Norma Legal Oficial del día 17 de noviembre del año 2005 (17/11/2005)


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POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla.

NORMAS LEGALES

MORDAZA, jueves 17 de noviembre de 2005

En MORDAZA, a los diez dias del mes de noviembre del ano dos mil cinco. MORDAZA MORDAZA LOSSIO MORDAZA de MORDAZA 19428

1. No existe documentacion contable que acredite un movimiento contable durante el periodo a revisar. 2. En la ficha registral proporcionada por la Superintendencia Nacional de Registros Publicos no registra movimientos patrimoniales, tan solo el del aporte de capital por I/. 5,000,000.00 de intis y el nombramiento de los Directores y Administradores de fecha 11 de agosto de 1992. 3. No tiene Registro Unico de Contribuyente - RUC. 4. No registra movimiento en la SUNAT. El estado financiero al 31 de diciembre de 2004 evidencia con claridad la situacion de iliquidez y carencia de solvencia economica financiera a la fecha, lo que hace suponer que el deficit financiero continuara acrecentandose a medida del transcurso del tiempo. Que, la Oficina General de Asuntos Juridicos (hoy Gerencia de Asuntos Juridicos), mediante Informe Nº 1373-2005-MML-OGAJ del 11.10.2005 senala, previa evaluacion del informe del Contador de la Comision Liquidadora que solicitaron con Informe Nº 945-2005MML-OGAJ del 6.7.2005, que se puede apreciar que EMSAGRO S.A., i) No cuenta con liquidez ni solvencia economica financiera para continuar con sus operaciones funcionales; ii) el activo contable a la fecha se encuentra en negativo, es decir, no presenta ni ingresos ni gastos, habiendo disminuido el patrimonio de la empresa; iii) no se contabiliza ingresos ni gastos propios de su ejercicio, ni de gastos por planillas, ni aportaciones al Estado en forma de tributos, lo que se suma al evidente estado de inactividad de la empresa. Que, asimismo, precisando lo establecido en el articulo 407º de la Ley General de Sociedades, la Oficina General de Asuntos Juridicos (hoy Gerencia de Asuntos Juridicos), senala que el Concejo Metropolitano tiene la opcion de decidir por la modificacion o disponer la liquidacion de la Empresa EMSAGRO S.A., en aplicacion del numeral 13) del articulo 157º de la Ley Organica de Municipalidades. Que, el articulo 407º de la Ley General de Sociedades, senala que las Sociedades se disuelven entre otros por a) vencimiento del plazo de duracion, que opera de pleno derecho, salvo si previamente se aprueba e inscribe la prorroga en el Registro; b) Conclusion del objeto, no realizacion de su objeto durante el periodo prolongado o imposibilidad manifiesta de realizarlo; c) Continuada inactividad de la Junta General y, d) Perdidas que produzcan el patrimonio neto a cantidad inferior a la tercera parte del capital pagado etc., supuestos que se habria configurado en el caso de la empresa EMSAGRO S.A. Que, el numeral 13) del articulo 157º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, establece que es atribucion del Concejo Metropolitano: "Aprobar la creacion, modificacion, ampliacion y liquidacion de las empresas municipales y, en general, de personas juridicas de derecho publico, cuyo objeto social corresponda a la implementacion de las funciones y al cumplimiento de los fines de la Municipalidad Metropolitana de Lima". De conformidad con lo opinado por las Comisiones Metropolitanas de Asuntos Legales y de Asuntos Economicos y de Organizacion en sus Dictamenes Nºs. 145-2005-MML-CMAL y 210-2005-MML-CMAEDO; ACORDO: Articulo Primero.- Declarar la Disolucion y posterior Liquidacion de la Empresa Municipal de Servicios Agropecuarios S.A., EMSAGRO S.A. Articulo Segundo.- Facultar al MORDAZA Metropolitano, para que mediante Decreto de Alcaldia designe a los funcionarios que actuaran como integrantes de la Junta Liquidadora de la Empresa Municipal de Servicios Agropecuarios S.A., EMSAGRO S.A., quienes se encargaran del MORDAZA de disolucion y liquidacion de la mencionada Empresa. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA LOSSIO MORDAZA de MORDAZA 19426

Declaran disolucion y posterior liquidacion de la Empresa Municipal de Servicios Agropecuarios S.A.
ACUERDO DE CONCEJO Nº 345 MORDAZA, 10 de noviembre de 2005 Visto en Sesion Ordinaria de Concejo de fecha 10 de noviembre del ano en curso, el Memorando Nº 931-2005GM-MML de la Gerencia Municipal (hoy Gerencia Municipal Metropolitana), relacionado a la situacion economica, financiera y operativa de la Empresa Municipal de Servicios Agropecuarios S.A., a traves del informe emitido por el Contador de la Comision Municipal Liquidadora, que alcanza la Oficina General de Finanzas (hoy Gerencia de Finanzas), mediante Oficio Nº 200508-914/DMA/OGF, solicitando la Disolucion y Liquidacion de la misma; CONSIDERANDO: Que, mediante Acuerdo de Concejo Nº 031 de fecha 11.2.1988, se creo la Empresa Municipal de Servicios Agropecuarios S.A., EMSAGRO S.A., como persona juridica de derecho privado, bajo la forma de sociedad anonima, con la finalidad de planificar, crear, administrar, promocionar y supervisar las actividades agropecuarias y agroindustriales en la provincia de Lima. Que, mediante Acuerdo de Concejo Nº 122 de fecha 23.6.1988, el Concejo Metropolitano de MORDAZA aprueba el Estatuto de la Empresa Municipal de Servicios Agropecuarios S.A., EMSAGRO S.A., el mismo que establece que la referida empresa es de propiedad directa de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, al haber suscrito y pagado el 100% de las acciones; asimismo, el articulo 24º menciona que la liquidacion de la misma debe adecuarse a la normatividad establecida para las empresas municipales y a la establecida en la Ley General de Sociedades. Que, mediante Carta Nº C 055-2005-CML/MML del 29.3.2005, la Comision Municipal Liquidadora, acorde al encargo conferido por Oficio Nº 231-2003-GM-MML del 12.093.2003 por la Gerencia Municipal, previa informacion obtenida, da cuenta a la Gerencia Municipal del nulo movimiento comercial, economico, administrativo y de toda indole por parte de EMSAGRO S.A., motivo por el cual solicita se eleve lo actuado al Concejo Municipal a fin de que se declare formalmente la Disolucion y Liquidacion de la referida empresa, propuesta efectuada al haber constatado que a la fecha EMSAGRO S.A., no cuenta con Acuerdo alguno que determine su liquidacion. Que, asimismo, el 22.7.2005 el Presidente de la Comision Municipal Liquidadora mediante Carta Nº 1162005-CML/MML remite para conocimiento de la Oficina General de Finanzas (hoy Gerencia de Finanzas), el Informe emitido por el Contador de la Comision en la que senala la situacion patrimonial de la Empresa Municipal de Servicios Agropecuarios S.A, EMSAGRO S.A., en dicho documento se adjunta el Balance General al 31.12.2004 de EMSAGRO S.A., en donde se muestra un Total Pasivo y Patrimonio de S/. 5.00 nuevos soles. Que, mediante Oficio Nº 2005-08-914-MML/DMA/ OFG la Oficina General de Finanzas, (hoy Gerencia de Finanzas), remite la Carta s/n de fecha 22 de MORDAZA de 2005 del Contador de la Comision Municipal Liquidadora por el que se hace de conocimiento el resultado del analisis documentario, determinando lo siguiente:

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