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PÆg. 304292 NORMAS LEGALES Lima, jueves 17 de noviembre de 2005 Artículo 2º.- Autorizar al Director Nacional de Seguimiento, Control y Vigilancia (DINSECOVI), para que, en representación del Ministerio de la Producción, suscriba con los Presidentes Regionales de Amazonas, Ancash,Arequipa, Ayacucho, Cajamarca, Cusco, Huancavelica, Huánuco, Ica, Junín, La Libertad, Madre de Dios, Moquegua, Pasco, Puno, San Martín y Tumbes, la Adendaal convenio para la ejecución del Programa a que se refiere el artículo precedente, cuyo modelo, adjunto en Anexo II, forma parte integrante de la presente resolución. Artículo 3º.- La Dirección Nacional de Seguimiento, Control y Vigilancia (DINSECOVI), así como las Oficinas Generales de Administración, de Desarrollo y PlaneamientoEstratégico, y de Auditoría Interna del Ministerio de la Producción, quedan facultadas a adoptar las acciones dentro de su competencia, para asegurar el cumplimientode los objetivos y metas del programa, así como de la utilización racional de los recursos presupuestales y financieros asignados en el marco de las normas deausteridad, racionalidad y transferencia en el gasto público. Artículo 4º.- El egreso que demande el cumplimiento de la presente resolución, se afectará al Pliego 038: Ministerio de laProducción, Ejercicio Fiscal 2005, con cargo a la fuente de financiamiento Recursos Directamente Recaudados, según la Cadena Funcional Programática siguiente: Función 12: Pesca Programa 044: Promoción de la Producción Pesquera Subprograma 0117: Fomento de la Pesca Actividades 1.00486: Supervisión y Reordenamiento Pesquero Componente 3.00993: Políticas de Reordenamiento Meta 00002: 00947 Inspección y Control Fuente de Financiamiento: Recursos Directamente Recaudados Regístrese, comuníquese y publíquese. DAVID LEMOR BEZDIN Ministro de la Producción 19435 Aceptan renuncia de representante del Ministerio en el CONAZEDE RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 316-2005-PRODUCE Lima, 11 de noviembre del 2005 Vista, la carta de fecha 21 de octubre de 2005, del señor José Ezeta Carpio; CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 28569, que otorga autonomía a los CETICOS, se constituyó la Comisión Nacional de Zonas Especiales de Desarrollo - CONAZEDE como Organismo Público Descentralizado del Ministerio deComercio Exterior y Turismo, encargado de supervisar los CETICOS y las Zonas Francas; Que, de acuerdo con el Artículo 15º de la referida Ley, la estructura orgánica de la CONAZEDE incluye un Consejo Directivo integrado, entre otros, por un representante del Ministerio de la Producción; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 196-2005- PRODUCE se designó al señor José Ezeta Carpio como representante del Ministerio de la Producción ante elConsejo Directivo de la CONAZEDE; Que, mediante la carta del visto, el señor José Ezeta Carpio ha presentado su renuncia irrevocable al cargoconferido, siendo necesario dictar el acto de administración que acepte la renuncia acotada; De conformidad con la Ley Nº 28569 y la Ley Nº 27789, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción y su reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 002-2002-PRODUCE y sumodificatoria; Con el visado del Viceministerio de Industria y de la Oficina General de Asesoría Jurídica; SE RESUELVE: Artículo Único.- Aceptar la renuncia formulada por el señor José Ezeta Carpio al cargo de representantedel Ministerio de la Producción en el Consejo Directivo de la Comisión Nacional de Zonas Especiales de Desarrollo - CONAZEDE, dándosele las gracias por los servicios prestados. Regístrese, comuníquese y publíquese. DAVID LEMOR BEZDÍN Ministro de la Producción 19436 Aceptan donación efectuada a favor del Centro de Entrenamiento Pesquero dePaita RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 317-2005-PRODUCE Lima, 11 de noviembre de 2005 Visto, el Informe Técnico Nº 006-2005-PRODUCE/CEP- PAITA-CD, de fecha 25 de octubre de 2005, emitido por el Centro de Entrenamiento Pesquero de Paita-CEP-PAITA; CONSIDERANDO: Que, en el marco de la cooperación técnica entre los Gobiernos del Japón y el Perú, la Overseas Fishery Cooperation Foundation -OFCF del Japón y el Ministerio de la Producción suscribieron en Tokio el 28 de marzo del 2005,el Memorandum de Acuerdo entre Overseas Fishery Cooperation Foundation (OFCF) del Japón y el Viceministerio de Pesquería del Ministerio de la Producción del Perú para elMejoramiento de las Instalaciones para el Desarrollo Pesquero Artesanal, a fin de ejecutar el “Proyecto para el Mejoramiento de las Instalaciones para el DesarrolloPesquero Artesanal”, en donde se establece que la OFCF, proveerá de los materiales y equipos necesarios para reparar y mejorar las instalaciones pesqueras del Centro deEntrenamiento Pesquero de Paita - CEP-Paita; Que, el “Proyecto para el Mejoramiento de las Instalaciones para el Desarrollo Pesquero Artesanal”,permitirá contribuir a mejorar las instalaciones pesqueras y transferir tecnología a través de los técnicos de la OFCF a contrapartes nacionales, para el mantenimientoy mejor uso del equipamiento; Que, mediante Certificado de Donación de la OFCF del Japón del 3 de octubre de 2005, la citada Fundación efectúala donación al Ministerio de la Producción - Centro de Entrenamiento Pesquero de Paita - CEP-PAITA de un (1) lote de repuestos conteniendo 77 piezas, los mismos que estánamparados en la siguiente documentación: Factura Nº M09- 001 NITTO SEIMO CO., LTD. de fecha 7 de setiembre de 2005 y el Conocimiento Aéreo Nº 223 9247 566; Que, el inciso k) del Artículo 2º del Texto Único Ordenado de la Ley del Impuesto General a las Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo, aprobado por el DecretoSupremo Nº 055-99-EF, modificado por el Decreto Legislativo Nº 935, establece que no están gravados con el Impuesto General a las Ventas, la importación otransferencia de bienes que se efectúe a título gratuito, a favor de las Entidades y Dependencias del Sector Público, siempre que sea aprobada por Resolución Ministerialdel Sector correspondiente; Contando con el visado del Viceministro de Pesquería, las Oficinas Generales de Desarrollo y PlaneamientoEstratégico y de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Ley Nº 21942, Decreto Supremo Nº 127-91-PCM, Resoluciónde Contraloría Nº 122-98-CG, Artículo 172º del Decreto Supremo Nº 154-2001-EF, Resolución Nº 031-2002-SBN que aprueba la Directiva Nº 009-2002/SBN; y en uso delas atribuciones conferidas por el literal i) del Artículo 11º del Decreto Supremo Nº 002-2002-PRODUCE - Reglamento de Organización y Funciones del Ministeriode la Producción y modificatoria; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Aceptar la donación que efectúa la Overseas Fishery Cooperation Foundation -OFCF del