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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 26 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2005 (26/11/2005)

CANTIDAD DE PAGINAS: 104

TEXTO PAGINA: 100

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G33/G30/G35/G30/G37/G30 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, sábado 26 de noviembre de 2005 /G52/G65/G63/G74/G69/G66/G69/G63/G61/G6E/G20/G6C/G61/G20/G4F/G72/G64/G65/G6E/G61/G6E/G7A/G61/G20/G4E/GBA/G20/G34/G31/G33/G20/G71/G75/G65 /G64/G65/G63/G6C/G61/G72/GF3/G20/G6C/G61/G20/G69/G6D/G70/G72/G6F/G63/G65/G64/G65/G6E/G63/G69/G61/G20/G64/G65/G20/G63/G61/G6D/G62/G69/G6F/G20/G64/G65/G7A/G6F/G6E/G69/G66/G69/G63/G61/G63/G69/GF3/G6E ORDENANZA Nº 871 EL ALCALDE METROPOLITANO DE LIMA POR CUANTO: EL CONCEJO METROPOLITANO DE LIMAVisto en Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 17 de noviembre del año 2005, el Oficio Nº 1575-2005-MMLDMDU de la Dirección Municipal de Desarrollo Urbano, hoy Gerencia de Desarrollo Urbano, de fecha 1 de setiembre del año en curso, solicitando la correcciónde la Ordenanza Nº 413-MML de 21 de noviembre de 2001, mediante la cual se declaró la improcedencia del cambio de zonificación tramitado por la Inmobiliaria yConstructora Los Próceres S.R.Ltda., de Zona Residencial de Densidad Media (R4) a Comercio Vecinal (C2), del terreno de 2,722.00 m² ubicado en el Lote Nº 6,de la Mz. A, Parcelación Semirrústica Chillón, del distrito de Puente Piedra, provincia y departamento de Lima; en razón de que por error material se consignó comonombre de la empresa Constructora El Imperio S.A., siendo lo correcto Inmobiliaria y Constructora Los Próceres S.R.Ltda.; y, De conformidad con lo opinado por la Comisión Metropolitana de Desarrollo Urbano, Vivienda y Nomenclatura en su Dictamen Nº 117-2005-MML-CMDUVN; Aprobó la siguiente: ORDENANZA QUE RECTIFICA LA ORDENANZA Nº 413 PUBLICADA EL 7 DE DICIEMBRE DE 2002 Artículo Único.- RECTIFICAR en el cuadro indicado en el Artículo Único de la Ordenanza Nº 413-MML del 21de noviembre de 2002, lo correspondiente a la denominación de la razón social que tramitó el cambio de zonificación mediante Documento Simple Nº 56174-01, que por error dice: Constructora El Imperial S.A., debiendo decir “Inmobiliaria y Constructora Los Próceres S.R.Ltda." POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla, En Lima, a los diez y siete días del mes de noviembre del año dos mil cinco. LUIS CASTAÑEDA LOSSIO Alcalde de Lima 19987 /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G61/G20/G53/G45/G52/G50/G41/G52/G20/G2D/G20/G4C/G49/G4D/G41/G20/G6C/G61/G20/G76/G65/G6E/G74/G61 /G64/G65/G20/G6C/G6F/G74/G65/G73/G20/G64/G65/G20/G74/G65/G72/G72/G65/G6E/G6F/G73/G20/G75/G72/G62/G61/G6E/G6F/G73/G20/G75/G62/G69/G63/G61/G64/G6F/G73 /G65/G6E/G20/G6C/G6F/G73/G20/G64/G69/G73/G74/G72/G69/G74/G6F/G73/G20/G64/G65/G20/G41/G6E/G63/GF3/G6E/G2C/G20/G41/G74/G65/G2C/G20/G4C/G61/G4D/G6F/G6C/G69/G6E/G61/G2C/G20/G50/G75/G6E/G74/G61/G20/G4E/G65/G67/G72/G61/G2C/G20/G53/G61/G6E/G20/G4A/G75/G61/G6E/G20/G64/G65/G4C/G75/G72/G69/G67/G61/G6E/G63/G68/G6F/G20/G79/G20/G53/G61/G6E/G74/G69/G61/G67/G6F/G20/G64/G65/G20/G53/G75/G72/G63/G6F ACUERDO DE CONCEJO Nº 354 Lima, 17 de noviembre de 2005 Visto en Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 17 de noviembre de 2005, el Oficio Nº 683-2005-SERPAR LIMA/ GG/MML emitido por la Gerencia General del SERPAR LIMA, solicitando autorización de venta en Subasta Pública02-2005-SERPAR-LIMA, de 25 lotes de terrenos urbanos de propiedad del Servicio de Parques de Lima recibidos en calidad de aportes, cuyo proceso, al amparo delConvenio de Cooperación Interinstitucional suscrito el 06.10.2005 entre SERPAR-LIMA y EMILIMA SA, será encargado a EMILIMA S.A.CONSIDERANDO: Que, conforme al Decreto Ley Nº 18898 y su modificatoria Decreto Ley Nº 19543, constituyen rentas de las Municipalidades los aportes en terrenos o dinero, segúnel caso, para fines de parques zonales, que deben efectuar las personas naturales o jurídicas por los diferentes tipos de tierra para uso de vivienda en cumplimiento delReglamento Nacional de Construcciones y el numeral 6) artículo 56º Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972; Que, el Decreto Ley Nº 18898 determina en su artículo 2º inciso e) y artículo 16º, que el Servicio de Parques de Lima - SERPAR LIMA, tiene como atribución vender en pública subasta los terrenos cedidos en aplicación delDecreto Supremo Nº 39-F, constituyendo el producto de la venta, recursos del SERPAR LIMA, de conformidad con el artículo 13º inciso b) del mismo Decreto Ley; Que, el Concejo Metropolitano de Lima, aprobó la Ordenanza Nº 97 “RÉGIMEN DEL PATRIMONIO INMOBILIARIO DE LA MUNICIPALIDADMETROPOLITANA DE LIMA Y LAS MUNICIPALIDADES DISTRITALES QUE LA INTEGRAN”, en cuyo artículo 15º, establece que: La venta de Inmuebles de propiedadmunicipal se realiza mediante subasta pública y previo Acuerdo de Concejo; Que asimismo, mediante Ordenanza Nº 758 del 17.03.2005, el Concejo Metropolitano aprobó el Estatuto del SERPAR LIMA, en cuyo inciso d) del artículo 43º, señala que constituyen recursos financieros ypatrimoniales del SERPAR LIMA el producto de las subastas públicas convocadas por la institución, en concordancia con sus normas legales; Que, el numeral 25) del Art. 9º de la Ley Nº 27972 “Orgánica de Municipalidades”, establecen como atribución del Concejo Municipal aprobar la venta de sus bienesmuebles e inmuebles en subasta pública; decisión que adopta el Concejo, de conformidad con el Art. 41º y 59º de la mencionada norma, mediante el correspondiente Acuerdode Concejo, el mismo que debe ser puesto en conocimiento de la Contraloría General de la República en un plazo no mayor 7(siete) días, bajo responsabilidad; Que, el artículo 1º de la Ordenanza Nº 128-97, establece que: El Servicio de Parques de Lima SERPAR LIMA, en cada Subasta Pública de Terrenos que realice,aplicará el 70% del producto de la misma en Programas de Habilitación, equipamiento, mantenimiento y conservación de los Parques Metropolitanos y Zonales;pudiendo utilizar un 30% en Gastos Corrientes que aseguren la administración eficiente de los recursos; Que, en aplicación de las normas precitadas, el Consejo Administrativo del SERPAR LIMA, mediante Acuerdo Nº 083-2005 del 05.09.2005, respectivamente, aprobó la realización de la Subasta Pública Nº 002-2005para la venta de un total de 25 lotes de terreno, hasta por un monto de S/. 3’081,300.00, la misma que será ejecutada por la Empresa Municipal Inmobiliaria de Lima– EMILIMA S.A., en virtud del Convenio de Cooperación Interinstitucional suscrito entre ambas empresas con fecha 06.10.2005, que se aprobó mediante el antes citadoAcuerdo de Consejo Administrativo; Que asimismo, por Acuerdo de Consejo Administrativo del SERPAR LIMA Nº 092 del 24.10.2005,se aprobó el Reglamento y Bases de la Subasta Pública Nº 002-2005, además de la distribución de Ingresos de la Subasta de Terrenos Nº 002-2005 y el Programa deInversiones a financiar con los recursos a obtenerse que se detallan a continuación: Gastos Corrientes S/. 924,000.00Mantenimiento de Parques Zonales 617,300.00 Gastos de Capital 1’540,000.00 TOTAL S/. 3’081,300.00 ============= PROYECTOS DE INVERSION (En nuevos soles) Remodelación de la Sede Institucional 650,000.00 Construcción Gran Laguna Artificial l en el Parque Zonal Huayna Cápac – Primera Etapa 800,000.00 Habilitación Parque Zonal Santa RosaPrimera Etapa 90,000.00 TOTAL 1’540,000.00 ============