Norma Legal Oficial del día 24 de noviembre del año 2005 (24/11/2005)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 12

Pag. 304838

NORMAS LEGALES

MORDAZA, jueves 24 de noviembre de 2005

Articulo 22º. Garantias de pago de las TIE TITULO IV. CONTRATOS DE COMPRAVENTA Articulo 23º. Naturaleza de los Contratos Articulo 24º. Agentes Habilitados Articulo 25º. Garantias por los Contratos de Compraventa Articulo 26º. Liquidacion de las transacciones de compra venta segun Contratos TITULO V. ENLACES INTERNACIONALES Articulo 27º. Calificacion de los Enlaces Internacionales Articulo 28º. Planificacion y construccion de los Enlaces Internacionales TITULO VI. ASPECTOS TARIFARIOS Articulo 29º. Determinacion de las Tarifas en MORDAZA Articulo 30º. Compensacion tarifaria TITULO VII. SUPERVISION Y FISCALIZACION Articulo 31º. Supervision y fiscalizacion DISPOSICIONES TRANSITORIAS ANEXO 01: Contenido minimo de los Acuerdos Operativos ANEXO 02: Contenido minimo de los Acuerdos Comerciales TITULO I. ASPECTOS GENERALES Articulo 1º.- Objeto El presente Reglamento de Importacion y Exportacion de Electricidad (en adelante "RIEE") establece las normas aplicables a las transacciones de Importacion y Exportacion de electricidad entre el Sistema Electrico Interconectado Nacional y los Sistemas Electricos de los paises de la Comunidad MORDAZA (CAN), con los que se encuentre interconectado. Articulo 2º.- Principios Generales para el Intercambio de Electricidad Los principios generales para el intercambio intracomunitario de electricidad son aquellos establecidos en la Decision 536 de la Comunidad MORDAZA, que aprobo el "Marco General para la Interconexion Subregional de Sistemas Electricos e Intercambio Intracomunitario de Electricidad", suscrita por el Gobierno del Peru y publicada el 19 de diciembre de 2002 en la Gaceta Oficial del Acuerdo de Cartagena. Articulo 3º.- Aprobacion de Procedimientos Los Procedimientos operativos y comerciales, asi como las disposiciones complementarias para la aplicacion del RIEE, entraran en vigencia luego de aprobados por el Ministerio de Energia y Minas mediante Resolucion Ministerial. Articulo 4º.- Definiciones Para los efectos del RIEE, se utilizaran las definiciones contenidas en este articulo. Los terminos no definidos seran entendidos conforme a las definiciones contenidas en la Ley de Concesiones Electricas, su Reglamento y demas normas peruanas aplicables al Subsector Electricidad. Cuando se citen Articulos, Numerales y Anexos sin mencionar la MORDAZA a la que corresponden, se entiende que se refieren al RIEE. Cuando se empleen los terminos "Decision", "Ley", "Reglamento", "NTCSE", "NTOTR" "Ministerio", "Direccion", "OSINERG" y "SEIN" se debera entender que se refieren respectivamente a las siguientes normas y entidades: - Decision Nº 536 de la Comunidad MORDAZA ­ MORDAZA General para la Interconexion Subregional de Sistemas Electricos e Intercambio Intracomunitario de Electricidad; - Ley de Concesiones Electricas (Decreto Ley Nº 25844); - Reglamento de la Ley de Concesiones Electricas, aprobado por el Decreto Supremo Nº 009-93-EM; - Nor ma Tecnica de Calidad de los Ser vicios

Electricos, aprobada por el Decreto Supremo Nº 02097-EM; - MORDAZA Tecnica para la Coordinacion de la Operacion en Tiempo Real de los Sistemas Interconectados, aprobada por la Resolucion Directoral Nº 049-99-EM/ DGE; - Ministerio de Energia y Minas; - Direccion General de Electricidad del Ministerio de Energia y Minas; - Organismo Supervisor de la Inversion en Energia; - Sistema Electrico Interconectado Nacional. Los terminos senalados a continuacion tendran los siguientes significados: Administrador del MORDAZA o Administrador: Es la entidad encargada de la administracion comercial del MORDAZA de electricidad de corto plazo de cada pais. Agentes Habilitados: Son las personas naturales o juridicas, nacionales o extranjeras, debidamente autorizadas para celebrar Contratos de Compraventa Intracomunitaria de Electricidad. Barras de Frontera: Son las barras del MORDAZA y del Otro Sistema Interconectado donde se conecta un Enlace Internacional y donde se efectua la supervision y medicion fisica de las Transacciones Inter nacionales de Electricidad. Capacidad MORDAZA de Transferencia: Es la potencia MORDAZA que puede ser transmitida a traves de un Enlace Internacional, en cada uno de sus sentidos y en cada intervalo de tiempo, determinada mediante analisis conjuntos entre los Operadores de los Sistemas de los paises que se encuentran interconectados, considerando los criterios de calidad y seguridad de operacion establecidos en cada Sistema. Cargos Fijos: Son los cargos por potencia de generacion, peajes de transmision, el cargo por las funciones del Administrador y del Operador y otros cargos no asociados al volumen de las transacciones de energia. COES: Es el Comite de Operacion Economica del Sistema Interconectado Nacional (COES SINAC), entidad encargada de la operacion del sistema y de la administracion del MORDAZA electrico en el Peru. Contratos de Compraventa Intracomunitaria de Electricidad o Contratos de Compraventa: Son los contratos privados que se celebran entre Agentes Habilitados de los paises miembros de la CAN, para el suministro o intercambio intracomunitario de electricidad. Coordinador del Sistema: Es la entidad responsable de la coordinacion de la operacion en tiempo real del MORDAZA, que actua de conformidad con la MORDAZA Tecnica de Operacion en Tiempo Real de los Sistemas Interconectados. Despacho Ejecutado: Es el despacho de generacion registrado por el Operador de cada Sistema Interconectado en cada intervalo de tiempo, incluyendo las transacciones de Exportacion e Importacion. Despacho Reprogramado o Redespacho: Es el programa de despacho que resulta de las modificaciones y cambios introducidos al Programa de Despacho Diario, con posterioridad a su aprobacion. El Redespacho aprobado sustituye al Programa de Despacho Diario. Enlace Internacional: Es el sistema de transmision conformado por lineas, subestaciones, transformadores, compensadores y otros equipos, segun corresponda, que conecta una MORDAZA de Frontera del MORDAZA con una MORDAZA de Frontera de Otro Sistema Interconectado. Tiene como funcion el transporte e intercambio de electricidad en bloque entre dichas barras. Exportacion: Es la venta de electricidad de un Sistema Interconectado a Otro Sistema Interconectado, como consecuencia del Programa de Despacho Diario o del Despacho Ejecutado. Importacion: Es la compra de electricidad por un Sistema Interconectado de Otro Sistema Interconectado, como consecuencia del Programa de Despacho Diario o del Despacho Ejecutado. Ingreso Tarifario de los Enlaces Internacionales: Es el monto de dinero que resulta de la diferencia entre la valorizacion de la energia entregada en el Nodo Frontera del Sistema importador y la valorizacion de la correspondiente energia retirada del Nodo Frontera del Sistema exportador, por cada Enlace Internacional. MORDAZA Electrico: Es el conjunto de actividades de compra y venta de energia electrica, que comprende

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.