Norma Legal Oficial del día 17 de noviembre del año 2005 (17/11/2005)


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TEXTO DE LA PÁGINA 31

MORDAZA, jueves 17 de noviembre de 2005

NORMAS LEGALES

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De conformidad con lo establecido en el Decreto Ley Nº 25977 - Ley General de Pesca, su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE, la Ley del Procedimiento Administrativo General, Ley Nº 27444, y el Decreto Supremo Nº 022-2003-PRODUCE; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Suspender las Licencias para la Operacion de las Plantas de Procesamiento Pesquero, otorgadas mediante las Resoluciones que se indican, a los titulares que se consignan en el Anexo que forma parte integrante de la presente Resolucion, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 2º.- Los titulares de las licencias para la operacion de las plantas de procesamiento pesquero comprendidos en la suspension indicada en el articulo precedente, tendran un plazo de treinta (30) dias calendario para presentar sus descargos ante la Direccion Nacional de Extraccion y Procesamiento Pesquero, la misma que evaluara la procedencia de ello y de ser el caso determinara la caducidad correspondiente. Articulo 3º.- Transcribir la presente Resolucion Directoral a la Direccion Nacional de Seguimiento, Control y Vigilancia del Ministerio de la Produccion, a las Direcciones Regionales Sectoriales de la Produccion y consignarse en el MORDAZA de la Pagina Web del Ministerio de la Produccion: www.produce.gob.pe Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA VERTIZ MORDAZA Director Nacional de Extraccion y Procesamiento Pesquero ANEXO
Nº 1 RAZON SOCIAL INDUSTRIAL PESQUERA YACILA S.A. FCA. DE CONSERVAS MORDAZA MORDAZA S.A. ENVASADORA FAKIU S.A. UBICACION PAITA DPTO. MORDAZA ACTIVIDAD HARINA RESIDUAL HARINA RESIDUAL HARINA HARINA RESIDUAL DISPOSITIVO R.M. Nº 190-96-PE

2

MORDAZA

MORDAZA

R.D. Nº 116-99PE/DNPP R.M. Nº 047-97-PE R.M. Nº 117-97-PE

3

CHIMBOTE MORDAZA

MORDAZA MORDAZA

4 IND. DON MORDAZA S.A.

19451

Modifican R.M. Nº 315-97-PE que aprobo autorizacion de incremento de flota para cinco embarcaciones
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 301-2005-PRODUCE/DNEPP MORDAZA, 24 de octubre del 2005 Visto los escritos de registro Nº 00020946 del 1, 13, 28 de septiembre y 19 de octubre del 2005, presentados por la empresa AUSTRAL GROUP S.A.A.; CONSIDERANDO: Que por Resolucion Ministerial Nº 315-97-PE de fecha 1 de MORDAZA de 1997, se aprobo a favor de PESQUERA AUSTRAL S.A., autorizacion de incremento de flota para cinco (5) embarcaciones pesqueras de cerco con sistema de conservacion RSW, utilizando redes de cerco con tamano minimo de malla de 38 mm. para dedicarse a la extraccion de recursos hidrobiologicos subexplotados, destinados al consumo humano directo. Cuatro (4) de las embarcaciones "sin nombre" con volumen de bodega refrigerada de 435.93 m3 y 326.95 m3 de carga MORDAZA, cada una; y la embarcacion "ROSA II" con 441.20 m3 de volumen de bodega refrigerada y 330.90 m3 de carga MORDAZA de pescado.

Que mediante Resolucion Ministerial Nº 424-98-PE del 7 de septiembre de 1998, se otorgo un plazo improrrogable de seis (6) meses a partir de la fecha de expedicion de la presente resolucion, para que PESQUERA AUSTRAL S.A. termine de ejecutar la autorizacion de incremento de flota otorgada por Resolucion Ministerial Nº 315-97-PE, respecto a las embarcaciones "MARINA", "SIMON", "PITI" y "KIANA"; Que a traves del articulo 1º de la Resolucion Directoral Nº 273-99-PE/DNE de fecha 30 de noviembre de 1999, se modifico el articulo 1º de la Resolucion Ministerial Nº 315-97-PE, modificada por la Resolucion Ministerial Nº 424-98-PE, respecto a la embarcacion pesquera MORDAZA entendiendose que el volumen de bodega es de 430.24 m3 y la carga MORDAZA de pescado es de 322.68 m3, la misma que se dedicara a la extraccion de los recursos anchoveta, sardina, jurel y caballa con destino al consumo humano directo e indirecto, utilizando redes de cerco con longitud de malla de ½ pulgada (13 mm.) y 1 ½ pulgada (38 mm.) de tamano de abertura de malla, segun corresponda; Que asimismo, a traves del articulo 2º de la precitada Resolucion Directoral, se otorgo permiso de pesca a plazo determinado a AUSTRAL GROUP S.A., para operar la embarcacion pesquera de bandera nacional denominada MORDAZA de matricula CO-18812-PM, con 430.24 m3 de capacidad de bodega y 322.68 m3 de carga efectiva con sistema de preservacion RSW, la cual se dedicara a la extraccion de los recursos anchoveta, sardina, jurel y caballa con destino al consumo humano directo e indirecto, utilizando redes de cerco con longitud de malla de ½ pulgada (13 mm.) y 1 ½ pulgada (38 mm.) en el ambito del litoral peruano y fuera de las cinco (5) y diez (10) millas costeras segun corresponda; Que por Resolucion Directoral Nº 374-98-PE del 17 de diciembre de 1998, se modifico el articulo 1º de la Resolucion Ministerial Nº 315-97-PE respecto a la embarcacion pesquera denominada posteriormente SIMON; autorizandose a PESQUERA AUSTRAL S.A. el incremento de flota via sustitucion de igual capacidad de bodega con una embarcacion pesquera denominada MORDAZA de 435.93 m3 de capacidad de bodega, con sistema de preservacion RSW y 326.95 m3 de carga efectiva, para la extraccion de los recursos hidrobiologicos anchoveta, sardina, jurel y caballa con destino al consumo humano directo e indirecto, utilizando redes de cerco de ½ pulgada (13 mm.) y 1 ½ pulgada (38 mm.) de tamano de abertura de malla. Que a traves del articulo 1º de la Resolucion Ministerial Nº 091-99-PE de fecha 26 de marzo de 1999, se modifico el articulo 1º de la Resolucion Ministerial Nº 315-97-PE modificada por la Resolucion Directoral Nº 374-98-PE/DNE, respecto a la embarcacion pesquera MORDAZA entendiendose que el volumen de bodega es de 433.84 m3 y la carga efectiva de pescado es de 325.38 m3. Asimismo, se otorgo permiso de pesca a plazo determinado a AUSTRAL GROUP S.A. para operar la embarcacion pesquera MORDAZA de matricula CO-18517PM con 433.84 m3 de capacidad de bodega y 325.38 m3 de carga efectiva de pescado, con sistema de RSW, para la extraccion de los recursos hidrobiologicos anchoveta, sardina, jurel y caballa con destino al consumo humano directo e indirecto, utilizando redes de cerco con longitud de abertura de malla de ½ pulgada (13 mm.) y 1 ½ pulgada (38 mm.), en el ambito del litoral peruano y fuera de las cinco (5) y diez (10) millas costeras, respectivamente. Que a traves de la Resolucion Ministerial Nº 230-98PE de fecha 7 de MORDAZA de 1998, se modifico el articulo 1º de la Resolucion Ministerial Nº 315-97-PE respecto a la embarcacion pesquera denominada MORDAZA II; entendiendose que los recursos hidrobiologicos cuyo acceso fue autorizado seran destinados al consumo humano directo e indirecto. Asimismo, se otorgo permiso de pesca a plazo determinado a la empresa PESQUERA AUSTRAL S.A., para operar la embarcacion pesquera MORDAZA II de matricula CO-16948-PM de 441.20 m3 de capacidad con sistema de preservacion a bordo RSW, para la extraccion de los recursos hidrobiologicos jurel y caballa para destinarlos al consumo humano directo e indirecto, utilizando redes de cerco con longitud minima de abertura de malla de 1 ½ pulgadas (28 mm.), en el ambito del litoral peruano y fuera de las diez (10) millas costeras;

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