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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 17 DE ABRIL DEL AÑO 2006 (17/04/2006)

CANTIDAD DE PAGINAS: 24

TEXTO PAGINA: 17

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G33/G31/G36/G38/G35/G39 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, lunes 17 de abril de 2006 de producirse una emergencia.  Describir las acciones de respuesta que la IPE tomará para proteger lasáreas sensibles.  Identificará el equipamiento y personal disponible para proteger las áreassensibles. 9.5 ACCIONES POSTERIORES A LA EMERGENCIA Describirá los procedimientos que deberán cumplirse para asegurar que los desechos,incluidos restos o material contaminadocomo resultado de la emergencia seanretirados y llevados a lugares autorizadospara su tratamiento. El Plan de emergencia identificará la organización para la remoción de los restosproducidos como resultado de la emergencia,el equipo usado, identificado y disponible.La mencionada operación deberá ser capaz deproveer los siguientes recursos de respuesta. Equipamiento y provisiones aplicables al área donde se llevará a cabo las operaciones derespuesta.Personal entrenado necesario para unacontinua operación de los equipos y dotara la organización de respuesta. 10. CAPACITACION, ENTRENAMIENTO Y EJERCICIOS Capacitación El Personal involucrado en las operaciones y seguridad de la Instalación Portuaria Especial (IPE)deberá contar con la competencia requerida parael manejo de mercancías peligrosas.La Persona designada para el Control deMercancías Peligrosas (PDCMP) y su alterno tendrán que cumplir con los requisitos de calificación necesarios al cargo así como delmanejo y control de emergencias.La capacitación será permanente de acuerdoal Plan Anual de Capacitación establecido encada IPE. Todo el personal administrativo y usuarios de la Instalación Portuaria Especial serán capacitadoscon un curso de inducción sobre los procedimientosque deberán seguir ante las emergenciascontempladas en el Plan de Emergencia.El responsable de la capacitación del personal de la IPE mantendrá registros documentados de la capacitación impartida, los cuales estarándisponibles para su inspección cuando laAutoridad Portuaria Nacional estime conveniente,por un período no menor de 2 años. Entrenamiento Describirá los procedimientos y programas deentrenamiento del personal operativo y de seguridad de la IPE. El responsable de la Instalación PortuariaEspecial, la persona designada del Control deMercancías Peligrosas (PDCMP) y la personaalterna designada del Control de MercancíasPeligrosa (PDCMP Alterno), serán los responsables del desarrollo del programa anual de entrenamiento de la IPE.Todo el personal administrativo y usuarios de laInstalación Portuaria Especial deberán estarinvolucrados en el programa anual deentrenamiento de la IPE. El responsable del entrenamiento del personal de la IPE mantendrá registros documentadosdel entrenamiento realizado, los cuales estarándisponibles para su inspección cuando laAutoridad Portuaria Nacional estime conveniente,por un período no menor de 2 años. Ejercicios Describirá el programa de ejercicios a desarrollarse por el responsable de la IPE, el cual cumplirá las siguientes directrices:  Tipo y frecuencia de los ejercicios;  Deben considerar ejercicios programados e inopinados;Los ejercicios pueden ser:  En gran escala o en vivo  Simulación o seminario  Combinado con otros ejercicios pertinentes El responsable de la IPE será responsable del cumplimiento del programa anual de ejercicios,éstos incluirán como mínimo:  Un ejercicio interno de emergencia en mesa, anual.  Un ejercicio interno real, anual. Un ejercicio externo real. El responsable de los ejercicios del personal de la IPE mantendrá registros documentados del ejercicio realizado, los cuales estarán disponiblespara su inspección cuando la Autoridad PortuariaNacional estime conveniente, por un período nomenor de 2 años. 11. PROCEDIMIENTOS DE REVISION Y ACTUALIZACION DEL PLAN DEEMERGENCIA El Plan de Emergencia será actualizado cuando se realicen cambios importantes que requieran modificar su contenido.Deberá ser revisado por el Responsable de laIPE al menos una vez al año.Cualquier cambio y/o modificación que se quierarealizar al Plan de Emergencia deberá remitirse a la Autoridad Portuaria Nacional para su evaluación y aprobación correspondiente.El Plan de Emergencia deberá ser revisadodespués de cada ocasión en la que el Plan sehaya activado o se haya hechos prácticas ycuando se hagan cambios en la IPE. 12. OTROS  Incluirá al vocero de la IPE ante los medios de comunicación  Indicará las acciones colaterales de operaciones con naves que se encuentrenen la IPE, como por ejemplo rotura de amarrasde la nave.  La IPE deberá mantener un registro de las sustancias y/o mercancías peligrosas en formato físico y electrónico actualizado que se encuentren en la IPE para que puedanservir como ayuda en caso de unaemergencia. 13. ANEXOS I.- PLANOS DE LA INSTALACIÓN PORTUARIA ESPECIAL 1) Plano general de la Instalación portuaria especial 2) Plano de áreas sensibles3) Plano de ubicación de sistemas de lucha contra incendio 4) Plano de evacuación 5) Plano del sistema eléctrico II.- LISTA DE CONTACTOS Incluirá información para la ubicacióndurante las 24 horas de todas las personasclaves para la respuesta a una emergencia. La lista incluirá la persona calificada designada así como su alterno;Incluirá la relación de las autoridades yorganizaciones competentes con sudirectorio telefónico actualizado. III.- LISTA DE EQUIPAMIENTO Indicará todos los equipos y materialdisponible en la IPE para cada tipo de emergencia. IV.- PLAN DE COMUNICACIONES Indicará todos los equipos de comunica- ciones disponibles.Describirá los métodos primarios ysecundarios de comunicaciones incluyendoequipos existentes en la IPE, ubicación