, deberá presentar un informe al Despacho Ministerial, con copia a la Oficina General de Administración del Ministerio deTransportes y Comunicaciones, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado. Artículo 4º.- La presente Resolución Ministerial no otorgará derecho a exoneración o liberación de impuestos o derechos aduaneros de ninguna clase odenominación. Regístrese, comuníquese y publíquese.JOSÉ JAVIER ORTIZ RIVERA Ministro de Transportes y Comunicaciones 18994 /G41/G70/G72/G75/G65/G62/G61/G6E/G20/G64/G69/G66/G75/G73/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G70/G72/G6F/G79/G65/G63/G74/G6F/G20/G64/G65 /G6D/G6F/G64/G69/G66/G69/G63/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G50/G61/G72/G74/G65/G20/G31/G31/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G73/G52/G65/G67/G75/G6C/G61/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73/G20/G41/G65/G72/G6F/G6E/GE1/G75/G74/G69/G63/G61/G73/G20/G64/G65/G6C/G20/G50/G65/G72/GFA/G20/G2D/G22/G50/G72/G6F/G63/G65/G64/G69/G6D/G69/G65/G6E/G74/G6F/G73/G20 /G47/G65/G6E/G65/G72/G61/G6C/G65/G73/G20 /G64/G65/G45/G6C/G61/G62/G6F/G72/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G4E/G6F/G72/G6D/G61/G74/G69/G76/G61/G22 RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 0200-2005-MTC/12 Lima, 31 de octubre del 2005CONSIDERANDO: Que, la Dirección General de Aeronáutica Civil del Ministerio de Transportes y Comunicaciones es la entidadencargada de ejercer la Autoridad Aeronáutica Civil del Perú, siendo competente para aprobar y modificar las Regulaciones Aeronáuticas del Perú - Raps, conformelo señala el literal c) del artículo 9º de la Ley Nº 27261, Ley de Aeronáutica Civil del Perú, y el artículo 2º de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 050-2001-MTC; Que, por su parte, el artículo 7º del citado Reglamento, señala que la Dirección General de Aeronáutica Civilpondrá en conocimiento público los proyectos sujetos a aprobación o modificación de las Regulaciones Aeronáuticas del Perú, con una antelación de 15 díascalendario; Que, en el marco de la revisión permanente de las Regulaciones Aeronáuticas del Perú, se ha propuestomodificaciones a la Parte 11 "Procedimientos Generales de Elaboración Normativa", las cuales antes de su aprobación, y en cumplimiento con lo dispuesto en elartículo citado, deben ser prepublicadas a fin de recibir las sugerencias y aportes de los operadores, personal aeronáutico y público en general, siendo necesaria laexpedición del acto administrativo correspondiente; De conformidad con la Ley de Aeronáutica Civil del Perú; Ley Nº 27261 y su Reglamento, aprobado porDecreto Supremo Nº 050-2001-MTC, estando a lo opinado por la Dirección de Seguridad Aérea; SE RESUELVE: Artículo Único.- Aprobar la difusión del proyecto de modificación de la Parte 11 de las Regulaciones Aeronáuticas del Perú - "Procedimientos Generales de Elaboración Normativa", correspondiente a la RevisiónNº 16, cuyo texto se encuentra a disposición del público en la página Web de la Dirección General de Aeronáutica Civil: www.mtc.gob.pe/dgac.html. Regístrese, comuníquese y publíquese. ROBERTO RODRÍGUEZ GALLOSO Director General de Aeronáutica Civil (e) 18987 /G4F/G74/G6F/G72/G67/G61/G6E/G20/G63/G6F/G6E/G63/G65/G73/G69/GF3/G6E/G20/G61/G20/G54/G75/G72/G69/G73/G6D/G6F/G20/G4D/G65/G6E/G64/G69/G76/G69/G6C /G45/G2E/G49/G2E/G52/G2E/G4C/G2E/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G65/G66/G65/G63/G74/G75/G61/G72/G20/G73/G65/G72/G76/G69/G63/G69/G6F/G20/G64/G65 /G74/G72/G61/G6E/G73/G70/G6F/G72/G74/G65/G20/G69/G6E/G74/G65/G72/G70/G72/G6F/G76/G69/G6E/G63/G69/G61/G6C/G20/G72/G65/G67/G75/G6C/G61/G72/G20/G64/G65 /G70/G65/G72/G73/G6F/G6E/G61/G73/G20/G65/G6E/G20/G6C/G61/G20/G72/G75/G74/G61/G20/G43/G75/G73/G63/G6F/G20/G2D/G20/G50/G75/G65/G72/G74/G6F/G4D/G61/G6C/G64/G6F/G6E/G61/G64/G6F RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 5311-2005-MTC/15 Lima, 26 de octubre de 2005 VISTOS: los expedientes de registros Nºs. 2005- 010810, 2005-010810-A, 2005-010810-B, 2005-010810- C, 2005-010810-D, 2005-010810-E y 2005-010810-G, organizados por "TURISMO MENDIVIL E.I.R.L.", sobreotorgamiento de concesión interprovincial para efectuar servicio de transporte interprovincial regular de personas en la ruta: Cusco-Puerto Maldonado y viceversa, elInforme Nº 5579-2005-MTC/15.02.2 y el Memorándum Nº 3387-2005-MTC/15.02, elaborados por la Subdirección de Autorizaciones y por la Dirección deRegistros y Autorizaciones; CONSIDERANDO:Que, "TURISMO MENDIVIL E.I.R.L.", -en adelante La Empresa, mediante el expediente de registroNº 2005-010810, al amparo de lo dispuesto en el Reglamento Nacional de Administración de Transportes aprobado por Decreto Supremo Nº 009-2004-MTC, hasolicitado la concesión interprovincial para efectuar servicio de transporte interprovincial regular de personas en la ruta: Cusco-Puerto Maldonado yviceversa. Para el efecto, ha ofertado las unidades