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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 01 DE AGOSTO DEL AÑO 2006 (01/08/2006)

CANTIDAD DE PAGINAS: 32

TEXTO PAGINA: 26

NORMAS LEGALESREPUBLICADELPERU 325610El Peruano martes 1 de agosto de 2006 puedan usarlas como insumo de aprendizaje y reflexión de los estudiantes, docentes y directivos”. Que, el Gobierno Regional ha venido dado tratamiento a los temas relacionados con las secuelas de la violenciapolítica y acciones de prevención para evitar que serepita, a través de normas como la Ordenanza Regional número cero doce del dos mil cuatro, expedido por el Consejo Regional del Gobierno Regional Huánuco, quereconoce la gravedad del proceso de violencia políticavivido en la Región en los últimos veinte años; laOrdenanza Regional número cero dieciocho del dos milcuatro, que institucionaliza el veintiocho de agosto como el “ Día de la Verdad, Justicia y Reconciliación”, en la Región Huánuco; la Ordenanza Regional número ceroveintiuno del dos mil cinco, que aprueba el Plan de AcciónIntegral de Reparaciones del Gobierno Regional Huánucodos mil cinco a dos mil seis; Que, existen documentos normativos locales que establecen el desarrollo de estos temas en el sistema educativo, tales como el Convenio Interinstitucional entrela Dirección Regional de Educación y el Consorcioconformado por el Instituto Regional para la Paz(IREPAZ), y la Asociación Ministerio Diaconal Paz yEsperanza, para la ejecución del Proyecto “CONSTRUYENDO LA MEMORIA HISTÓRICA EN LA ESCUELA”, en los ámbitos de las Unidades de GestiónEducativa Local de Ambo, Y arowilca, Leoncio Prado yHuánuco; refrendados con la Directiva número cerosetenta y uno del dos mil cinco-GR-HUÁNUCO/DRE/DGP/EE.II; esto demuestra que es posible diversificar el currículum sobre la base del Informe Final y las Recomendaciones de la Comisión de la Verdad yReconciliación y la memoria colectiva de los maestros,comunidad, padres de familia y alumnos; Que, la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales número veintisiete mil ochocientos sesenta y siete, en su artículo diez numeral dos inciso a) sobre Competencias compartidas en Educación, dice que: “Gestión de los Servicios educativos de nivel inicial,primaria, secundaria y superior no universitaria, concriterios de interculturalidad orientados a potenciar laformación para el desarrollo”; así como en el artículo cuarenta y siete, funciones en materia de educación, cultura, ciencia, tecnología, deporte y recreación, cuyosincisos en lo pertinente dicen: “ c) Diversificar loscurrículos nacionales, incorporando contenidossignificativos de su realidad socio cultural, económica,productiva y ecológica, y respondiendo a las necesidades e intereses de los educandos. d) Promover una cultura de derechos, de paz y de igualdad de oportunidadespara todos”. Estando a lo expuesto y en uso de las facultades conferidas por los artículos quince inciso a) y treinta yocho de la Ley veintisiete mil ochocientos sesenta y siete - Orgánica de Gobiernos Regionales; ORDENA:Artículo Primero.- INCLUIR los contenidos, recomendaciones y conclusiones del Informe Final de la Comisión de la Verdad y Reconciliación en la estructura curricular de los diversos niveles educativos del ámbitode la Región Huánuco, con el tratamiento curricular másadecuado, cuyo desarrollo logre fortalecer la memoriahistórica de la juventud para evitar la repetición de actosde violencia y terrorismo en el país. Artículo Segundo.- CONFORMAR una Comisión de Trabajo en la Dirección Regional de Educación paradesarrollar de manera progresiva el proceso dediversificación curricular, convocando al ColectivoImpulsor para el Seguimiento a las Recomendacionesde la Comisión de la Verdad y Reconciliación de Huánuco para su apoyo correspondiente. Artículo Tercero .- La Gerencia de Desarrollo Social, la Dirección Regional de Educación, las Unidades deGestión Educativa Local y los organismos sectorialescorrespondientes quedan encargados de diseñar yejecutar políticas, programas y proyectos destinados a sensibilizar y capacitar a los maestros y maestras, fomentar la producción de material educativo pertinente,motivar el aprendizaje de los hechos más dolorosos que sufrió el país y la Región durante la guerra interna yfomentar una cultura de Paz de acuerdo a lasnecesidades de la realidad Regional. Artículo Cuarto.- PUBLICAR la presente norma Regional conforme a lo dispuesto en el artículo cuarenta y dos de la Ley número veintisiete mil ochocientos sesenta y siete- Orgánica de Gobiernos Regionales. POR TANTO:Regístrese, comuníquese y cumpla. LUZMILA TEMPLO CONDESO Presidente 00552-1 Institucionalizan el Sistema Regional de Defensa Civil de la Región Huánuco ORDENANZA REGIONAL Nº 056 -2006-CR-GRH Huánuco, 24 de mayo del 2006. LA PRESIDENTA DEL GOBIERNO REGIONAL DE HUÁNUCO POR CUANTO:Visto, en Sesión Extraordinaria de Consejo Regional de fecha cinco de abril del dos mil seis el dictamen número cero dos del dos mil seis- CPRNGMADC/GRH de fecha tres de abril del dos mil seis, presentado por la Comisiónpermanente de Recursos Naturales, Gestión del MedioAmbiente y Defensa Civil, y el Oficio número cero ochodel dos mil seis- ACM-CR, de fecha cinco de abril delaño dos mil seis referente a la aprobación del Sistema Regional de Gestión Ambiental de la Región Huánuco; y, CONSIDERANDO: Que, los Gobiernos Regionales emanan de la voluntad popular, son personas jurídicas de derecho público, conautonomía política, económica y administrativa, teniendo por misión organizar y conducir la gestión pública regional de acuerdo a sus competencias exclusivas, compartidasy delegadas, en el marco de las políticas nacionales ysectoriales, para contribuir al desarrollo integral ysostenible de la región, conforme lo expresa los artículosdos, cuatro, cinco de la Ley veintisiete mil ochocientos sesenta y siete- Orgánica de Gobiernos Regionales, sus normas y disposiciones que rigen por los principios deexclusividad, territorialidad, legalidad y simplificaciónadministrativa; Que, conforme lo precisa el literal a) del artículo quince de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, son atribuciones del Consejo Regional, aprobar, modificar o derogar las normas que regulen o reglamenten losasuntos y materias de competencia y funciones delGobierno Regional. Que, la Ley veintisiete mil ochocientos sesenta y siete, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales en su artículo sesenta y uno consagra el Sistema Regional de Defensa Civil- SIREDECI, disponiendo como una competenciaespecífica del Gobierno Regional, para que pueda asumiruna adecuada labor conductora de los procesos quecomprende la temática de Defensa Civil en la JurisdicciónRegional, acción que debe ser ejecutada en el marco de la Ley, con respecto de la autonomía y los niveles de competencia inherentes al Sistema Nacional de DefensaCivil- SINADECI; Que, el Sistema Regional de Defensa Civil SIREDECI, es parte integrante del Sistema Nacional de DefensaCivil- SINADECI, y está a cargo del Gobierno Regional Huánuco; Que, la Comisión permanente de Recursos Naturales, Medio Ambiente y Defensa Civil, sustentó los lineamientos