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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 26 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2005 (26/11/2005)

CANTIDAD DE PAGINAS: 104

TEXTO PAGINA: 88

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G33/G30/G35/G30/G35/G38 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, sábado 26 de noviembre de 2005 del Contratista de retribuir los gastos en que se incurra para llevar adelante el proceso de promoción de lainversión privada. h. Cronograma: Determinación del plazo y de los principales actos requeridos para ejecutar elprocedimiento. i. Ámbito espacial de la convocatoria: Se precisará si la convocatoria tendrá alcance nacional o internacional.En el caso de una convocatoria internacional se precisará los países en los cuales, a juicio del Comité Especial de Promoción de la Inversión Privada, existen potencialespostores. TÍTULO IV DE LOS PROCEDIMIENTOS DE SELECCIÓN CAPÍTULO PRIMERO NORMAS COMUNES A TODOS LOS PROCEDIMIENTOS Artículo 31º.- De la Convocatoria. La convocatoria de los procedimientos vinculados a la aplicación de las modalidades de participación de la inversión privada deberá ser publicada en el Diario OficialEl Peruano y como mínimo en tres diarios de circulación nacional, por dos (2) días consecutivos, a criterio del Organismo Promotor de la Inversión Privada. Cuando los procedimientos vinculados a la aplicación de las modalidades de participación de la inversión privada sean de carácter internacional, la convocatoriapodrá publicarse en los diarios de los países en los cuales podrían existir eventualmente interesados en ejecutar el proyecto, los cuales serán determinados en elcorrespondiente Plan de Promoción. La convocatoria indicará claramente: a. La identificación precisa del Gobierno Local que realiza la convocatoria; b. El lugar, la oportunidad y el precio al que pueden ser adquiridas las Bases; c. El lugar, la fecha y hora del Acto de Recepción de Propuestas; y, Artículo 32º.- Contenido de las Bases. Las Bases de los procedimientos vinculados a la aplicación de las modalidades de participación de la inversión privada contendrán los aspectos que a continuación se indican: a. Las condiciones contractuales, técnicas y económicas; b. La ubicación geográfica y el área de influencia del proyecto municipal; c. Los antecedentes o credenciales que deben acompañar los adquirentes de Bases y/o postores en sus propuestas; d. La fecha para la presentación de las propuestas;e. Los plazos para que los adquirentes de Bases y/o postores efectúen consultas o soliciten aclaraciones sobre las Bases; f. El sistema de evaluación para determinar la propuesta más conveniente, a base de criterios objetivos; g. El régimen de garantías, su naturaleza y cuantía, indicando los plazos en que deben constituirse. Se considerarán garantías de seriedad de la propuesta y garantías de cumplimiento del contrato en las etapas deejecución y explotación del proyecto municipal; h. El monto de los gastos incurridos en la elaboración de la iniciativa, de ser el caso; i. La obligación del Adjudicatario y del Contratista de reintegrar los gastos en que se incurra para llevar adelante el proceso de promoción de la inversión privada j. La fecha prevista para el otorgamiento de la buena pro; y, k. Las estipulaciones relativas a los plazos de iniciación y terminación del proyecto municipal y el cronograma general de su ejecución y explotación. Cuando se trate de procedimientos vinculados a la aplicación de las modalidades de participación de la inversión privada de carácter internacional, las Basespodrán remitirse por intermedio del Ministerio deRelaciones Exteriores, a todas las Embajadas Peruanas acreditadas en los países a que se refiere el segundopárrafo del artículo 31º. Las Bases podrán establecer una etapa de precalificación. El contenido de las Bases indicado, es de carácter enunciativo y no limitativo. La aprobación de las Bases podrá efectuarse hasta antes de la fecha prevista en la convocatoria para su venta. Artículo 33º.- Consultas a las Bases. Las consultas o las aclaraciones que sobre las Bases formulen los adquirentes y/o postores deberán serabsueltas por escrito y puestas a su disposición a más tardar diez (10) días calendarios antes de la fecha del Acto de Recepción de Propuestas, en el lugar que paradicho efecto indiquen las Bases. Las respuestas a las consultas formuladas y las aclaraciones o eventuales modificaciones que seefectúen, también forman parte de las Bases. Artículo 34º.- Integración de Bases. Mediante Resolución del Organismo Promotor de la Inversión Privada se aprobará la integración de las Bases con las circulares expedidas durante los procedimientosvinculados a la aplicación de las modalidades de participación de la inversión privada,. El texto de las Bases integradas constituirá anexo del respectivoContrato. Artículo 35º.- Postergación del Acto de recepción de propuestas. El Comité Especial de Promoción de la Inversión Privada, previa aprobación del Organismo Promotor dela Inversión Privada, podrá postergar la fecha del Acto de Recepción de Propuestas indicado en la convocatoria. El aviso de nueva fecha deberá realizarse por los mismosmedios utilizados para la convocatoria. Artículo 36º.- Acto de recepción de propuestas. En el lugar, día y hora fijados en la convocatoria y/o en el instrumento a través del cual se ponga en conocimiento la última prórroga del mismo, se realizaráel Acto de Recepción de Propuestas. El acto es público. En el acto público intervendrán los miembros del Comité Especial de Promoción de la Inversión Privada, un representante del Órgano de Control Institucional del Gobierno Local y un Notario Público quien certificará ladocumentación presentada y dará fe del acto. Artículo 37º.- Presentación de propuestas Las propuestas se presentarán a la mano y en sobre cerrado. A la hora indicada en la convocatoria, se abrirá el primer sobre. Sin embargo, en las bases podrá señalarse un plazo de tolerancia, el que en ningún caso podrá exceder de media hora. A partir de ese momento no serecibirá propuesta alguna. El Comité Especial de Promoción de la Inversión Privada rechazará en el acto las propuestas conenmendaduras, borraduras o correcciones, así como aquellas que no incluyan todos los antecedentes exigidos por las Bases. Durante el Acto de Recepción de Propuestas, los postores podrán formular observaciones, las mismas que serán resueltas por el Comité Especial de Promociónde la Inversión Privada en un plazo máximo de res (3) días hábiles. Artículo 38º.- Acta Terminado el Acto de Recepción de Propuestas se levantará un acta que será firmada por los miembros delComité Especial de Promoción de la Inversión Privada, el representante del Órgano de Control Institucional del Gobierno Local, el Notario Público y los postores quedeseen hacerlo. En el acta constará: a. El lugar, día y hora de la realización del acto; b. El número y los nombres de las personas que presentaron propuestas;