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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 09 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2005 (09/09/2005)

CANTIDAD DE PAGINAS: 100

TEXTO PAGINA: 10

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G39/G39/G39/G30/G36 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, viernes 9 de setiembre de 2005 Artículo 3º.- Servicio de la deuda El servicio de la deuda derivada de la operación de administración de deuda pública que se aprueba en la presente norma legal, será atendido por el Ministerio deEconomía y Finanzas, con cargo a las previsiones presupuestales asignadas para el servicio de la deuda pública. Artículo 4º.- Refrendo El presente Decreto Supremo será refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Economía y Finanzas. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los ocho días del mes de setiembre del año dos mil cinco. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República PEDRO PABLO KUCZYNSKI GODARD Presidente del Consejo de Ministros FERNANDO ZAVALA LOMBARDI Ministro de Economía y Finanzas 15543 /G41/G70/G72/G75/G65/G62/G61/G6E/G20/G52/G65/G67/G6C/G61/G6D/G65/G6E/G74/G6F/G20/G64/G65/G6C/G20/G44/G2E/G20/G4C/G65/G67/G2E /G4E/GBA/G20/G39/G35/G35/G20/G71/G75/G65/G20/G61/G70/G72/G6F/G62/GF3/G20/G6C/G61/G20/G22/G4C/G65/G79/G20/G64/G65/G20/G44/G65/G73/G63/G65/G6E/G74/G72/G61/G2D /G6C/G69/G7A/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G46/G69/G73/G63/G61/G6C/G22 DECRETO SUPREMO Nº 114-2005-EF EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICACONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Legislativo Nº 955, se dictó la Ley de Descentralización Fiscal; Que, la Primera Disposición Transitoria, Complementaria y Final del Decreto Legislativo Nº 955 dispone que el Ministerio de Economía y Finanzas, mediante DecretoSupremo, con opinión técnica del Consejo Nacional de Descentralización (CND), debe emitir las disposiciones reglamentarias de la Ley de Descentralización Fiscal; Que, mediante Informe Nº 002-2005-CND/GA de fecha 9 de agosto del 2005, el CND emite la opinión técnica al Reglamento de la Ley Descentralización Fiscal; Que, mediante la Ley Nº 28273, Ley del Sistema de Acreditación de los Gobiernos Regionales y Locales se estableció el Sistema de Acreditación de los GobiernosRegionales y Locales con el fin de garantizar la transferencia de funciones y recursos presupuestales de los Sectores del Gobierno Nacional a los GobiernosRegionales y Locales; Que, a través de la Ley Nº 28274, Ley de Incentivos para la Integración y Conformación de Regiones seestablecieron las políticas de incentivos para la integración y conformación de Regiones; Que, mediante Decreto Supremo Nº 151-2004-EF se aprobó el Reglamento de la Ley de Responsabilidad y Transparencia Fiscal - Ley Nº 27245 y sus modificatorias, así como su correspondiente Anexo Metodológico, elmismo que ha sido incluido en su integridad en el Anexo Metodológico del Reglamento de la Ley de Descentralización Fiscal; De conformidad con lo establecido en la Primera Disposición Transitoria, Complementaria y Final del Decreto Legislativo Nº 955 y el numeral 8) del Artículo118º de la Constitución Política del Perú; DECRETA: Artículo 1º.- Aprobación. Aprobar el Reglamento de la Ley de Descentralización Fiscal, el cual consta de siete (7) Títulos, treinta y ocho (38) Artículos y nueve (9) Disposiciones Transitorias, Complementarias y Finales, el cual forma parte delpresente Decreto Supremo. Artículo 2º.- Anexo Metodológico Aprobar el Anexo Metodológico, que forma parte del presente Decreto Supremo.Artículo 3º.- Derogación. Derogar el Anexo metodológico de la Ley de Responsabilidad y Transparencia Fiscal, aprobado mediante Decreto Supremo N° 151-2004-EF. Artículo 4º.- Medidas Adicionales El Ministerio de Economía y Finanzas dictará las disposiciones necesarias para la mejor aplicación del presente Decreto Supremo. Artículo 5º.- Refrendo. El presente Decreto Supremo es refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los ocho días del mes de setiembre del año dos mil cinco. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República FERNANDO ZAVALA LOMBARDI Ministro de Economía y Finanzas REGLAMENTO DEL DECRETO LEGISLATIVO Nº 955 -LEY DE DESCENTRALIZACIÓN FISCAL- TÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES A RTÍCULO 1º .- O BJETO. El presente Reglamento regula lo establecido en la Ley de Descentralización Fiscal, aprobada por el Decreto Legislativo Nº 955. ARTÍCULO 2º .- Á MBITO DE APLICACIÓN . El presente Reglamento es de aplicación a los Gobiernos Regionales, Regiones, Gobiernos Locales yal Gobierno Nacional, en tanto son los encargados de implementar las medidas sobre Descentralización Fiscal establecidas en el Decreto Legislativo Nº 955. A RTÍCULO 3º.- D EFINICIONES . Para efectos del presente Reglamento deberá entenderse por: CND :Consejo Nacional de Descentralización. DNCP :Dirección Nacional de Contabilidad Pública del Ministerio de Economíay Finanzas. DGAES : Dirección General de Asuntos Económicos y Sociales del Ministeriode Economía y Finanzas. DNEP : Dirección Nacional de Endeudamiento Público del Ministerio de Economía yFinanzas. DNPP : Dirección Nacional del Presupuesto Público del Ministerio de Economíay Finanzas. FONCOR : Fondo de Compensación Regional. IGV : Impuesto General a las Ventas.INEI : Instituto Nacional de Estadística e Informática. IRPN : Impuesto a la Renta de Personas Naturales. ISC : Impuesto Selectivo al Consumo. Ley : Decreto Legislativo Nº 955.Ley Nº 27245 : Ley de Responsabilidad y Transparencia Fiscal, sus modificatorias y normas reglamentarias. Ley Nº 27783 : Ley de Bases de la Descentralización, sus modificatorias. Ley Nº 27806 : Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, sus modificatorias y normas reglamentarias. Ley Nº 28273 : Ley del Sistema de Acreditación de los Gobiernos Regionales y Locales, sus modificatorias y normas reglamentarias. Ley Nº 28274 : Ley de Incentivos para la Integración y Conformación de Regiones, sus modificatorias y normas reglamentarias.