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PÆg. 304255 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 16 de noviembre de 2005 Beneficio de Regularización de Deudas Tributarias y No Tributarias en el distrito de Ate; Que, la Ordenanza Municipal antes indicada en su Cuarta Disposición Complementaria faculta al señor Alcalde para que dicte Normas Complementarias, asícomo para prorrogar por medio de Decreto de Alcaldía, la vigencia del beneficio otorgado a través de la Ordenanza mencionada; Que dentro de las políticas de cobertura que la presente se ha trazado, está la de otorgar las más amplias facilidades a los contribuyentes del distrito para quepuedan cumplir con regularizar sus obligaciones tributarias y administrativas; Que, la afluencia creciente con el transcurrir de los días, de los vecinos que se han apersonado a las instalaciones de la sede central de la Administración Tributaria, así como a sus sedes desconcentradas, valedecir las Agencias Municipales de Santa Clara, Huaycán y Salamanca, corroborando su interés por regularizar sus obligaciones Tributarias; Que, se ha recepcionado pedidos verbales de muchos vecinos del distrito, los que han solicitado la prórroga de esta norma, para su acogimiento al mismo; Que, a través del Informe Nº 273-2005-GR-MDA, la Gerencia de Rentas sustenta la necesidad de prorrogar los beneficios de la Ordenanza Nº 093-MDA, la mismasque tienen por objeto otorgar las facilidades para que los vecinos del distrito puedan cumplir con regularizar el pago de sus Deudas Tributarias y No Tributarias; Que, mediante Informe Nº 2968-05-GAJ/MDA la Gerencia de Asuntos Jurídicos señala que concuerda con la propuesta de la Gerencia de Rentas, indicandoque es procedente la prórroga; Estando a los fundamentos expuestos en la parte considerativa y en uso de las facultades conferidas porel inciso 6) del artículo 20º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972 y sus normas modificatorias y con cargo a dar cuenta al Concejo; SE DECRETA: Artículo 1º.- PRORROGAR, la vigencia de la Ordenanza Nº 093-MDA, que establece el Beneficio de Regularización de Deudas Tributarias y No Tributariasen el distrito de Ate, hasta el 30 de noviembre de 2005; en mérito a los considerandos antes expuestos. Artículo 2º.- ENCARGAR, el cumplimiento del presente Decreto a la Gerencia de Rentas, Gerencia de Administración, Agencia de Salamanca, Agencia de Huaycán, Agencia de Santa Clara y demás Gerencias ySubgerencias de esta Corporación Edil. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.LEONARDO VILCHEZ FERNANDEZ Alcalde (e) 19373 Amplían plazo para acogerse a la Campaæa de Formalización referente alotorgamiento de licencia de obra oregularización de obras sin licencia DECRETO DE ALCALDÍA Nº 045 Ate, 14 de noviembre de 2005 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE ATE VISTO: la Ordenanza Nº 098-MDA, el Informe Nº 2969-05-GAJ/MDA, de la Gerencia de Asuntos Jurídicos; asimismo el Proveído Nº 2035-05-GDU/MDA,de la Gerencia de Desarrollo Urbano; y, CONSIDERANDO:Que, la Constitución Política del Perú en su artículo 194º señala que las Municipalidades provinciales ydistritales son los Órganos de Gobiernos Local. Tienenautonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, mediante Ordenanza Nº 098-05/MDA, publicada en el Diario Oficial El Peruano de fecha 30 de octubre del 2005, se regula el Marco Normativo para otorgamiento deLicencia de Obra o Regularización de Obras sin Licencia; Que, en el artículo 7º, de la mencionada Ordenanza referente al Plazo de Vigencia, se señala queexcepcionalmente los administrados presentando su Formulario Opcional Múltiple (FOM), hoja de trámite, por duplicado y el pago por derecho de trámite conforme loseñalado en el artículo 4º de la Ordenanza, podrán acogerse a la Campaña de Formalización, dentro del plazo de 15 días de puesta en vigencia. El plazo paraanexar los requisitos faltantes será dentro de los dos meses (60 días) de haber presentado la solicitud FUO; Que, la Ordenanza Municipal antes indicada en su Tercera Disposición Transitoria, faculta al señor alcalde para aprobar mediante Decreto de Alcaldía, las disposiciones reglamentarias y/o complementarias quesean necesarias para implementar y viabilizar la presente Ordenanza. Asimismo mediante Decreto de Alcaldía podrá disponerse la prórroga para la ampliación del plazode presentación de solicitudes de acogimiento y/o ampliación de la vigencia de la presente Ordenanza; Que, dada la gran demanda de los vecinos del distrito, las solicitudes verbales de ampliación del plazo establecido en el artículo 7º de la Ordenanza y conforme a la difusión que se viene realizando, se consideraoportuno prorrogar las fechas de vencimiento; Que, mediante Proveído Nº 2035-05-GDU/MDA, la Gerencia de Desarrollo Urbano, solicita a la Gerencia deAsuntos Jurídicos opinión legal; Que, mediante Informe Nº 2969-05-GAJ/NMDA, la Gerencia de Asuntos Jurídicos opina que es procedentelo solicitado por la Gerencia de Desarrollo Urbano; Estando a los fundamentos expuestos en la parte considerativa y en uso de las facultades conferidas porel inciso 6) del artículo 20º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972 y sus normas modificatorias y con cargo a dar cuenta al Concejo; SE DECRETA: Artículo 1º.- AMPLÍESE, el plazo de acogimiento establecido en el segundo párrafo del artículo 7º de la Ordenanza Nº 098-MDA, por 15 días adicionales, a partirde la publicación del presente Decreto, debiéndose presentar el Formulario Opcional Múltiple (FOM), Hoja de Trámite, por duplicado y el pago por derecho de trámite conforme loseñalado en el artículo 4º de la Ordenanza. El plazo para anexar los requisitos faltantes será dentro de los dos meses (60 días) de haber presentado la solicitud (FUO). Artículo 2º.- ENCARGAR, el cumplimiento del presente Decreto de Alcaldía a la Gerencia de Desarrollo Urbano y demás áreas competentes de esta EntidadMunicipal. Artículo 3º.- La Gerencia General Municipal dispondrá los recursos necesarios para laimplementación la presente Directiva. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.LEONARDO VILCHEZ FERNANDEZ Alcalde (e) 19374 Aprueban regularización de habili- tación urbana de terreno ubicado enel distrito RESOLUCIÓN DE GERENCIA Nº 00043 Ate, 15 de setiembre de 2005LA GERENTE DE DESARROLLO URBANO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE ATE VISTO: El Expediente N° 6732-00 seguido por la ASOCIACIÓN DE POBLADORES Y PROPIETARIOS