NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 14 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2005 (14/09/2005)
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TEXTO PAGINA: 49
/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G33/G30/G30/G32/G34/G39 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, miércoles 14 de setiembre de 2005 - Decreto Ley Nº 25844, Ley de Concesiones Eléctricas. - Decreto Supremo Nº 009-93-EM, Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas. - Código Nacional de Electricidad Suministro 2001.- Reglamento de Seguridad e Higiene Ocupacional del Subsector Electricidad (RSHOSSE). - Resolución Ministerial Nº 091-2002-EM/VME, Norma DGE Símbolos Gráficos y Terminología de Electricidad. 4. DEFINICIONES. Cuando en el presente procedimiento, se presenten los siguientes términos, en singular o plural se deberáentender por. - Deficiencia.- Son todas las no conformidades de los vanos de las líneas de transmisión con respecto a las normas técnicas, seguridad y medio ambiente, vigentes. - Concesionaria.- Persona natural o jurídica a la que el Estado le ha otorgado o reconocido el derecho dedesarrollar actividades eléctricas mediante un contratode concesión de acuerdo a la ley de la materia, que opera líneas de transmisión con tensiones iguales o mayores a 30 kV. - Faja de Servidumbre.- Es la proyección sobre el suelo de la faja ocupada por los conductores más ladistancia de seguridad; de acuerdo a lo establecido porel Ministerio de Energía y Minas en cada Resolución de Imposición de Servidumbre, de conformidad con la legislación, códigos y normas técnicas vigentes en lafecha en que las líneas fueron construidas. - Invasión de Faja de Servidumbre .- Ocupación en forma parcial o total por parte de terceros del área quecorresponde a la faja de servidumbre de la línea de transmisión. - Inventario .- Relación detallada de la ubicación de los vanos de las instalaciones de líneas de transmisióncon invasión de fajas de servidumbre o deficienciasprevista en este procedimiento. - Línea.- Es una disposición de conductores, materiales aislantes y accesorios para transmitir electricidad entre dos puntos de un sistema. - Riesgo Eléctrico .- Probabilidad de ocurrencia de un contacto directo o indirecto con una instalacióneléctrica que pueda ocasionar daño personal o material. - Programa de Saneamiento de Servidumbre .- Documento que incluye en forma detallada las actividades a realizar por la concesionaria a fin de eliminar lasconstrucciones dentro de la servidumbre, en un períododeterminado. - Servidumbre de Electroducto .- Es el derecho otorgado por Resolución Ministerial del Ministerio de Energía y Minas, por la que faculta a la concesionaria a la ocupación de bienes públicos o privados y de sus airespara la instalación de las estructuras y conductoreseléctricos que corresponden a la línea de transmisión. - Tramo Exceptuado.- Es el área excluida de la Resolución Ministerial de Imposición de Servidumbre y cuya dimensiones se encuentra detallada en la misma Resolución Ministerial.” - Vano.- Distancia horizontal entre dos soportes consecutivos de una línea de transmisión. Siglas Utilizadas - LCE Ley de Concesiones Eléctricas. - RLCE Reglamento de la ley de concesiones eléctricas. - MEM Ministerio de Energía y Minas.- CNE Código Nacional de Electricidad Suministro 2001. - RSHOSSE Reglamento de Seguridad e Higiene Ocupacional del Subsector Eléctrico. - P E C Probabilidad, Exposición y Conse- cuencia. - DGE Dirección General de Electricidad. - OSINERG Organismo Supervisor de la Inversión en Energía. - GFE Gerencia de Fiscalización Eléctrica de OSINERG.5. METODOLOGÍA La metodología será la siguiente:a) Las Concesionarias que operen líneas de transmisión proporcionarán la información requerida por OSINERG, con carácter de Declaración Jurada y en los plazos establecidos por el presente procedimiento, la que deberá estar disponible en la página Web de cada concesionaria, excepto en los casos específicos señalados por OSINERG. b) La información proporcionada por las concesionarias se realizará para cada línea de transmisión cuyo nivel de tensión sea mayor o igual a 30 kV. c) OSINERG verificará en forma aleatoria una muestra representativa de la información reportada por las concesionarias de las líneas de transmisión a la Gerencia de Fiscalización Eléctrica del OSINERG. d) Las concesionarias deberán entregar a OSINERG, su programa de saneamiento de las fajas de servidumbre de sus líneas de transmisión, la misma que deberá cumplir con el límite de tolerancia anual del indicador correspondiente al período evaluado. e) Independientemente que la línea de transmisión cuente o no con Resolución Ministerial de Imposición de Servidumbre, cuente o no con tramos exceptuados, deberá cumplir con lo dispuesto en el presente procedimiento. f) La priorización del programa de saneamiento de los vanos de las fajas de servidumbre, no exime a la concesionaria de la responsabilidad que corresponda sobre los accidentes que pudieran producirse en dichas zonas. g) El incumplimiento de parte de las concesionarias de la remisión de información en la forma y plazo establecido por OSINERG, así como el incumplimiento del saneamiento de las fajas de servidumbre comprometido en el Programa de Saneamiento será causal de sanción. 6. INDICADOREl indicador del control de Fajas de Servidumbre es cuantitativo. Ésta corresponde al porcentaje de Vanos con Fajas de Servidumbre saneadas, respecto del total de Vanos con Fajas de Servidumbre declaradas al 20 de enero del 2006 El indicador cuantitativo (Ic) estará dado por la siguiente fórmula Ic = (Nº vanos con Fajas de Servidumbre saneadas en el período/ Nº vanos con construcciones en Fajas de Servidumbre totales) x 100% Este indicador será evaluado teniendo en consideración, el límite inferior que varía anualmente en forma acumulativa hasta completar el 100 % en el año 2011, según se indica en el siguiente cuadro. INDICADOR CUANTITATIVO Período de Evaluación 2006 2007 2008 2009 2010 2011 Límite del Indicador 6% 15% 25% 40% 70% 100% Cuantitativo 7. REQUERIMIENTO DE INFORMACIÓN Las concesionarias están obligadas a poner a disposición de OSINERG, con carácter de Declaración Jurada la información correspondiente a todas sus líneas de transmisión, según lo indicado en los Cuadros Nº 1, 2 y el Formato Nº 1 del presente procedimiento, la misma que deberá ser publicada en su página Web. 7.1. Programa de Saneamiento En el Cuadro Nº 2, denominado: Inventario de deficiencias de vanos de líneas de transmisión, presentarán las alternativas técnicas para el saneamiento de cada una de las Fajas de Servidumbre invadidas, indicando para cada caso los plazos que permita el cumplimiento del Indicador Cuantitativo del período correspondiente.