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PÆg. 302205 NORMAS LEGALES Lima, viernes 14 de octubre de 2005 Imponen servidumbre de ocupación de bienes a favor de concesión definitivade distribución de la que es titular Luzdel Sur S.A.A. RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 416-2005-MEM/DM Lima, 5 de octubre de 2005 VISTO: El Expediente N° 31173205, organizado por Luz del Sur S.A.A., persona jurídica inscrita en el Asiento D 00001 de la Partida N° 11008689 del Registro dePersonas Jurídicas de la Oficina Registral de Lima y Callao, sobre solicitud de imposición de servidumbre de ocupación de bienes públicos, para la instalación de lasubestación de distribución compacta subterránea (bóveda) para Servicio Público de Electricidad N° 5421; CONSIDERANDO: Que, Luz del Sur S.A.A., concesionaria de distribución de energía eléctrica en mérito de la Resolución Suprema N° 107-96-EM publicada el 30 de noviembre de 1996, ha solicitado la imposición de servidumbre de ocupación debienes públicos para la instalación de la subestación de distribución compacta subterránea (bóveda) para Servicio Público de Electricidad N° 5421, ubicada en la veredadel Pasaje El Carmen, Cuadra 2, Mz 91, frente al Lt 1, AA. HH. Nueva Esperanza, distrito de Villa María del Triunfo, provincia y departamento de Lima, según lascoordenadas UTM que figuran en el Expediente; Que, de acuerdo con lo establecido por el literal a) del artículo 109° del Decreto Ley N° 25844, Ley deConcesiones Eléctricas, los concesionarios están facultados a utilizar a título gratuito el suelo, subsuelo y aires de caminos públicos, calles, plazas y demás bienesde propiedad del Estado o municipal, así como para cruzar ríos, puentes, vías férreas, líneas eléctricas y de comunicaciones; Que, la petición se encuentra amparada en lo dispuesto por el artículo 109° y siguientes del Decreto Ley N° 25844, Ley de Concesiones Eléctricas, y suReglamento, aprobado por el Decreto Supremo N° 009- 93-EM; Que, la Dirección General de Electricidad, luego de haber verificado que la concesionaria ha cumplido con los requisitos legales y procedimientos correspondientes, ha emitido el Informe N° 233-2005-DGE-CEL; Con la opinión favorable del Director General de Electricidad y del Viceministro de Energía; SE RESUELVE: Artículo 1º.- IMPONER con carácter permanente a favor de la concesión definitiva de distribución de la quees titular Luz del Sur S.A.A., la servidumbre de ocupación de bienes públicos para la instalación de la subestación de distribución compacta subterránea (bóveda) paraServicio Público de Electricidad N° 5421, ubicada en la vereda del Pasaje El Carmen, Cuadra 2, Mz 91, frente al Lt 1, AA. HH. Nueva Esperanza, distrito de Villa Maríadel Triunfo, provincia y departamento de Lima, de acuerdo a la documentación técnica y los planos proporcionados por la empresa, conforme al siguiente cuadro: Cod. Descripción de la Área de Propie- Tipo de Exp. servidumbre servidumbre tario terreno 31173205 Subestación de Distribución Eléctrica N° 5421. Suelo: Propiedad Urbano Ubicación: distrito de Villa María del Triunfo, 9,60 m2del provincia y departamento de Lima. subsuelo EstadoCoordenadas UTM: y aires (vía Vértice Este Norte pública) A 290 752,509 8 654 648,562B 290 750,232 8 654 652,788 C 290 748,472 8 654 651,840 D 290 750,748 8 654 647,614 Artículo 2º.- El propietario del predio sirviente no podrá construir obras de cualquier naturaleza ni realizarlabores que perturben o enerven el pleno ejercicio de la servidumbre constituida. Artículo 3º.- Luz del Sur S.A.A. deberá adoptar las medidas necesarias a fin que el área de servidumbre nosufra daño ni perjuicio por causa de la servidumbre, quedando sujeta a la responsabilidad civil pertinente en caso de incumplimiento. Artículo 4º.- Luz del Sur S.A.A. deberá velar permanentemente para evitar que en el área afectada por la servidumbre o sobre ella se ejecute cualquier tipo de construcción que restrinja su ejercicio. Artículo 5º.- La presente Resolución entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación. Regístrese, comuníquese y publíquese. GLODOMIRO SÁNCHEZ MEJÍA Ministro de Energía y Minas 17378 FE DE ERRATAS DECRETO SUPREMO Nº 038-2005-EM Mediante Oficio Nº 427-B-2005-SCM-PR, la Secretaría del Consejo de Ministros solicita se publique Fe de Erratasdel Decreto Supremo Nº 038-2005-EM, publicado en la edición del 8 de octubre de 2005. En el Artículo 1º: DICE: "... c) El costo de los combustibles será determinado utilizando los precios y condiciones que se señalan en el artículo 50º de la Ley y se tomará el que resulte menorentre el precio del mercado interno y el precio de referencia ponderado que publique OSINERG. Para el caso del carbón, el precio de referencia de importaciónque publique OSINERG será considerado como precio del mercado interno. Asimismo, los criterios señalados serán aplicados en las fórmulas de reajustecorrespondientes." ..."DEBE DECIR: "... c) El costo de los combustibles será determinado utilizando los precios y condiciones que se señalan en el Artículo 50º de la Ley y se tomará los precios del mercado interno. Para el caso de los combustibles líquidos setomará el que resulte menor entre el precio del mercado interno y el precio de referencia ponderado que publique OSINERG. Para el caso del carbón, el precio de referenciade importación que publique OSINERG será considerado como precio del mercado interno. Asimismo, los criterios señalados serán aplicados en las fórmulas de reajustecorrespondientes." ..." 17535 INTERIOR Aceptan renuncia de Director Adjunto de la Oficina de Personal RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 2181-2005-IN-0901 Lima, 3 de octubre del 2005 Vista, la renuncia al cargo público de confianza de Director de Sistema Administrativo III - categoría F-4, Director Adjunto de la Oficina de Personal que formula elLic. ANTONIO RODRÍGUEZ HUAMANI; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial Nº 2229-2004- IN del 22 de octubre del 2004, se designó al Lic. ANTONIO