Norma Legal Oficial del día 16 de noviembre del año 2005 (16/11/2005)


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TEXTO DE LA PÁGINA 43

MORDAZA, miercoles 16 de noviembre de 2005 TELEFONIA:

NORMAS LEGALES

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Instalaciones Telefonicas.- Para las instalaciones Telefonicas, la parte interesada debera coordinar con la Gerencia de Proyectos de Plantas Externas de dicha compania, para la instalacion de ductos, camaras y la reserva de areas para centrales. Articulo Tercero.- RESERVAR, los lotes 10 y 11 de la Manzana "B"; en garantia de pago en efectivo del deficit de los aportes del Ministerio de Educacion y de Parques Zonales respectivamente; correspondiendole a cada uno el area de 220.00 m2; los mismos que deberan ser cancelados MORDAZA de culminar con todas las Obras de la Habilitacion Urbana. Articulo Cuarto.- DISPONER la publicacion de la presente Resolucion en el Diario Oficial El Peruano, en el plazo de 30 dias contados a partir de su notificacion, a cargo de los interesados. Articulo Quinto.- TRANSCRIBIR a la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA para las acciones de su competencia; a la Oficina Registral de MORDAZA y Callao para los efectos de la inscripcion de la Habilitacion MORDAZA, al Ministerio de Educacion, al Serpar-Lima, a la Subgerencia de Obras Privadas, a la Subgerencia de Fiscalizacion, y a los interesados para su conocimiento y fines. Registrese, comuniquese y cumplase. JANETTE MORDAZA MORDAZA Gerente de Desarrollo MORDAZA 19303

Con las atribuciones que confiere los Incs. 8º y 9º del articulo 9º y 40º de la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 27972; por UNANIMIDAD y con dispensa del tramite de aprobacion del Acta, se aprobo lo siguiente: ORDENANZA QUE APRUEBA, BENEFICIO TRIBUTARIO EN LA JURISDICCION DISTRITAL DE BRENA Articulo Primero.- PLAZO Apruebese un Beneficio Tributario desde el 15 de noviembre del 2005 hasta el 30 de noviembre del 2005. Articulo Segundo.- BENEFICIOS AL IMPUESTO PREDIAL La presente Ordenanza reduce el 100% de los intereses y reajustes a las deudas originadas por concepto del Impuesto Predial desde el ano 1996 al 2005. Articulo Tercero.- BENEFICIOS A LOS ARBITRIOS MUNICIPALES La presente Ordenanza reduce el 100% de los intereses y reajustes de los Arbitrios Municipales correspondientes al ano 2005. Articulo Cuarto.- CONTRIBUYENTES EN PROCESOS FISCALIZACION Las deudas tributarias que hayan sido determinadas por acciones de Fiscalizacion ejercitadas al MORDAZA del articulo 62º del Codigo Tributario no se encuentran dentro de los alcances de los beneficios que aprueba la siguiente Ordenanza. Articulo Quinto.- DEUDAS EN MORDAZA DE COBRANZA COACTIVA Los beneficios que aprueba la presente Ordenanza alcanza a aquellos que se encuentran en MORDAZA de cobranza coactiva, siempre y cuando se acojan voluntariamente al beneficio de la presente Ordenanza y su deuda no este ejecutada por la Unidad de Ejecutoria Coactiva. Articulo Sexto.- PAGO DE COSTAS PROCESALES Disponer exonerar las costas procesales. Articulo Setimo.- DEUDAS EN MORDAZA DE RECLAMACION Los deudores tributarios que hayan interpuesto reclamacion contra las Resoluciones de Determinacion hasta la fecha de dacion de la presente Ordenanza cualquiera que sea el estado en que se encuentren, podran acogerse a los beneficios que aprueba la presente Ordenanza, previo desistimiento expreso de los Recursos Impugnativos. DISPOSICIONES FINALES Primera.- Facultar al MORDAZA para mediante Decreto disponga las medidas complementarias y ampliatorias para la ejecucion de la presente Ordenanza. POR TANTO: Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 19384

MUNICIPALIDAD DE BRENA
Aprueban Beneficio Tributario en el distrito
ORDENANZA Nº 173-2005/MDB Brena, 14 de noviembre del 2005 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE BRENA POR CUANTO: El Concejo Municipal del distrito de Brena, en Sesion Ordinaria de la fecha y con dispensa del tramite de aprobacion del acta; VISTO: El Informe Nº 165-2005-SGAT-GAR/MDB, de fecha 14 de noviembre del 2005, de la Subgerencia de Administracion Tributaria; y, CONSIDERANDO: Que, el articulo 194º de la Constitucion Politica del Estado establece que los Gobiernos Locales tienen autonomia politica, economica en asuntos de su competencia; Que, la MORDAZA IV del Titulo Preliminar del Codigo Tributario establece que los Gobiernos Locales, mediante la Ordenanza pueden crear, modificar y suprimir sus contribuciones, arbitrios, derechos y licencias o exonerar de ellos dentro de su jurisdiccion y con los limites que senala la Ley; Que, conforme la MORDAZA parte del Articulo 41º del Codigo Tributario, excepcionalmente, los Gobiernos Locales podran condonar con caracter general, el interes moratorio y las sanciones, respecto de los tributos que administren; Que, es necesario otorgar incentivos tributarios condonando los reajustes, intereses moratorios de aquellos contribuyentes e infractores que por distintas razones no hayan cumplido con sus obligaciones tributarias;

MUNICIPALIDAD DE PUNTA MORDAZA
Aprueban Reglamento del Consejo de Coordinacion Local Distrital de Punta MORDAZA
ORDENANZA Nº 064-2005-MDPH Punta MORDAZA, 31 de agosto de 2005

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