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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G33/G31/G37/G32/G37/G36 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, domingo 23 de abril de 2006 contribuyente cumpla con sus obligaciones tributarias por los períodos vencidos a la fecha; Que, es política de la Municipalidad otorgar las más amplias facilidades a los contribuyentes para que cumplan con la cancelación al contado de sus adeudospendientes por concepto de tributos Municipales; Estando a lo dictaminado, de conformidad con lo dispuesto con los numerales 8) y 9) del artículo 9º de la LeyNº 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades, con dispensa del trámite de Aprobación del Acta y por unanimidad, el Concejo Distrital de Los Olivos aprobó lo siguiente: ORDENANZA Nº 237-CDLO QUE ESTABLECE EL BENEFICIO DE CONDONACIÓN DE INTERESES MORATORIOS Y AJUSTES DE TRIBUTOS MUNICIPALES CORRESPONDIENTES A PERÍODOS VENCIDOS, POR SU PAGO AL CONTADO Artículo Primero .- OTORGAR para el Período Anual 2006 la CONDONACIÓN PARCIAL del interés moratorio y su capitalización anual de tributos correspondientesde los períodos vencidos a la fecha, sin considerar el índice de precios al por mayor (IMP) en el caso del Impuesto Predial, por el pago al contado de las deudastributarias, acorde a los siguientes porcentajes: PERÍODO ANUAL 2006 MESES PORCENTAJE DE CONDONACIÓN Abril, mayo y junio 70% Julio, agosto y septiembre 60% Octubre, noviembre y diciembre 50% Artículo Segundo .- ENCARGAR a la DIRECCIÓN DE RECAUDACIÓN Y ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIAy a la OFICINA DE EJECUTORIA COACTIVA el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Ordenanza, a la UNIDAD DE GESTIÓN INFORMÁTICA, su debidaimplementación y a la SECRETARIA GENERAL E IMAGEN INSTITUCIONAL su difusión. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla.FELIPE B. CASTILLO ALFARO Alcalde 07149 /G4F/G74/G6F/G72/G67/G61/G6E/G20/G62/G65/G6E/G65/G66/G69/G63/G69/G6F/G20/G64/G65/G20/G63/G6F/G6E/G64/G6F/G6E/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65 /G69/G6E/G74/G65/G72/G65/G73/G65/G73/G20/G6D/G6F/G72/G61/G74/G6F/G72/G69/G6F/G73/G20/G79/G20/G61/G6A/G75/G73/G74/G65/G73/G20/G64/G65/G74/G72/G69/G62/G75/G74/G6F/G73/G20 /G6D/G75/G6E/G69/G63/G69/G70/G61/G6C/G65/G73/G20 /G76/G65/G6E/G63/G69/G64/G6F/G73/G6D/G65/G64/G69/G61/G6E/G74/G65/G20/G6C/G61/G20/G73/G75/G73/G63/G72/G69/G70/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G63/G6F/G6E/G76/G65/G6E/G69/G6F/G73/G64/G65/G20/G66/G72/G61/G63/G63/G69/G6F/G6E/G61/G6D/G69/G65/G6E/G74/G6F ORDENANZA Nº 238-CLDO Los Olivos, 12 de abril de 2006 EL CONCEJO MUNICIPAL DISTRITAL DE LOS OLIVOS VISTO: El Dictamen Nº 012-2006-MDLO-CEP de la Comisión de Economía y Presupuesto; y, CONSIDERANDO: Que, la Constitución Política del Perú reconoce la autonomía política, económica y administrativa de los gobiernos locales, otorgándoles potestad tributaria para crear, modificar y suprimir contribuciones, tasas, arbitriosy derechos Municipales, o exonerar de éstos dentro de su jurisdicción con los límites que señala la Ley, ello en concordancia con la Norma IV; Principio de Legalidad -Reserva de la Ley del Texto Único Ordenado del Código Tributario - Decreto Supremo Nº 135-99-EF; Que, de conformidad con lo establecido en el Art. 191º de la Constitución Política del Perú, el ConcejoMunicipal cumple función normativa, a través de Ordenanzas que tienen rango de Ley, de conformidadcon lo dispuesto en el artículo 200 numeral 4) del mencionado cuerpo normativo; Que, mediante Ordenanza Nº 227-CDLO, de fecha 16 de enero de 2006, se estableció la condonación parcial de 40% del interés moratorio por la suscripción de convenio de fraccionamiento teniendo vigencia hasta el8 de abril, siendo necesario establecer nuevos beneficios a fin de que los contribuyentes puedan cumplir con sus obligaciones tributarias; Que, es política de la Municipalidad otorgar las más amplias facilidades a los contribuyentes para que cumplan con la cancelación al contado de sus adeudospendientes por concepto de tributos Municipales; Estando a lo dictaminado, de conformidad con lo dispuesto con los numerales 8) y 9) del artículo 9º de la Ley Nº 27972– Ley Orgánica de las Municipalidades, con dispensa del trámite de Aprobación del Acta y por unanimidad, el Concejo Distrital de Los Olivos aprobó lo siguiente: ORDENANZA Nº 238-CDLO QUE OTORGA EL BENEFICIO DE CONDONACIÓN DE INTERESES MORAT ORIOS Y AJUSTES DE TRIBUTOS MUNICIPALES VENCIDOS MEDIANTE LA SUSCRIPCIÓN DE CONVENIOS DE FRACCIONAMIENTO Artículo Primero.- OTORGAR para el Período Anual 2006 plazo para que los contribuyentes suscriban Convenio de Fraccionamiento por todas las deudas tributarias pendientes de pago de períodos vencidos,acogiéndose al beneficio tributario de CONDONACIÓN PARCIAL del interés moratorio y su capitalización anual, sin considerar el índice de precios al por mayor (I.P.M.)en el Impuesto Predial; que incluye las obligaciones tributarias que se encuentre en cobranza coactiva, acorde a los siguientes porcentajes: PERÍODO ANUAL 2006 MESES PORCENTAJE DE CONDONACIÓN Abril, Mayo y Junio 40% Julio, Agosto y Septiembre 30% Octubre, Noviembre y Diciembre 20% Artículo Segundo.- PRECISAR que el deudor que tenga obligaciones tributarias en proceso de cobranza coactiva, podrá acogerse en lo dispuesto en el Art. Primero previa cancelación de los GastosAdministrativos y Costas Procesales de acuerdo a los límites que determine las normas vigentes; Artículo Tercero.- ENCARGAR a la DIRECCIÓN DE RECAUDACIÓN Y ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA y a la OFICINA DE EJECUTORIA COACTIVA el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Ordenanza,a la UNIDAD DE GESTIÓN INFORMÁTICA, su debida implementación y a la SECRETARIA GENERAL E IMAGEN INSTITUCIONAL su difusión. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla.FELIPE B. CASTILLO ALFARO Alcalde 07150 MUNICIPALIDAD DEL RÍMAC /G50/G72/G6F/G72/G72/G6F/G67/G61/G6E/G20/G70/G6C/G61/G7A/G6F/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G65/G6C/G20/G70/G61/G67/G6F/G20/G64/G65/G20/G70/G72/G69/G6D/G65/G72/G61 /G63/G75/G6F/G74/G61/G20/G64/G65/G6C/G20/G49/G6D/G70/G75/G65/G73/G74/G6F/G20/G50/G72/G65/G64/G69/G61/G6C/G2C/G20/G64/G65/G75/G64/G61/G73/G72/G65/G63/G61/G6C/G63/G75/G6C/G61/G64/G61/G73/G20/G64/G65/G20/G41/G72/G62/G69/G74/G72/G69/G6F/G73/G20/G4D/G75/G6E/G69/G63/G69/G70/G61/G6C/G65/G73/G79/G20/G62/G65/G6E/G65/G66/G69/G63/G69/G6F/G20/G6F/G74/G6F/G72/G67/G61/G64/G6F/G20/G65/G6E/G20/G6C/G61/G20/G4F/G72/G64/G65/G6E/G61/G6E/G7A/G61 /G4E/GBA/G20/G31/G32/G30 DECRETO DE ALCALDÍA Nº 006-2006-MDR EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DEL RÍMAC