NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 02 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2005 (02/09/2005)
CANTIDAD DE PAGINAS: 52
TEXTO PAGINA: 34
/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G39/G39/G35/G39/G34 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, viernes 2 de setiembre de 2005 Edgardo Rebagliati Martins, Hospital Nacional Guillermo Almenara Irigoyen y la Gerencia Central de Salud, por unplazo comprendido entre el 30 de mayo del 2002 al 29 demayo del 2003; Que, posteriormente, se suscribió un nuevo contrato con la citada empresa, a fin de cubrir la demanda delservicio de dosimetría de radiaciones a nivel de Lima,por un período de 2 (dos) años contados desde el 21 dejunio del 2003; Que, con Carta Nº 1213-GCA-GDAO-ESSALUD-2005, del 22 de junio del 2005, la Gerencia Central deAdquisiciones solicita la exoneración de proceso de selección ordinario para la contratación del servicio de evaluación dosimétrica de radiaciones para las RedesAsistenciales de Lima y Policlínicos Itinerantes, al amparode lo dispuesto en el literal e) del artículo 19º del TextoÚnico Ordenado de la Ley de Contrataciones yAdquisiciones del Estado; por el monto de S/. 1´079,996.40 (Un millón setenta y nueve mil novecientos noventa y seis con 40/100 Nuevos Soles)que representan un total de 15,126 sesiones a un valorde S/. 71.40 (Setenta y uno con 40/100 Nuevos Soles)por sesión, en un período de 2 (dos) años; Que, en el Informe técnico que sustenta la solicitud de exoneración se ha considerado que: a) El serviciode evaluación dosimétrica de radiaciones, realizado encumplimiento de la Ley Nº 28028 "Ley de Regulación del Uso de Fuentes de Radiación Ionizante", es un servicio que tiene por finalidad registrar la radiaciónmensual recibida por un trabajador que opera un equipogenerador de radiaciones ionizantes (Gamma y/o RayosX); b) El artículo 30º del Reglamento de Seguridad Radiológica -aprobado mediante Decreto Supremo Nº 009-97-EM- dispone que los trabajadores que realicen su trabajo normal u ocasional en áreascontroladas y puedan recibir exposición ocupacionalsignificativa, deben estar sometidos a vigilanciaradiológica individual obligatoria, mediante sistemasacreditados y de conformidad con las disposiciones específicas de la Autoridad Nacional; c) A dicho efecto, ESSALUD tiene la necesidad del servicio de evaluacióndosimétrica para determinar el grado de radiaciónacumulada en el personal ocupacionalmente expuestoa radiaciones ionizantes en los centros asistencialesque conforman las Redes Asistenciales Rebagliati, Almenara y Sabogal, así como en los Policlínicos Itinerantes que tengan implementadas fuentes deradiaciones para diagnóstico y tratamiento; d) Segúnel estudio de mercado realizado por la Subgerencia deBases y Estudio de Mercado de la Gerencia deProgramación de la Gerencia Central de Adquisiciones, el único proveedor en el mercado, del servicio de evaluación dosimétrica de radiaciones, es la empresaNuclear Control S.A. -única empresa autorizada por elInstituto Peruano de Energía Nuclear (IPEN) parabrindar el servicio de dosimetría personal deradiaciones; e) El monto a ser exonerado asciende a un valor máximo de adjudicación de S/. 1´079,996.40 (Un millón setenta y nueve mil novecientos noventa yseis con 40/100 Nuevos Soles) que representan un totalde 15,126 sesiones a un valor de S/. 71.40 (Setenta yuno con 40/100 Nuevos Soles) por sesión, en unperíodo de 2 (dos) años; y, f)Se cuenta con el debido respaldo presupuestal para la exoneración solicitada, el mismo que ha sido otorgado por la Gerencia Centralde Finanzas; Que, el monto estimado para la contratación del servicio de evaluación dosimétrica de radiaciones parael período de 2 (dos) años ascendería a la suma deS/. 1´079,996.40 (Un millón setenta y nueve milnovecientos noventa y seis con 40/100 Nuevos Soles), loque ameritaría que la contratación del servicio se lleve a cabo a través de un Concurso Público. Sin embargo, llevar a cabo dicho proceso de selección carecería de objetotoda vez que la empresa Nuclear Control S.A., es la únicaempresa acreditada por el Instituto Peruano de EnergíaNuclear (IPEN) para proporcionar el servicio de dosimetríapersonal de radiaciones a nivel nacional, conforme se desprende de las Cartas Nºs. 011 y 0163-05-IPEN/OTAN; Que, según el literal e) del artículo 19º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisicionesdel Estado, procede exonerar de la realización de proceso de selección, las adquisiciones y contrataciones que serealicen para adquirir bienes o servicios que no admitensustitutos y existe proveedor único, Que, el artículo 144º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado -aprobado porDecreto Supremo Nº 084-2004-PCM-, establece que enlos casos en que no existan bienes o servicios sustitutosa los requeridos por el área usuaria, y siempre que existaun solo proveedor en el mercado nacional, la Entidad podrá contratar directamente; Que, dicho artículo igualmente señala que se considerará que existe proveedor único en los casos quepor razones técnicas o relacionadas con la protección de derechos, tales como patentes y derechos de autor, se haya establecido la exclusividad del proveedor; Que, de otro lado, el artículo 11º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado dispone que pueden efectuarse contrataciones cuyo desarrollo se prolongue por más de 1 (un) ejerciciopresupuestario, en cuyo caso deberá adoptarse lasprevisiones necesarias para garantizar el pago de lasobligaciones. En ese mismo sentido, el numeral 1 delartículo 205º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado señala que las Bases pueden establecer que el plazo del contrato sea por más de unejercicio presupuestal, hasta un máximo de 3 (tres), salvoque por leyes especiales o por la naturaleza de laprestación se requieran plazos mayores, siempre y cuandose adopten las previsiones presupuestarias necesarias para garantizar el pago de las obligaciones; Que, de lo expuesto se desprende que la realización de un Concurso Público para la contratación del serviciode evaluación dosimétrica de radiaciones por el período de 2 (dos) años no cumpliría función alguna, toda vez que dicho servicio no admite sustitutos; esto es, se tratade un servicio que es suministrado por un único proveedoren el mercado nacional, la empresa Nuclear Control S.A.;siendo importante la contratación de la misma a efectosde cumplir con las obligaciones legales que tiene la Entidad respecto del control radiológico mensual de sus trabajadores sometidos a radiaciones ionizantes, Que, al haberse configurado la causal prevista en el literal e) del artículo 19º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, resulta procedente aprobar la exoneración de proceso deConcurso Público para la contratación del servicio deevaluación dosimétrica de radiaciones para las RedesAsistenciales de Lima y Policlínicos Itinerantes, por elmonto de S/. 1´079,996.40 (Un millón setenta y nueve mil novecientos noventa y seis con 40/100 Nuevos Soles) que representan un total de 15,126 sesiones en un períodode 2 (dos) años; Que, el literal a) del artículo 20º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado señala que la exoneración debe ser aprobadapor resolución del Titular del Pliego de la Entidad; Que, de acuerdo con el artículo 8º de la Ley Nº 27056 "Ley de Creación del Seguro Social de Salud (ESSALUD)", en concordancia con lo señalado en elnumeral 1 del artículo 2º del Reglamento de la Ley deContrataciones y Adquisiciones del Estado, el PresidenteEjecutivo es la más alta autoridad ejecutiva de ESSALUDy Titular de la Entidad, por lo que le corresponde autorizar la mencionada exoneración; Que, según lo regulado en el artículo 20º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones yAdquisiciones del Estado y en el artículo 148º de su Reglamento, la adquisición o contratación del bien, servicio u obra objeto de la exoneración será realizadapor la dependencia encargada de las adquisiciones ycontrataciones de la Entidad, en forma directa medianteacciones inmediatas; En uso de las atribuciones conferidas; SE RESUELVE: 1. APROBAR la exoneración del proceso de Concurso Público para la contratación del servicio de evaluacióndosimétrica de radiaciones para las Redes Asistenciales