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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G33/G31/G36/G37/G32/G39 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, jueves 13 de abril de 2006 geográfica del Proyecto Especial Pichis Palcazú, procede emitir la norma respectiva privilegiando el desarrollo de áreas de extrema pobreza localizadas en el ámbito geográfico propuesto; Estando a lo dispuesto en las Leyes Nºs. 27779, 27792 y los Decretos Supremos N° 002-2002-VIVIENDA y N° 020-2005-VIVIENDA; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Nuevo ámbito de influencia geográfica del Proyecto Especial Pichis Palcazú Incorporar dentro del ámbito de influencia geográfica del Proyecto Especial Pichis Palcazú del Instituto Nacional de Desarrollo, a los distritos: Masisea, Iparía de la provinciade Coronel Portillo; los distritos: Tahuanía, Yurua, Raymondi, Sepahua, de la provincia de Atalaya; el distrito de Purús de la provincia de Purús, todos ellos, pertenecientes aldepartamento de Ucayali; los distritos de Chaglla, Molino, Panao y Umari de la provincia de Pachitea y el distrito de Codo del Pozuzo de la provincia de Puerto Inca,pertenecientes al departamento de Huánuco; los distritos de Chaupimarca, Huachón, Huariaca, Huayllay, Ninacaca, Pallanchacra, Paucartambo, San Francisco de Asís deYarusyacán, Simón Bolívar, Ticlacayán, Tinyahuarco, Vicco y Yanacancha de la provincia de Pasco, los distritos de Chacayán, Goyllarisquizga, Paucar, San Pedro de Pillao,Santa Ana de Tusi, Tapuc, Vilcambamba, Yanahuanca de la provincia de Daniel Alcides Carrión, todos ellos, pertenecientes al departamento de Pasco. Artículo 2º.- Reducción del Ámbito del Proyecto Especial Pichis Palcazú Excluir del ámbito geográfico del Proyecto Especial Pichis Palcazú un área de 1,810.67 Km2 correspondiente a los distritos de Puerto Inca, Honoria y Tournavista, provincia de Puerto Inca, del departamento de Huánucoque actualmente forman parte del ámbito territorial de Proyecto Especial Alto Huallaga del INADE, en virtud de la Resolución Ministerial N° 004-2006-VIVIENDA. Regístrese, comuníquese y publíquese. RUDECINDO VEGA CARREAZO Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento 06670 /G44/G65/G73/G69/G67/G6E/G61/G6E/G20/G72/G65/G70/G72/G65/G73/G65/G6E/G74/G61/G6E/G74/G65/G20/G64/G65/G6C/G20/G49/G4E/G41/G44/G45/G20/G61/G6E/G74/G65 /G65/G6C/G20/G43/G6F/G6E/G73/G65/G6A/G6F/G20/G44/G69/G72/G65/G63/G74/G69/G76/G6F/G20/G64/G65/G6C/G20/G50/G72/G6F/G79/G65/G63/G74/G6F /G45/G73/G70/G65/G63/G69/G61/G6C/G20/G43/G48/G41/G56/G49/G4D/G4F/G43/G48/G49/G43 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 093-2006-VIVIENDA Lima, 12 de abril de 2006 Visto, el Memorando Nº 0567-2006-INADE-4201-SG, de la Secretaría General del INADE; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial Nº 002-2004- VIVIENDA de fecha 11 de enero de 2004, se designó al Ing. José Landauro Valentini, representante del Instituto Nacional de Desarrollo - INADE como parte del GobiernoNacional, ante el Consejo Directivo del Proyecto Especial CHAVIMOCHIC, del Gobierno Regional de La Libertad, dentro del marco del Decreto Supremo Nº 017-2003-VIVIENDA de fecha 03.08.2003; Que, a través del Acuerdo N° 12-2006, de la Sesión N° 05-2006 del Consejo Directivo del INADE, de fecha 16 demarzo de 2006, se propuso al funcionario que lo reemplazará en dicho cargo, conforme a lo previsto en el literal e) Artículo 4° del Decreto Supremo N°003-2003-VIVIENDA; De conformidad con lo establecido por la Ley Nº 27594 y Ley Nº 27792 – Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento yDecreto Supremo Nº 002-2002-VIVIENDA; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Dar por concluida la designación del Ing. José Landauro Valentini, como representante delInstituto Nacional de Desarrollo – INADE, ante el Consejo Directivo del Proyecto Especial CHAVIMOCHIC, perteneciente al Gobierno Regional de La Libertad. Artículo 2º.- Designar, al ingeniero Lucio Alberto Rosario Martell, como representante del Instituto Nacional de Desarrollo – INADE, ante el Consejo Directivo del Proyecto Especial CHAVIMOCHIC. Regístrese, comuníquese y publíquese. RUDECINDO VEGA CARREAZO Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento 06671 /G50/G4F/G44/G45/G52/G20/G4A/G55/G44/G49/G43/G49/G41/G4C CORTES SUPERIORES DE JUSTICIA /G44/G69/G73/G70/G6F/G6E/G65/G6E/G20/G71/G75/G65/G20/G43/G6F/G6D/G69/G73/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G73/G69/G67/G6E/G61/G64/G61 /G6D/G65/G64/G69/G61/G6E/G74/G65/G20/G52/G65/G73/G2E/G20/G41/G64/G6D/G2E/G20/G4E/GBA/G20/G38/G38/G2D/G32/G30/G30/G36/G2D/G50/G2D/G43/G53/G4A/G4C/G49/G2F/G50/G4A/G20/G64/G69/G73/G74/G72/G69/G62/G75/G79/G61/G20/G65/G78/G70/G65/G64/G69/G65/G6E/G74/G65/G73/G20/G71/G75/G65/G73/G65/G72/GE1/G6E/G20/G64/G65/G20/G63/G6F/G6D/G70/G65/G74/G65/G6E/G63/G69/G61/G20/G64/G65/G20/G53/G61/G6C/G61/G73/G20/G79 /G4A/G75/G7A/G67/G61/G64/G6F/G73/G20/G54/G72/G61/G6E/G73/G69/G74/G6F/G72/G69/G6F/G73/G20/G45/G73/G70/G65/G63/G69/G61/G6C/G69/G7A/G61/G64/G6F/G73 /G65/G6E/G20/G6C/G6F/G20/G43/G6F/G6E/G74/G65/G6E/G63/G69/G6F/G73/G6F/G20/G41/G64/G6D/G69/G6E/G69/G73/G74/G72/G61/G74/G69/G76/G6F RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 138-2006-P-CSJLI/PJ Lima, doce de abril del 2006VISTA: La Resolución Administrativa Nº 88-2006-CSJLI/PJ publicada en el Diario Oficial El Peruano el 4 de marzo del año en curso; y, CONSIDERANDO: Primero.- Que, por resolución de vista, la Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Lima, en el artículo vigésimo segundo, dispuso la conformación de unaComisión encargada de la distribución de expedientes que serán de competencia de las Salas y Juzgados Transitorios Especializados en lo ContenciosoAdministrativo, creados por el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, cuyo funcionamiento está determinado para el 20 de abril del año en curso, de conformidad con laResolución Administrativa Nº 107-2006-P-CSJLI/PJ. Segundo.- Que, siendo esto así y a fin de cautelar la pronta administración de justicia, la Presidencia de estaCorte Superior considera pertinente que la Comisión citada, de acuerdo a los criterios que hayan adoptado teniendo en cuenta el propósito de descarga procesalpara el cual fueron creados los órganos jurisdiccionales transitorios, proceda a materializar, en forma inmediata, la distribución equitativa de los expedientes a dichasjudicaturas, a efectos que éstos cuenten con las causas que les corresponda, con la debida antelación, de tal manera que inicien sus funciones el día establecido sininconvenientes y las cuatro Salas y seis Juzgados de la subespecialidad contenciosa administrativa, cuenten con un número de expedientes que les permita trabajar encondiciones similares y dar una respuesta adecuada a las expectativas de los usuarios del servicio de impartición de justicia, haciendo efectivo el principio deceleridad procesal. Por los fundamentos expuestos, en uso de las facultades conferidas a la suscrita por los incisos 3), 4) y 9) del Art. 90º de la Ley Orgánica del Poder Judicial; SE RESUELVE: Artículo Primero.- DISPONER que la Comisión designada mediante Resolución Administrativa Nº 88-2006-P-CSJLI/PJ, proceda, en forma inmediata a distribuir los expedientes que serán de competencia de