Diario oficial El Peruano

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 07 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2005 (07/09/2005)

CANTIDAD DE PAGINAS: 44

Fuente: Diario Oficial El Peruano.

TEXTO PAGINA: 42

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G39/G39/G38/G32/G36 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, miércoles 7 de setiembre de 2005 En uso de las atribuciones conferidas por los artículos 20° numeral 6) y 42° de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley N° 27972; DECRETA: Artículo Primero.- Corregir el error material contenido en el Formato del Acta de Internamiento de Canes, que forma parte integrante de los Anexos del Decreto de Alcaldía N° 08-2005-MSS; Reglamento de las MedidasCoercitivas Preliminares de la Municipalidad de Santiago de Surco, en el siguiente sentido: tercera línea dice “....se procede al entrenamiento del can...”, siendo lo correcto: “... se procede al internamiento del can...” . Artículo Segundo.- Encargar el cumplimiento de la presente norma a las Gerencias de Fiscalización,Inversión Privada, Seguridad Ciudadana, Medio Ambiente y Bienestar Social y Desarrollo Humano de la Municipalidad de Santiago de Surco. Regístrese, publíquese y cúmplase. CARLOS DARGENT CHAMOT Alcalde 15296 PROVINCIAS MUNICIPALIDAD DE LA PUNTA /G45/G73/G74/G61/G62/G6C/G65/G63/G65/G6E/G20/G50/G72/G6F/G67/G72/G61/G6D/G61/G20/G64/G65/G20/G52/G65/G67/G75/G6C/G61/G72/G69/G7A/G61/G63/G69/GF3/G6E /G64/G65/G20/G44/G65/G75/G64/G61/G73/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G69/G6E/G71/G75/G69/G6C/G69/G6E/G6F/G73/G20/G64/G65/G20/G74/G69/G65/G6E/G64/G61/G73/G20/G79/G6C/G6F/G63/G61/G6C/G65/G73/G20/G63/G6F/G6D/G65/G72/G63/G69/G61/G6C/G65/G73/G20/G71/G75/G65/G20/G74/G65/G6E/G67/G61/G6E/G20/G61/G64/G65/G75/G64/G6F/G73/G70/G6F/G72/G20/G4D/G65/G72/G63/G65/G64/G20/G43/G6F/G6E/G64/G75/G63/G74/G69/G76/G61 ORDENANZA MUNICIPAL Nº 013-2005-MDLP-ALC La Punta, 31 de agosto de 2005 VISTOS: En Concejo Municipal del distrito de La Punta, en su Sesión Ordinaria de fecha 18 de agosto del 2005; CONSIDERANDO: Que, el artículo 191º de la Constitución Política del Perú precisa que los Gobiernos Locales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, de acuerdo a lo dispuesto en el inciso 29) artículo 9º de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades, corresponde al Concejo aprobar el régimen deadministración de sus bienes y rentas, así como el régimen de administración de los servicios públicos locales; Que, mediante Ordenanza Municipal Nº 022-2005- MDLP-ALC se aprobó el Reglamento de Fraccionamiento de Deudas Tributarias y No Tributarias; Que, existen conductores de locales comerciales con deudas pendientes de pago, a los que se les ha ofrecido las facilidades del Fraccionamiento según Ordenanza Municipal Nº 031-2004-MDLP-ALC de fecha 29 de octubredel 2004, pero que a la fecha ningún inquilino se ha acogido a dicha Ordenanza debido a que los requisitos establecidos no se ajustan a sus posibilidades; Que, el Manual de Organización y Funciones establece que el Departamento de Comercialización se encarga de realizar las negociaciones respectivas por las deudas delos alquileres con los arrendatarios; Estando a lo expuesto por el Departamento de Comercialización según Informe Nº 053-2005-MDLP/GRC/COM, con la visación de la Secretaría General, Gerencia de Rentas y Comercialización y Asesoría Legal, y en ejercicio de las facultades conferidas al Concejo porla Ley Orgánica de Municipalidades - Ley Nº 27972; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Establecer el Programa de Regularización de Deudas para los inquilinos de tiendas y locales comerciales que tengan adeudos por MercedConductiva con las siguientes condiciones: fraccionamiento hasta en 60 meses, cuota inicial del 5% del monto insoluto y condonación del 100% de intereses moratorios. Artículo Segundo.- El incumplimiento de pago de tres cuotas del convenio de fraccionamiento señalado en el artículo anterior dará lugar a la resolución del mismo. Artículo Tercero.- Aquellos inquilinos que tengan un convenio de fraccionamiento o compromiso de pago suscrito con la municipalidad y tengan cuotas vencidas de pago, podrán reformularlo por la deuda total, bajo lascondiciones referidas en el artículo 1º. Artículo Cuarto.- La presente Ordenanza tendrá vigencia hasta el 31 de octubre del 2005. Artículo Quinto.- Encárguese a la Gerencia de Rentas y Comercialización la revisión, evaluación, calificación y suscripción de los convenios defraccionamiento y contratos de arrendamiento que se originen en virtud a la presente ordenanza. Regístrese, publíquese y cúmplase. WILFREDO DUHARTE GADEA Alcalde 15318 MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CANTA /G41/G70/G72/G75/G65/G62/G61/G6E/G20/G54/G65/G78/G74/G6F/G20/GDA/G6E/G69/G63/G6F/G20/G64/G65/G20/G50/G72/G6F/G63/G65/G64/G69/G2D /G6D/G69/G65/G6E/G74/G6F/G73/G20/G41/G64/G6D/G69/G6E/G69/G73/G74/G72/G61/G74/G69/G76/G6F/G73/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G4D/G75/G6E/G69/G63/G69/G2D/G70/G61/G6C/G69/G64/G61/G64/G2C/G20/G65/G64/G69/G63/G69/GF3/G6E/G20/G32/G30/G30/G35 ORDENANZA Nº 046-MPC Canta, 31 de agosto de 2005Visto, en Sesión de Concejo de fecha 24 de agosto de 2005, sobre la actualización, modificación y aprobacióndel Texto Único de Procedimientos Administrativos-TUPA de la Municipalidad Provincial de Canta, y; CONSIDERANDO Que, de conforme a lo establecido por los artículos 191º y 194º de la Constitución Política del Perú, modificada por la Ley de la Reforma Constitucional, Ley Nº 27680, en concordancia con lo establecido en el artículo II del TítuloPreliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, los Gobiernos Locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, de conformidad con lo establecido en la Ley del Procedimiento Administrativo General Nº 27444, artículo 38º numeral 38.2, para la aprobación y difusión del TextoÚnico de Procedimientos Administrativos, cada 2 (dos) años, las entidades están obligadas a publicar el íntegro del TUPA, bajo responsabilidad de su titular, sin embargopodrán hacerlo antes, cuando consideren que las modificaciones producidas en el mismo lo ameriten; Que, mediante Ordenanza Nº 026-MPC de fecha 31 de julio de 2003 se aprueba y se dispone la publicación del TUPA, edición 2003, de la Municipalidad Provincial de Canta; Que, la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, en el artículo 44º establece los mecanismos para la publicación de las normas municipales en su respectiva jurisdicción, concordante con el numeral 38.3, del artículo 38º de la LeyNº 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General; Que, al haberse realizado modificaciones en los procedimientos administrativos establecidos por laMunicipalidad Provincial de Canta, así como también se debe dar cumplimiento a las normas legales vigentes; y, Con las facultades conferidas en la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, y con el voto unánime de los señores Regidores, y aprobado el acta respectiva, se ha dado la siguiente: ORDENANZA Artículo Primero.- Aprobar el Texto Único de Procedimientos Administrativos -TUPA, de la Municipalidad Provincial de Canta, edición 2005, la misma que forma parte integrante de la presente.