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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 09 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2005 (09/09/2005)

CANTIDAD DE PAGINAS: 100

TEXTO PAGINA: 6

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G39/G39/G39/G30/G32 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, viernes 9 de setiembre de 2005 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial Nº 0085-2004- AG del 28 de enero del 2004, se designó al Ing. Luis Antonio Rodríguez Silvestre, en el cargo de Coordinador Nacional del Programa de Maquinaria Agrícola,Agroindustrial y Pesada del Ministerio de Agricultura; Que, el citado funcionario ha presentado su renuncia al cargo; Que, por consiguiente, es necesario dictar el acto administrativo que acepte la renuncia del Ing. Luis Antonio Rodríguez Silvestre y designe al funcionario que asumiráel cargo de Coordinador Nacional del Programa de Maquinaria Agrícola, Agroindustrial y Pesada del Ministerio de Agricultura; De conformidad con la Ley Orgánica del Ministerio de Agricultura - Decreto Ley Nº 25902, su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por DecretoSupremo Nº 017-2001-AG y la Ley Nº 27594; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aceptar, a partir de la fecha, la renuncia formulada por el Ing. Luis Antonio Rodríguez Silvestre, al cargo de Coordinador Nacional del Programa de Maquinaria Agrícola, Agroindustrial y Pesada del Ministerio de Agricultura. Artículo 2º.- Designar, a partir de la fecha, al Ing. Eduardo Alcides Mora Gago, como Coordinador Nacional del Programa de Maquinaria Agrícola, Agroindustrial yPesada del Ministerio de Agricultura. Regístrese, comuníquese y publíquese.MANUEL MANRIQUE UGARTE Ministro de Agricultura 15494 MINCETUR /G44/G65/G63/G6C/G61/G72/G61/G6E/G20/G65/G6E/G20/G73/G69/G74/G75/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G64/G65/G73/G61/G62/G61/G73/G2D /G74/G65/G63/G69/G6D/G69/G65/G6E/G74/G6F/G20/G69/G6E/G6D/G69/G6E/G65/G6E/G74/G65/G20/G63/G6F/G6E/G74/G72/G61/G74/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G73/G65/G72/G76/G69/G63/G69/G6F/G20/G64/G65/G20/G76/G69/G67/G69/G6C/G61/G6E/G63/G69/G61/G20/G79/G20 /G73/G65/G67/G75/G72/G69/G64/G61/G64/G20/G64/G65/G20/G6C/G61 /G73/G65/G64/G65/G20/G63/G65/G6E/G74/G72/G61/G6C/G20/G79/G20/G6C/G6F/G63/G61/G6C/G65/G73/G20/G61/G6E/G65/G78/G6F/G73/G20/G64/G65/G6C/G4D/G49/G4E/G43/G45/G54/G55/G52 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 259-2005-MINCETUR/DM Lima, 6 de setiembre de 2005. Visto el Informe Nº 238-2005-MINCETUR/SG/OGA-OASA y el Memorándum Nº 1011-2005-MINCETUR/SG/OGA, de la Oficina General de Administración, sustentando la necesidadde contratar temporalmente, por situación de desabastecimiento inminente, el servicio de vigilancia y seguridad; CONSIDERANDO: Que, en el mes de julio de 2005, se llevó a cabo el Concurso Público Nº 0002-2005-MINCETUR/CE - "Contratación de los Servicios de Seguridad y Vigilancia de las personas, patrimonio e instalaciones de la SedeCentral y locales anexos del MINCETUR", en el cual obtuvo la Buena Pro la empresa Protección, Seguridad y Vigilancia Técnica Sociedad Anónima – PROTEO S.A.,por un monto de S/. 619,039.56; Que, con fecha 5 de septiembre de 2005, el postor Empresa de Seguridad, Vigilancia y Control S.A.C.(ESVICSAC) ha interpuesto recurso de apelación contra el otorgamiento de la Buena Pro, lo cual suspenderá el Concurso Público hasta que se configure cualquiera delas situaciones previstas en el artículo 153º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM; Que, por tal razón, el MINCETUR se encuentra ante la inminente ausencia de un requisito esencial para el cumplimiento de sus funciones, como lo es el servicio devigilancia y seguridad, comprometiendo en forma extraordinaria e imprevisible la continuidad de las funciones institucionales; lo cual exige adoptar acciones inmediatasa fin de asegurar la continuidad de dicho servicio, por el período necesario para resolver tal situación;Que, en tal razón, la Oficina de Abastecimiento y Servicios Auxiliares de la Oficina General de Administración, recomienda la contratación del mencionado servicio dentro de los alcances de la exoneración por causal de desabastecimiento inminente,a fin de atender oportunamente los requerimientos de seguridad y vigilancia del MINCETUR, al amparo del artículo 21º del TUO de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones delEstado, aprobado por Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM, y artículo 141º de su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM; Que, de acuerdo a ley, se adoptarán las acciones necesarias para determinar las responsabilidades a que hubiere lugar; De conformidad con el inciso c) del artículo 19º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto SupremoNº 083-2004-PCM, artículo 146º y siguientes de su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004- PCM, y el Decreto Supremo Nº 005-2002-MINCETUR queaprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo; De acuerdo a los documentos del visto, y con el Memorándum Nº 360-2005-MINCETUR/SG-AJ e Informe Nº 035-2005-MINCETUR/SG-AJ, de la Oficina General de Asesoría Jurídica; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Declarar en situación de desabastecimiento inminente, la contratación del SERVICIO DE VIGILANCIA Y SEGURIDAD DE LAS PERSONAS, PATRIMONIO EINSTALACIONES DE LA SEDE CENTRAL Y LOCALES ANEXOS DEL MINCETUR, hasta por un período de tres (3) meses. Artículo 2º.- Exonerar al Ministerio de Comercio Exterior y Turismo del proceso de Concurso Público, para la contratación del servicio referido en el artículo 1º, por situaciónde desabastecimiento inminente, disponiendo que la misma sea realizada en forma directa mediante acciones inmediatas. Artículo 3º.- La contratación a que se refiere el artículo precedente, será realizada por la Oficina General de Administración, a través de la Oficina de Abastecimiento y Servicios Auxiliares, hasta por un monto máximo deS/. 100,427.36 (Cien mil cuatrocientos veintisiete y 36/100 nuevos soles), que serán financiados por la fuente Recursos Ordinarios y Recursos Directamente Recaudados,cumpliendo con los requisitos, condiciones, formalidades, exigencias y garantías que se aplicarían de haberse llevado a cabo el proceso de selección correspondiente. Artículo 4º.- La Oficina General de Administración queda encargada de adoptar las acciones necesarias para determinar las responsabilidades a que hubiere lugar, deacuerdo con el artículo 47º del Texto Único Ordenado de Ley Nº 26850 - Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM. Artículo 5º.- Remitir copia de la presente Resolución Ministerial y de los informes técnico y legal que la sustentan, a la Contraloría General de la República, dentrolos diez (10) días hábiles siguientes a la fecha de su emisión. La Oficina General de Administración deberá publicar la presente Resolución a través del SEACE. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALFREDO FERRERO Ministro de Comercio Exterior y Turismo 15465 /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G79/G20/G72/G65/G67/G69/G73/G74/G72/G61/G6E/G20/G6D/G65/G6D/G6F/G72/G69/G61/G73/G20/G64/G65/G20/G73/G6F/G6C/G6F /G6C/G65/G63/G74/G75/G72/G61/G20/G61/G20/G73/G6F/G6C/G69/G63/G69/G74/G75/G64/G20/G64/G65/G20/G64/G69/G76/G65/G72/G73/G61/G73/G20/G65/G6D/G70/G72/G65/G73/G61/G73 RESOLUCIÓN DIRECTORAL N° 441-2005-MINCETUR/VMT/DNT Lima, 24 de agosto de 2005 Visto, el Expediente Nº 000821-2005-MINCETUR, de fecha 21.06.2005, presentado por la empresa Universal deDesarrollos Electrónicos S.A , en el que solicita autorización y registro de diez (10) memorias de sólo lectura; CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 27153, modificada por la Ley N° 27796, se regula la explotación de los juegos de casino