NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 02 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2005 (02/09/2005)
CANTIDAD DE PAGINAS: 52
TEXTO PAGINA: 22
/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G39/G39/G35/G38/G32 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, viernes 2 de setiembre de 2005 /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G61/G20/G6C/G6F/G73/G20/G4D/G69/G6E/G69/G73/G74/G65/G72/G69/G6F/G73/G20/G64/G65/G20/G45/G6E/G65/G72/G67/GED/G61 /G79/G20/G4D/G69/G6E/G61/G73/G20/G79/G20/G64/G65/G20/G52/G65/G6C/G61/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73/G20/G45/G78/G74/G65/G72/G69/G6F/G72/G65/G73/G20/G61/G65/G66/G65/G63/G74/G75/G61/G72/G20/G70/G61/G67/G6F/G20/G64/G65/G20/G63/G75/G6F/G74/G61/G73/G20/G61/G20/G64/G69/G76/G65/G72/G73/G6F/G73/G6F/G72/G67/G61/G6E/G69/G73/G6D/G6F/G73/G20/G69/G6E/G74/G65/G72/G6E/G61/G63/G69/G6F/G6E/G61/G6C/G65/G73 RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 205-2005-RE Lima, 1 de setiembre de 2005 VISTO: El Oficio Nº 053-MEM-OGP/CTI, de 17 de febrero de 2005, del Ministerio de Energía y Minas, en el que solicita al Ministerio de Relaciones Exteriores la expedición de la Resolución Suprema que autorice el pago de las cuotas del año 2005 a diversos organismos internacionales de los cuales el Perú es país miembro; CONSIDERANDO: Que el artículo 67º, numeral 67.3 de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto para el Año Fiscal 2005, autoriza a las entidades del Sector Público a pagar, con cargo a sus respectivos presupuestos, las cuotas del Gobierno peruano a los organismos internacionales de los cuales el Perú es miembro; Que es obligación del Perú cumplir con el pago de las cuotas a los organismos internacionales priorizados de manera que permitan potenciar la capacidad de negociación en las gestiones diplomáticas y acrecentar el beneficio de los flujos de cooperación y asistencia técnica internacional; Que, en consecuencia, es necesario autorizar el pago de las cuotas del año 2005 a diversos organismos internacionales con cargo al presupuesto del Ministerio de Energía y Minas; Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar al Ministerio de Energía y Minas a efectuar el pago de TREINTA Y CUATRO MIL CUATROCIENTOS SETENTISIETE Y 94/100 EUROS (EU 34,477.94), al Grupo Internacional de Estudio del Cobre (GIEC) de las siguientes cuotas: - CUOTA DEL SAL DO DE AÑO 2004 EU 92.94 - CUOTA DE AÑO 2005 EU 34,385.00 Artículo 2º.- Los gastos que demande lo dispuesto en el artículo precedente, serán financiados con cargo al presupuesto del Ministerio de Energía y Minas. Artículo 3º.- La equivalencia en moneda nacional será establecida según el tipo de cambio vigente a la fecha de pago. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República OSCAR MAÚRTUA DE ROMAÑA Ministro de Relaciones Exteriores 15155 RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 206-2005-RE Lima, 1 de setiembre de 2005 CONSIDERANDO: Que es obligación del Perú cumplir con el pago priorizado de las cuotas y adeudos a los organismos internacionales, de manera que permita potenciar la capacidad de negociación en las gestiones diplomáticasy acrecentar el beneficio en el marco el comercio y la integración andina; Que, en el presupuesto del Ministerio de Relaciones Exteriores, se han previsto recursos para el pago priorizado de cuotas a organismos internacionales; Que, en consecuencia, es necesario autorizar el pago de cuotas a organismos internacionales de acuerdo a la priorización y en función a la disponibilidad de la Caja Fiscal; De conformidad con lo establecido en el artículo 67º, numeral 67.1 de la Ley Nº 28411 -Ley General del Sistema Nacional del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2005-; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar al Ministerio de Relaciones Exteriores, a efectuar el pago de las cuotas a los organismos internacionales que se detallan a continuación, por el importe de SETENTA Y SEIS MIL Y 00/100 DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA (US$ 76,000.00): ORGANISMOS DÓLARES DE LOS ESTADO UNIDOS DE AMÉRICA FORO DE COOPERACIÓN ECONÓMICA 50,000.00 ASIA PACÍFICO (APEC) Pago de la cuota 2005 CONSEJO CONSULTIVO EMPRESARIAL 9,000.00 DEL APEC (ABAC) Pago de la cuota 2005 CONSEJO DE COOPERACIÓN ECONÓMICA 17,000.00 DEL PACÍFICO (PECC) Pago de las cuotas 2004 y 2005 Artículo 2º.- Los gastos que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el artículo precedente serán con cargo a la Fuente de Financiamiento Recursos Ordinarios, Función 13, Programa 045, Subprograma 0118, Actividad 00624, Componente 2387, Meta 00565, Genérica 4 Otros Gastos Corrientes, Específica 42 Cuotas del Presupuesto del Ministerio de Relaciones Exteriores correspondiente al Ejercicio 2005. Artículo 3º.- La equivalencia en moneda nacional será establecida según el tipo de cambio vigente a la fecha de pago. Regístrese, comuníquese y publíquese.Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República OSCAR MAÚRTUA DE ROMAÑA Ministro de Relaciones Exteriores 15156 RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 207-2005-RE Lima, 1 de setiembre de 2005 CONSIDERANDO: Que es obligación del Perú cumplir con el pago priorizado de las cuotas y adeudos a los organismos internacionales, de manera que permita potenciar la capacidad de negociación en las gestiones diplomáticas y acrecentar el beneficio en el marco el comercio y la integración andina; Que, en el presupuesto del Ministerio de Relaciones Exteriores, se han previsto recursos para el pago priorizado de cuotas a organismos internacionales; Que, en consecuencia, es necesario autorizar el pago de cuotas a organismos internacionales de acuerdo a la priorización y en función a la disponibilidad de la Caja Fiscal;