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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 12 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2005 (12/11/2005)

CANTIDAD DE PAGINAS: 100

TEXTO PAGINA: 77

PÆg. 304095 NORMAS LEGALES Lima, sábado 12 de noviembre de 2005 de los siguientes mercados organizados: TSX - Venture Exchange o Toronto Stock Exchange - TSX de Canadá;Alternative Investment Market - AIM de Inglaterra, Australian Stock Exchange -ASX de Australia o en bolsas o mercados organizados que autorice previamenteCONASEV. En el caso de las acciones comunes con voto listadas en Toronto Stock Exchange - TSX de Canadá, solo seconsiderarán aquellas acciones comunes con derecho a voto que hubieran sido registradas en dicha bolsa de valores de acuerdo con la sección 314 (b) del ManualCorporativo de la Bolsa de Valores de Toronto (Section 314 (b) - Minimum Listing Requirements for Mining Companies: Mineral Exploration and Development-StageCompanies, Toronto Stock Exchange Company Manual). […].” Artículo 2º.- La presente resolución entrará en vigencia al día siguiente de su publicación. Artículo 3º.- Transcribir la presente resolución a la Bolsa de Valores de Lima S.A. Regístrese, comuníquese y publíquese.JORGE OSSIO GARGUREVICH VicepresidenteComisión Nacional Supervisora de Empresas y Valores 19104 ESSALUD Instauran proceso administrativo disciplinario a TØcnica de Enfermeríadel Hospital Nacional GuillermoAlmenara Irigoyen RESOLUCIÓN DE GERENCIA Nº 260-GAP-GCRH-ESSALUD-2005 Lima, 28 de octubre del 2005 VISTA: La recomendación, adoptada por unanimidad contenida en el Acta Nº 17-CPAD-ESSALUD-2005 de la Comisión Permanente de Procesos AdministrativosDisciplinarios de Lima y Callao, con relación a la Carta Nº 1115-GA-RAA-ESSALUD-2005 y otras del expediente Nº 2005-14-CPAD. CONSIDERANDO: Que, mediante Carta Nº1115-GA-RAA-ESSALUD- 2005, la Gerencia de Administración de la RedAsistencial Almenara, solicita a la Comisión Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios de Lima y Callao, la instauración deproceso administrativo disciplinario contra la servidora Marcelina Melgarejo Moreno, Técnica de Enfermería II del Departamento de Enfermería de laGerencia Médico Quirúrgica del Hospital Nacional Guillermo Almenara Irigoyen de la Red Asistencial Almenara, porque habría incurrido en faltas decarácter disciplinario tipificadas como ausencias injustificadas, prevista en el inciso k) del artículo 28º del Decreto Legislativo Nº 276 - Ley de Bases de laCarrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público, al haberse declarado Ilegal la Huelga General Indefinida el día 24 de noviembre del 2004,por los afiliados al Sindicato Unitario de Técnicos y Auxiliares Especializados del Seguro Social de Salud - SUTAESSALUD mediante la Resolución dePresidencia Ejecutiva Nº 1027-PE-ESSALUD-2004 de fecha 29 de noviembre del 2004; Que, asimismo mediante la Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 1027-PE-ESSALUD-2004 de fecha 29 de noviembre del 2004, se resuelve declarar Ilegal la Huelga General Indefinida iniciada el día 24 de noviembre del2004, por los afiliados al Sindicato Unitario de Técnicos yAuxiliares Especializados del Seguro Social de Salud- SUTAESSALUD; Que, la mencionada servidora, conforme se desprende del Récord de Asistencia, se ha ausentado de su puesto de labores los siguientes meses y días: - Febrero del 2005: Días 01, 02, 03, 07, 17, 18, 22, 23, 27, 28. - Marzo del 2005: Días 15, 16, 20, 21, 30, 31. - Abril del 2005: Días 04, 05, 09, 10, 12, 14, 15,19, 20, 24, 25, 29, 30. - Mayo del 2005: Días 04, 05, 15, 19, 20, 24,25, 28, 29, 30. - Junio del 2005: Días 03, 04, 05, 06, 10, 11, 15, 16, 20, 21, 24, 25, 26, 30. - Julio del 2005: Días 15, 16, 20, 21, 25, 26, 30, 31. - Agosto del 2005: Días 01, 03, 05, 06. Que, vista la Carta Nº 1115-GA-RAA-ESSALUD-2005, el Informe Nº 176-OAJ-GA-RAA-HNGAI-ESSALUD-2005, el informe de carrera administrativa y las instrumentales que se acompañan, se desprende que existen indicios razonables que hacen presumir que laservidora involucrada habría incurrido en faltas administrativas disciplinarias tipificadas como ausencias injustificadas, prevista en el inciso k) del artículo 28º dela Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público, aprobado por Decreto Legislativo Nº 276; Que, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 166º del Reglamento de la Ley de la Carrera Administrativa, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-90-PCM, concordante con los artículos 5º y 25º del Reglamento de Procesos Administrativos Disciplinarios de la Institución, aprobado por Resolución de PresidenciaEjecutiva Nº 258-PE-ESSALUD-2005; SE RESUELVE:Primero.- INSTAURAR proceso administrativo disciplinario a la servidora MARCELINA MELGAREJOMORENO, Técnica de Enfermería II del Departamento de Enfermería de la Gerencia Médico Quirúrgica del Hospital Nacional Guillermo Almenara Irigoyen de la RedAsistencial Almenara, por la presunta comisión de falta administrativa disciplinaria tipificada como ausencias injustificadas, prevista en el inciso k) del artículo 28º dela Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público, aprobado por Decreto Legislativo Nº 276. Segundo.- NOTIFICAR a la procesada con las formalidades de ley, a efectos que en el término de cinco (5) días contados a partir del día siguiente de lanotificación, presente su descargo con los fundamentos de hecho y de derecho que considere pertinente, dirigido a la Comisión Permanente deProcesos Administrativos Disciplinarios de Lima y Callao, con sede en la Av. Arenales Nº 1402 - Sétimo Piso - Jesús María, Lima. Regístrese y comuníquese. ROCIO ROBLES HERRAN Gerente de Administración de Personal - GCRH 19110 INPE Sancionan con destitución a servidores del INPE y disponen que la Oficina deRecursos Humanos imponga sancióndisciplinaria de suspensión a agente penitenciario RESOLUCIÓN PRESIDENCIAL INSTITUTO NACIONAL PENITENCIARIO Nº 595-2005-INPE/P Lima, 9 de noviembre de 2005