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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 16 DE OCTUBRE DEL AÑO 2005 (16/10/2005)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 28

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G33/G30/G32/G34/G31/G32 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, domingo 16 de octubre de 2005 En uso de las facultades conferidas en la Resolución de Superintendencia Nº 122-2003/SUNAT y a lo dispuestoen el literal g) del artículo 23º del Reglamento de Organización y Funciones de la Superintendencia Nacional de Administración Tributaria, aprobado porDecreto Supremo Nº 115-2002-PCM; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Apruébase el procedimiento de Admisión Temporal para Perfeccionamiento Activo INTA-PG.06(versión 3) adecuado al Sistema de Calidad de la SUNAT, cuyo texto forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 2º.- Derógase el procedimiento del régimen de Admisión Temporal (versión 2), aprobado por Resolución de Intendencia Nacional Nº 001059 publicado el 19.9.1999 y sus modificatorias. Artículo 3º.- La presente Resolución entrará en vigencia a los cuarenta y cinco (45) días hábiles contados a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Oficial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSÉ ARMANDO ARTEAGA QUIÑE Superintendente Nacional Adjunto de Aduanas CÓDIGO: INTA-PG.06 VERSIÓN: 3VIGENCIA: 2005 ADMISIÓN TEMPORAL PARA PERFECCIONAMIENTO ACTIVO I. OBJETIVOEstablecer las pautas a seguir en la aplicación del régimen de Admisión Temporal para perfeccionamientoactivo, con la finalidad de lograr el correcto cumplimiento de las normas que lo regulan. II. ALCANCE Está dirigido al personal de la Superintendencia Nacional de Administración Tributaria - SUNAT y a los operadores de comercio exterior que intervienen en el régimen de Admisión Temporal para perfeccionamiento activo. III. RESPONSABILIDAD La aplicación, cumplimiento y seguimiento de lo establecido en el presente procedimiento es de responsabilidad de las intendencias de aduanas de laRepública, Intendencia de Fiscalización y Gestión de Recaudación Aduanera, Intendencia Nacional de Sistemas de Información, y de la Intendencia Nacional de TécnicaAduanera. IV. VIGENCIAA los 45 días hábiles contados a partir del día siguiente de la fecha de su publicación. V. BASE LEGAL - Texto Único Ordenado de la Ley General de Aduanas, aprobado por Decreto Supremo Nº 129-2004-EF publicado el 12.9.2004 y norma modificatoria. - Reglamento de la Ley General de Aduanas, aprobado por Decreto Supremo Nº 011-2005-EF publicado el 26.1.2005. - Tabla de Sanciones Aplicables a las Infracciones previstas en la Ley General de Aduanas, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2005-EF publicado el 28.1.2005. - Disponen que beneficiarios de los regímenes de admisión temporal e importación temporal que califiquen como buenos contribuyentes, podrán garantizar sus obligaciones mediantecarta compromiso y pagaré, aprobado por Resolución Ministerial Nº 220-2004-EF/10, publicada el 27.4.2004. - Acuerdo relativo a la aplicación del Artículo VII del Acuerdo General sobre Aranceles Aduaneros y Comercio de la OMC de 1994, aprobado por Resolución Legislativa Nº 26407 publicada el 18.12.1994. Categoría Rangos de Consumo Asignación Consumo Mínimo de Consumo m3/mes m3/mes m3/mes Estatal 0 a 100 40 100 101 a más Comercial 0 a 15 6 15 16 a 30 31 a más Industrial 0 a 50 20 50 51 a 100 101 a más DEBE DECIR: De cumplirse la convergencia de tarifas luego de la aplicación de los incrementos tarifarios, la estructura ta- rifaria correspondiente al Grupo 3 presentará el siguien- te formato: Categoría Rangos de Consumo Asignación Consumo Mínimo de Consumo m3/mes m3/mes m3/mes Social - 15 0 a 15 Doméstica 16 a 30 6 15 31 a más Estatal0 a 10040 100 101 a más 0 a 15 Comercial 16 a 30 6 15 31 a más Industrial0 a 10020 50 101 a más 17589 SUNAT /G41/G70/G72/G75/G65/G62/G61/G6E/G20/G50/G72/G6F/G63/G65/G64/G69/G6D/G69/G65/G6E/G74/G6F/G20/G64/G65/G20/G41/G64/G6D/G69/G73/G69/GF3/G6E /G54/G65/G6D/G70/G6F/G72/G61/G6C/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G50/G65/G72/G66/G65/G63/G63/G69/G6F/G6E/G61/G6D/G69/G65/G6E/G74/G6F/G41/G63/G74/G69/G76/G6F/G20/G28/G56/G2E/G33/G29 RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA NACIONAL ADJUNTA DE ADUANAS Nº 439-2005/SUNAT/A Callao, 21 de setiembre de 2005 CONSIDERANDO: Que, por Resolución de Intendencia Nacional Nº 001059 publicado el 19.9.1999, se aprueba el procedimiento del régimen de Admisión Temporal INTA-PG.06 (versión 2)modificado por Resolución de Intendencia Nacional Nº 000 ADT/1999-002171 publicado el 6.1.2000 y Resolución de Intendencia Nacional Nº 000 ADT/2000-002017 publicadoel 17.7.2000, dentro del marco del sistema de gestión de la calidad de Aduanas y de la Ley General de Aduanas - Decreto Legislativo Nº 809; Que, por Decreto Supremo Nº 129-2004-EF y Decreto Supremo Nº 011-2005-EF han sido aprobados el Texto Único Ordenado de la Ley General de Aduanas y suReglamento respectivamente; Que, la Disposición Complementaria Única del Reglamento de la Ley General de Aduanas establece quela SUNAT aprobará los procedimientos, instructivos, circulares y otros documentos necesarios para la aplicación de lo dispuesto en la Ley y en el referidoReglamento; Que, en tal sentido, es necesario aprobar la nueva versión del procedimiento del régimen de AdmisiónTemporal para Perfeccionamiento Activo, acordes con la normatividad legal vigente;