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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 17 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2005 (17/11/2005)

CANTIDAD DE PAGINAS: 96

TEXTO PAGINA: 67

PÆg. 304345 NORMAS LEGALES Lima, jueves 17 de noviembre de 2005 GOBIERNOS REGIONALES GOBIERNO REGIONAL DE AYACUCHO Aprueban Plan Regional de Promoción y Formalización para la Competitividady Desarrollo de la Micro y PequeæaEmpresa - MYPE en la Región de Ayacucho ORDENANZA REGIONAL Nº 042-05-GRA/CR Ayacucho, 21 de setiembre del 2005EL PRESIDENTE DEL GOBIERNO REGIONAL DE AYACUCHO POR CUANTO: El Consejo Regional de Ayacucho en Sesión Ordinaria de fecha 1 de junio del 2005, trató el tema relacionado al Plan Regional de Promoción y Formalización para laCompetitividad y Desarrollo de la Micro y Pequeña Empresa; y, CONSIDERANDO: Que, el literal f) del artículo 9º de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, establece que es competencia constitucional del Gobierno Regional dictar las normas inherentes a la gestión regional; asimismo elliteral a) del artículo 15º de la base legal acotada señala que es atribución del Consejo Regional aprobar, modificar o derogar las normas que regulen o reglamenten losasuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional; Que, el literal a) del artículo 48º de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, señala que es función específica del Gobierno Regional en materia de trabajo, promoción del empleo y la pequeña ymicroempresa, formular, aprobar, ejecutar, evaluar, dirigir, controlar y administrar las políticas en materia de trabajo, promoción del empleo y fomento de la pequeña ymicroempresa, con la política general del gobierno y los planes sectoriales; Que, el artículo 1º de la Ley Nº 28015, Ley de Promoción y Formalización de la Micro y Pequeña Empresa, establece que el objeto de la Ley es la promoción de la competitividad, formalización y desarrollo de lasmicros y pequeñas empresas para incrementar el empleo sostenible, su productividad y rentabilidad, su contribución al Producto Bruto Interno, la ampliación del mercado internoy las exportaciones y su contribución a la recaudación tributaria asimismo, el artículo 9º del mismo cuerpo legal señala que el Gobierno Regional creará un ConsejoRegional de la MYPE, con el objeto de promover el desarrollo, la formalización y la competitividad de la MYPE en su ámbito geográfico y su articulación con los planes yprogramas nacionales, concordante con los lineamientos señalados en el artículo 5º de la Ley en referencia; en concordancia con lo estipulado por los artículos 12º, 13º y14º del Decreto Supremo Nº 009-2003-TC, que aprueba el Reglamento de la Ley Nº 28015, Ley de Promoción y Formalización de la Micro y Pequeña Empresa; Que, el artículo 38º de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales establece que las Ordenanzas norman asuntos de carácter general, la organización yadministración del Gobierno Regional y reglamentan materias de su competencia; Por lo que en uso de las facultades conferidas por la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y su modificatoria Ley Nº 27902, el Consejo Regional con el voto unánime de sus miembros aprobó la siguienteOrdenanza Regional: Artículo Primero.- APROBAR el Plan Regional de Promoción y Formalización para la Competitividad yDesarrollo de la Micro y Pequeña Empresa – MYPE en la Región de Ayacucho; cuyo texto adjunto forma parte integrante de la presente Ordenanza Regional. Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia Regional de Desarrollo Social y a la Gerencia Regional de Desarrollo Económico el monitoreo del Plan Regional de Promoción y Formalización para la Competitividad yDesarrollo de la Micro y Pequeña Empresa en coordinación con el Consejo Regional de la Micro y Pequeña Empresa - COREMYPE. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Gerencia General Regional la publicación de la presente Ordenanza Regional en el Diario Oficial El Peruano. POR TANTO: Mando se registre, comunique y cumpla. OMAR QUESADA MARTÍNEZ Presidente Regional 19376 Ratifican la creación del Consejo Regional de la Micro y PequeæaEmpresa de la Región Ayacucho -COREMYPE ORDENANZA REGIONAL Nº 043-05-GRA/CR Ayacucho, 21 de setiembre del 2005 EL PRESIDENTE DEL GOBIERNO REGIONAL DE AYACUCHO POR CUANTO: El Consejo Regional de Ayacucho en Sesión Ordinaria de fecha 21 de julio del 2005, trató el tema relacionado al Consejo Regional de la Micro y Pequeña Empresa; y, CONSIDERANDO: Que, el literal f) del artículo 9º de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, establece que es competencia constitucional del Gobierno Regional dictar las normas inherentes a la gestión regional; asimismo elliteral a) del artículo 15º de la base legal acotada señala que es atribución del Consejo Regional aprobar, modificar o derogar las normas que regulen o reglamenten losasuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional; Que, el literal a) del artículo 48º de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, señala que es función específica del Gobierno Regional en materia de trabajo, promoción del empleo y la pequeña ymicroempresa, formular, aprobar, ejecutar, evaluar, dirigir, controlar y administrar las políticas en materia de trabajo, promoción del empleo y fomento de la pequeña y microempresa, con la política general del gobierno y los planes sectoriales; Que, el artículo 1º de la Ley Nº 28015, Ley de Promoción y Formalización de la Micro y Pequeña Empresa, establece que el objeto de la Ley es la promoción de la competitividad, formalización ydesarrollo de las micros y pequeñas empresas para incrementar el empleo sostenible, su productividad y rentabilidad, su contribución al Producto Bruto Interno,la ampliación del mercado interno y las exportaciones y su contribución a la recaudación tributaria; asimismo el artículo 9º del mismo cuerpo legal señala que elGobierno Regional creará un Consejo Regional de la MYPE, con el objeto de promover el desarrollo, la formalización y la competitividad de la MYPE en suámbito geográfico y su articulación con los planes y programas nacionales, concordante con los lineamientos señalados en el artículo 5º de la ley enreferencia; en concordancia con lo estipulado por los artículos 12º, 13º y 14º del Decreto Supremo Nº 009- 2003-TC, que aprueba el Reglamento de la LeyNº 28015, Ley de Promoción y Formalización de la Micro y Pequeña Empresa;