NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 02 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2005 (02/09/2005)
CANTIDAD DE PAGINAS: 52
TEXTO PAGINA: 27
/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G39/G39/G35/G38/G37 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, viernes 2 de setiembre de 2005 una Tercera Reunión Preparatoria de la XIV Conferencia Interamericana de Ministros de Trabajo (CIMT), a realizarse en la ciudad de Washington, D.C., en la sede de la Organización de los Estados Americanos - OEA, los días 30 y 31 de agosto de 2005; Que, la citada Reunión tiene por objetivos, discutir el nuevo proyecto de Declaración de México, el Proyecto de Plan de Acción de Salvador, el aporte de la Conferencia Interamericana de Ministros de Trabajo (CIMT) a la IV Cumbre de las Américas, el Plan Estratégico del Consejo Interamericano para el Desarrollo Integral y el Fortalecimiento Institucional de los Ministerios de Trabajo; Que, siendo indispensable el citado evento para los fines institucionales y sectoriales, se ha designado al doctor Carlos Eduardo Margary Brignole, Asesor del Despacho Viceministerial de Trabajo del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, para participar en representación del Sector en la citada Reunión, cuyo gasto por concepto de pasaje será cubierto por la Organización de los Estados Americanos - OEA; De conformidad con lo establecido por el Decreto de Urgencia Nº 015-2004, sobre prohibición de viajes al exterior de funcionarios y servidores públicos del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos y su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar, el viaje en comisión de servicios, al doctor CARLOS EDUARDO MARGARY BRIGNOLE, Asesor del Despacho Viceministerial de Trabajo del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, a la ciudad de Washington, D.C., EE.UU., del 29 de agosto al 1 de setiembre de 2005, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución serán cubiertos con recursos del Presupuesto del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, de acuerdo al siguiente detalle: Viáticos : US$ 880.00 Impuesto TUUA : US$ 28.24 Artículo 3º.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje, el citado funcionario deberá presentar ante su institución, un informe detallado describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado. Artículo 4º.- La presente Resolución Suprema no otorga derecho a exoneración o liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Artículo 5º.- La presente Resolución Suprema es refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y el Ministro de Trabajo y Promoción del Empleo. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República PEDRO PABLO KUCZYNSKI GODARD Presidente del Consejo de Ministros JUAN SHEPUT MOORE Ministro de Trabajo y Promoción del Empleo 15162 TRANSPORTES Y COMUNICACIONES /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G76/G69/G61/G6A/G65/G20/G64/G65/G20/G66/G75/G6E/G63/G69/G6F/G6E/G61/G72/G69/G6F/G20/G64/G65/G6C /G4D/G69/G6E/G69/G73/G74/G65/G72/G69/G6F/G20/G61/G20/G45/G73/G70/G61/GF1/G61/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G70/G61/G72/G74/G69/G63/G69/G70/G61/G72/G20/G65/G6E/G65/G6C/G20/G45/G6E/G63/G75/G65/G6E/G74/G72/G6F/G20/G64/G65/G20/G4D/G69/G6E/G69/G73/G74/G72/G6F/G73/G20/G64/G65/G20/G54/G72/G61/G6E/G73/G70/G6F/G72/G74/G65/G73 /G65/G20/G49/G6E/G66/G72/G61/G65/G73/G74/G72/G75/G63/G74/G75/G72/G61/G73/G20/G64/G65/G20/G49/G62/G65/G72/G6F/G61/G6D/GE9/G72/G69/G63/G61 RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 023-2005-MTC Lima, 1 de setiembre de 2005CONSIDERANDO: Que, con carta de fecha 24 de junio de 2005, la Ministra de Fomento del Reino de España ha extendido invitación al señor Ministro de Transportes y Comunicaciones; ingeniero José Javier Ortiz Rivera, para participar en el Encuentro de Ministros de Transportes e Infraestructuras de Iberoamérica, que se llevará a cabo en la ciudad de Málaga, España, durante los días 7 al 11 de setiembre del presente año; Que, el Viceministro de Transportes ha designado al señor Mario Arbulú Miranda, Jefe de la Secretaría de Transportes del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, para formar parte de la delegación que acompañará al señor Ministro, en el evento mencionado; Que, los gastos por concepto de pasajes, viáticos y tarifa única por uso de aeropuerto, serán con cargo al Pliego Presupuestal del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; De conformidad con la Ley Nº 27619, Ley Nº 27791, el Decreto de Urgencia Nº 015-2004 y el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM; Estando a lo acordado; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Autorizar el viaje del señor Mario Arbulú Miranda, Jefe de la Secretaría de Transportes del Ministerio de Transportes y Comunicaciones a la ciudad de Málaga, España, durante los días 5 al 13 de setiembre de 2005, para los fines a que se refiere la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente resolución, serán cubiertos por el Pliego Presupuestal del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, de acuerdo al siguiente detalle: Viáticos US$ 1,820.00 Pasajes Aéreos US$ 1,600.00 Tarifa por Uso de Aeropuerto US$ 28.24 Artículo 3º.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje, el referido funcionario deberá presentar ante su Institución un informe detallado describiendo las acciones realizadas, los resultados obtenidos y la rendición de cuentas por los viáticos entregados. Artículo 4º.- La presente Resolución Suprema no otorga derecho a exoneración o liberación de impuestos o derechos aduaneros de ninguna clase o denominación. Artículo 5º.- La presente Resolución será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y el Ministro de Transportes y Comunicaciones. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República PEDRO PABLO KUCZYNSKI GODARD Presidente del Consejo de Ministros JOSÉ ORTIZ RIVERA Ministro de Transportes y Comunicaciones 15148 /G4F/G74/G6F/G72/G67/G61/G6E/G20/G61/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G61/G20/G61/G73/G6F/G63/G69/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G70/G61/G72/G61 /G70/G72/G65/G73/G74/G61/G72/G20/G73/G65/G72/G76/G69/G63/G69/G6F/G20/G64/G65/G20/G72/G61/G64/G69/G6F/G64/G69/G66/G75/G73/G69/GF3/G6E/G20/G73/G6F/G6E/G6F/G72/G61/G65/G64/G75/G63/G61/G74/G69/G76/G61/G20/G65/G6E/G20/G65/G6C/G20/G64/G69/G73/G74/G72/G69/G74/G6F/G2C/G20/G70/G72/G6F/G76/G69/G6E/G63/G69/G61/G20/G79/G64/G65/G70/G61/G72/G74/G61/G6D/G65/G6E/G74/G6F/G20/G64/G65/G20/G50/G75/G6E/G6F RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL Nº 434-2005-MTC/03 Lima, 25 de agosto del 2005 CONSIDERANDO:Que, el Artículo 16º de la Ley de Radio y Televisión, señala que las autorizaciones del servicio de radiodifusión