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PÆg. 304296 NORMAS LEGALES Lima, jueves 17 de noviembre de 2005 transferencia en propiedad o cambio de posesión del establecimiento industrial pesquero, conlleva la transferencia de dicha licencia en los mismos términos y condiciones en que fue otorgada; Que mediante Resolución Directoral Nº 218-98-PE/ DNPP, de fecha 26 de noviembre de 1998, se otorgó a COMPAÑÍA PESQUERA SARIMÓN S.A., en adecuacióna la Ley General de Pesca y su Reglamento, la licencia de operación de una planta de harina de pescado con una capacidad instalada de 88 t/h, en el establecimientoindustrial pesquero ubicado en la Mz. “A”, Lote 8 y 11, El Gran Trapecio, distrito de Chimbote, provincia de Santa, departamento de Ancash; Que mediante Resolución Directoral Nº 024-2000- PE/DNPP, de fecha 22 de febrero del 2000, se aprobó el cambio de nombre del titular de la licencia deoperación otorgada a COMPAÑÍA PESQUERA SARIMÓN S.A., mediante Resolución Directoral Nº 218- 98-PE/DNPP, a favor de COMPAÑÍA PESQUERAHUASCARÁN S.A.C., por un plazo que vence el 1 de diciembre de 2001, a fin de que desarrolle la actividad de procesamiento de recursos hidrobiológicos en losmismos términos y condiciones en que fueron otorgados inicialmente; Que por Resolución Viceministerial Nº 013-2002- PRODUCE/DVM-PE, de fecha 2 de octubre de 2002, se declara la nulidad parcial de la Resolución Directoral Nº 024-2000-PE/DNPP, en el extremo a que se refiere elartículo 4º, el cual dejó sin efecto la licencia otorgada a COMPAÑÍA PESQUERA SARIMÓN S.A., para operar la planta de harina de pescado con una capacidad instaladade 88 t/h en el establecimiento industrial pesquero ubicado en la Mz. “A”, Lote 8 y 11, El Gran Trapecio, distrito de Chimbote, provincia de Santa, departamento de Ancash;como consecuencia de lo cual, considerando el vencimiento del plazo por el cual se aprobó el cambio de titular a favor de COMPAÑÍA PESQUERA HUASCARÁNS.A.C., queda restituida la titularidad sobre la referida licencia a favor de la COMPAÑÍA PESQUERA SARIMÓN S.A.; Que mediante Resolución Directoral Nº 016-2003- PRODUCE/DNEPP, de fecha 29 de enero de 2003, se aprobó el cambio del titular de la licencia de operaciónotorgada a COMPAÑÍA PESQUERA SARIMÓN S.A., mediante la Resolución Directoral Nº 218-98-PE/DNPP, a favor de COMPAÑÍA PESQUERA HUASCARÁN enlos mismos términos y condiciones en que fueron otorgados inicialmente, en virtud del contrato de arrendamiento celebrado el 31 de mayo del 2002, cuyoplazo de duración es de ocho (8) años; Que mediante escrito de registro Nº CE-12317001, de fecha 4 de noviembre de 2003, COMPAÑÍAPESQUERA SARIMÓN S.A.C. solicita restitución de la titularidad de la licencia de operación otorgada mediante Resolución Directoral Nº 218-98-PE/DNP, al haberseresuelto el contrato de arrendamiento celebrado entre COMPAÑÍA PESQUERA SARIMÓN S.A.C. y COMPAÑÍA PESQUERA HUASCARÁN S.A.C.Asimismo, con fecha 27 de noviembre del 2003 y el 18 de febrero del 2004, la recurrente alcanza la documentación solicitada por la Dirección Nacional deExtracción y Procesamiento Pesquero, en referencia a los requisitos establecidos en el Procedimiento Nº 29 del Texto Único de Procedimientos Administrativos delMinisterio de la Producción, aprobado por Decreto Supremo Nº 035-2003-PRODUCE; Que de conformidad a la documentación presentada por la recurrente, se determina que COMPAÑÍA PESQUERA SARIMÓN S.A. ha realizado un Aumento de Capital, Modificación del Estatuto y Adaptación aSociedad Anónima Cerrada, quedando modificado en el estatuto social, con el tenor literal siguiente: COMPAÑÍA PESQUERA SARIMON S.A.C., tal como se observa enla partida Nº 02003059 del Registro de Personas Jurídicas de la Zona Registral Nº VII Sede Huaraz Oficina Registral de Chimbote; Que mediante escrito de registro Nº 00019678, de fecha 22 de agosto de 2005, COMPAÑÍA PESQUERA SARIMÓN subsana las observaciones realizadas por laOficina General de Asesoría Jurídica, presentando copia del testimonio legalizado de la resolución del contrato de arrendamiento celebrado entre COMPAÑÍA PESQUERASARIMÓN S.A.C. y COMPAÑÍA PESQUERA HUASCARÁN S.A.C., así como copia del poder del señor Eduardo Guillermo Rodríguez Fernández, GerenteGeneral de Operaciones de COMPAÑÍA PESQUERA HUASCARÁN S.A.C., con facultad suficiente para resolver el mencionado contrato de arrendamiento; Que de la evaluación efectuada a la solicitud presentada por la recurrente y a la documentación que obra en su expediente administrativo, se ha determinado que COMPAÑÍA PESQUERA SARIMÓN S.A.C. hacumplido con la presentación de los requisitos establecidos en el Procedimiento Nº 29 del Texto Único de Procedimientos Administrativos del Ministerio de laProducción, aprobado por Decreto Supremo Nº 035- 2003-PRODUCE, por lo que la solicitud presentada por la recurrente deviene en procedente; Estando a lo informado por la Dirección de Consumo Humano Indirecto de la Dirección Nacional de Extracción y Procesamiento Pesquero, mediante Informe Nº 166-2004-PRODUCE/DNEPP-Dchi, de fecha 22 de abril de 2004, y con la opinión favorable de la Oficina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo establecido en la Ley General de Pesca - Decreto Ley Nº 25977; su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE y elTexto Único de Procedimientos Administrativos del Ministerio de la Producción, aprobado por Decreto Supremo Nº 035-2003-PRODUCE; y, En uso de las facultades conferidas por el artículo 118º del Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE y elliteral c) del artículo 21º del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción, aprobado por Decreto Supremo Nº 002-2002-PRODUCE; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar el cambio del titular de la licencia de operación, otorgada mediante Resolución Directoral Nº 218-98-PE/DNPP, de fecha 26 de noviembre de 1998,a favor de COMPAÑÍA PESQUERA SARIMÓN S.A.C., para que desarrolle la actividad de procesamiento de productos hidrobiológicos a través de su planta de harinade pescado convencional, con una capacidad instalada de 88 t/h, en el establecimiento industrial pesquero ubicado en la Mz. “A”, Lote 8 y 11, El Gran Trapecio,distrito de Chimbote, provincia de Santa, departamento de Ancash, en los mismos términos y condiciones en que fueron otorgados. Artículo 2º.- Dejar sin efecto la titularidad de la licencia otorgada por Resolución Directoral Nº 016-2003- PRODUCE/DNEPP, de fecha 29 de enero de 2003, aCOMPAÑÍA PESQUERA HUASCARÁN S.A.C. Artículo 3º.- COMPAÑÍA PESQUERA SARIMÓN S.A.C. deberá operar su planta de procesamiento deproductos hidrobiológicos cumpliendo con las normas legales y reglamentarias del ordenamiento jurídico pesquero, así como las relativas a la preservación delmedio ambiente y las referidas a sanidad, higiene y seguridad industrial pesquera que garanticen el desarrollo sostenido de la actividad pesquera.Asimismo deberá implementar un sistema de seguridad del control del proceso que garantice la óptima calidad del producto final, así como ejecutar las medidas demitigación contenidas en el Programa de Adecuación y Manejo Ambiental, calificado favorablemente por la Dirección de Medio Ambiente a través de la ResoluciónDirectoral Nº 016-95-PE/DIREMA, de fecha 6 de julio de 1995. Artículo 4º.- El incumplimiento de lo señalado en el artículo precedente, así como el incremento de la capacidad instalada de la planta de procesamiento de harina de pescado, materia del cambio del titular, sin laautorización debida, serán causales de caducidad del presente derecho otorgado y de las sanciones que resulten aplicables conforme a la normatividad vigente,según correspondan. Artículo 5º.- Incorporar a COMPAÑÍA PESQUERA SARIMÓN S.A.C como titular de la licencia de operaciónde la planta de harina y aceite de pescado citada en el artículo 1º de la presente Resolución Directoral, en el Anexo IV-B de la Resolución Ministerial Nº 041-2002-PRODUCE, excluyendo a la COMPAÑÍA PESQUERA HUASCARÁN S.A.C. de dicho anexo. Artículo 6º.- Transcríbase la presente Resolución Directoral a la Dirección Nacional de Seguimiento, Control y Vigilancia del Ministerio de la Producción, a la Dirección Regional de la Producción de Ancash y consignarse en