Norma Legal Oficial del día 23 de abril del año 2006 (23/04/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 59

MORDAZA, MORDAZA 23 de MORDAZA de 2006

NORMAS LEGALES
1. ANTECEDENTES

Pag. 317245

Sancionan al Instituto Cientifico Naturista S.A.C. INCINA con 30 UIT por difundir publicidad que promocionaba una supuesta cura contra la diabetes y otras enfermedades incurables, descubierta por el senor MORDAZA MORDAZA Pena, sin contar con pruebas que demuestren que estas afirmaciones eran ciertas
COMISION DE LA REPRESION DE LA COMPETENCIA DESLEAL RESOLUCION Nº 074-2005/CCD-INDECOPI MORDAZA, 18 de MORDAZA de 2005 EXPEDIENTE Nº 027-2005/CCD EXPEDIENTE Nº 030-2005/CCD (ACUMULADO) EXPEDIENTE Nº 067-2005/CCD (ACUMULADO) DENUNCIANTES :COMISION DE REPRESION DE LA COMPETENCIA DESLEAL (LA COMISION) ASOCIACION PERUANA DE CONSUMIDORES Y USUARIOS ASPEC (ASPEC) DENUNCIADOS : INSTITUTO CIENTIFICO NATURISTA S.A.C. (INCINA) MORDAZA MORDAZA MORDAZA (EL SENOR MEDINA) MATERIA : PUBLICIDAD COMERCIAL MORDAZA DE LEGALIDAD MORDAZA DE VERACIDAD PUBLICIDAD TESTIMONIAL MEDIDAS COMPLEMENTARIAS AVISO RECTIFICATORIO PUBLICACION DE LA RESOLUCION CONDENATORIA SANCION POR PERSISTENCIA EN EL INCUMPLIMIENTO DE LA MEDIDA CAUTELAR GRADUACION DE LA SANCION CONDENA EN COSTOS Y COSTAS ACTIVIDAD : COMERCIALIZACION DE PRODUCTOS TERAPEUTICOS NATURISTAS

Con fecha 21 de febrero de 2005, la Comision tomo conocimiento de la difusion de un encarte, asi como de un anuncio publicado en el diario "El Trome" los dias 15 y 16 de febrero de 2005, en donde se promocionaba una supuesta "cura contra la diabetes y otras enfermedades incurables", desarrollada por el senor Medina. Conforme lo senalado en el parrafo precedente, la Comision aprecio que los anuncios mencionados contenian, entre otras, las siguientes afirmaciones: 1. "EL VENCEDOR DE LA DIABETES Y OTRAS INCURABLES." 2. "El cientifico naturista mas importante de nuestro tiempo, ha descubierto la cura de la diabetes y otras enfermedades incurables." 3. "Medina Pena, emprende su grandiosa obra, y luego de profundos estudios sobre la MORDAZA medicinal, sorprende al MORDAZA al descubrir la formula con la cual pone fin a su propia diabetes y abre una nueva era en la historia de la medicina tradicional." 4. "Diabetes se cura." 5. "El cientifico mas importante de nuestro tiempo ha descubierto la cura de la diabetes y otras enfermedades incurables". Asimismo, en los referidos anuncios se consignaba la opinion del doctor MORDAZA MORDAZA Ibarguen, asi como los testimonios de los senores MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA Mayoral MORDAZA y MORDAZA MORDAZA Ferrando, quienes afirmaban haber sido curados de la diabetes MORDAZA al producto naturista comercializado por Incina. Entre otros, en los anuncios senalados se presentaba el siguiente testimonio del senor MORDAZA MORDAZA Ferrando: "Esto es un MORDAZA de MORDAZA, si mi familia hubieran (sic) creido en MORDAZA MORDAZA, ahora estarian conmigo". Adicionalmente, en los citados anuncios se referia al sitio web: www.diabetessecura.com, al que funcionarios de la Secretaria Tecnica tuvieron acceso con fecha 22 de febrero de 2005, verificando que en el mismo se consignan diversos testimonios de personas que supuestamente habrian sido curadas de la diabetes, debido al tratamiento desarrollado por el senor Medina. Mediante Resolucion Nº 1 de fecha 28 de febrero de 2005, la Comision inicio un procedimiento de oficio en contra de Incina por la presunta infraccion al MORDAZA de veracidad y las normas sobre publicidad testimonial, contenidos en los articulos 4 y 5, respectivamente, del Decreto Legislativo Nº 691 - Normas de la Publicidad en Defensa del Consumidor. Asimismo, la Comision ordeno a Incina, de oficio y como medida cautelar, el cese preventivo e inmediato de la difusion de sus anuncios publicitarios, en tanto contuvieran las afirmaciones MORDAZA detalladas o cualquier otra que diera a entender a los consumidores que ha desarrollado una cura contra la diabetes u otras enfermedades incurables. Del mismo modo, se ordeno al referido denunciado el cese preventivo e inmediato de la difusion de sus anuncios publicitarios en tanto contuvieran testimonios que no cumplieran con lo establecido en el articulo 5 de las Normas de la Publicidad en Defensa del Consumidor. Con fecha 25 de febrero de 2005, Aspec denuncio a Incina y al senor MORDAZA por presuntas infracciones al MORDAZA de veracidad, establecido en el articulo 4 de las Normas de la Publicidad en Defensa del Consumidor. Segun los terminos de dicha denuncia, mediante anuncios difundidos en diversos medios de comunicacion, desde aproximadamente el ano 2003, Incina promociona al senor MORDAZA como el descubridor de un tratamiento contra la diabetes, segun se aprecia en las afirmaciones: i) "diabetes se cura", y ii) "El cientifico naturista mas importante de nuestro tiempo ha descubierto la cura de la diabetes y otras enfermedades incurables". A decir de Aspec, estas afirmaciones pueden crear falsas expectativas en las personas que adolecen dicha patologia, asi como al publico en general, puesto que diversos estudios cientificos y la Asociacion Peruana de Diabetes (institucion autorizada en el Peru para el tratamiento de la diabetes), senalan que la diabetes no tiene cura conocida.

SUMILLA: Se declara FUNDADA la denuncia iniciada de oficio por la Comision y tambien FUNDADA la denuncia presentada por Aspec en contra de Incina, MORDAZA por infracciones al MORDAZA de veracidad y a los requisitos legales de la publicidad testimonial, establecidos en los articulos 4 y 5, respectivamente, del Decreto Legislativo Nº 691 - Normas de la Publicidad en Defensa del Consumidor. Por su parte, se declara INFUNDADA la denuncia iniciada de oficio en contra de Incina por la presunta infraccion al MORDAZA de legalidad, establecido en el articulo 3 del mismo cuerpo normativo. De otro lado, se declaran IMPROCEDENTES las referidas denuncias respecto del senor Medina. En consecuencia, se sanciona a Incina con una multa de treinta (30) Unidades Impositivas Tributarias por las infracciones denunciadas, y con una multa de veinte (20) Unidades Impositivas Tributarias por la persistencia en el incumplimiento de la medida cautelar ordenada por la Comision. Como medida complementaria, se ordena a Incina el CESE DEFINITIVO E INMEDIATO de las afirmaciones denunciadas y que fueron objeto de la medida cautelar, u otras similares, cualquiera sea el medio de comunicacion utilizado para su difusion, en cuanto sugieran a los consumidores que se ha descubierto una cura contra la diabetes y otras enfermedades incurables. Asimismo, se le ordena la publicacion de un aviso rectificatorio, durante seis dias consecutivos. Asimismo, se SOLICITA al Directorio del Indecopi que ORDENE la publicacion de la presente resolucion. Con costos y costas para Aspec.

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