Norma Legal Oficial del día 01 de agosto del año 2006 (01/08/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 19

El Peruano martes 1 de agosto de 2006

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LICA DEL P E

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NORMAS LEGALES

325603

Articulo 3º.- VIGENCIA Lo dispuesto en la presente resolucion entrara en vigencia a partir del dia de su publicacion. Registrese, comuniquese y publiquese. NAHIL MORDAZA HIRSH MORDAZA Superintendente Nacional Superintendencia Nacional de Administracion Tributaria 00568-1

G O BI MORDAZA S REG I NAL O ES GOBIERNO REGIONAL DEL CALLAO
E xoneran de MORDAZA de sel ecci on l a contrataci on del servi o de l m pi ci i eza yj ardi MORDAZA de l l a os ocal delG obi es MORDAZA R egi onal
ACUERDO DE CONSEJO REGIONAL Nº 011-2006-GOBIERNO REGIONAL DEL CALLAO-CR CONSIDERANDO: Que, mediante aviso de convocatoria registrado en el Sistema Electronico de Adquisiciones y Contrataciones del Estado - SEACE - el 27 de MORDAZA de 2006, el Gobierno Regional del Callao convoco el MORDAZA de Concurso Publico Nº 0002-2006-REGION CALLAO, para contratar la prestacion del "SERVICIO DE LIMPIEZA Y JARDINERIA DE LOS LOCALES DEL GOBIERNO REGIONAL DEL CALLAO", con Valor Referencial de S/. 393 795,39 (Trescientos Noventa y Tres Mil Setecientos Noventa y Cinco y 39/100 Nuevos Soles), cuyas bases fueron aprobadas por delegacion de funciones con Resolucion de Gerencia General Regional Nº 094-2006-Gobierno Regional del Callao-GGR, de fecha 26 de MORDAZA de 2006; Que, el 19 de junio del 2006, mediante Resolucion Ejecutiva Regional Nº 121-2006-Gobierno Regional del Callao/PR, la Entidad resolvio el Recurso de Apelacion presentado por el postor Limpieza y Apoyo de Personal S.A. - LIMASA S.A. -, acto para el cual la citada empresa solicito la REVISION por el CONSUCODE el 26 de junio de 2006; Que, mediante Informe Nº 149-2006-REGION CALLAO/GA-OL, el Jefe de la Oficina de Logistica de la Gerencia de Administracion, propone la contratacion de los servicios de Limpieza y Jardineria por un periodo de Noventa (90) Dias naturales o el tiempo que transcurra hasta que se suscriba el MORDAZA contrato de estos servicios, calculando el importe de S/. 85,447.80 (Ochenta y Cinco Mil Cuatrocientos Cuarenta y Siete y 80/100 Nuevos Soles) correspondiendo realizar una Adjudicacion Directa Publica, y solicita la emision de Informe Legal y aprobacion del Acuerdo del Consejo Regional de la contratacion directa por exoneracion, por las razones expuestas en el considerando precedente y sustentandose en el caso de la ADS Nº 010-2006REGION CALLAO, resuelto por el Tr ibunal en aproximadamente 52 dias naturales, documento que hace MORDAZA la Gerencia de Administracion mediante Informe Nº 208-2006-REGION CALLAO/GA; Que, asimismo con el Informe Nº 063-2006GOBIERNO REGIONAL DEL CALLAO/GA-OL-SG el Jefe de la Unidad de Servicios Generales comunica que la Entidad suscribio con la empresa LIMASA S.A. (ahora impugnante) el CONTRATO Nº 007-2005REGION CALLAO, para la prestacion de servicios que

concluyeron el 7 de febrero de 2006 y, que mediante Resolucion Gerencial General Regional Nº 049-2006GRC-GGR, del 28 de febrero de 2006, fue suscrita la Addenda Nº 01, contratacion complementaria vigente hasta el 27 de MORDAZA de 2006, 3 dias MORDAZA de otorgarse la buena pro del concurso publico acotado; Que, la Oficina recurrente precisa que los servicios materia de contratacion tiene por objeto la limpieza de las instalaciones, mobiliario y equipamiento de la sede central y la sede de MORDAZA MORDAZA II, y que es importante mencionar que la sede central es el lugar donde labora casi la totalidad de funcionarios y empleados de la Entidad que veria seriamente afectada su productividad ante tal situacion, que dicho servicio tiene relacion directa con la salud de los trabajadores, cobrando especial relevancia la solucion inmediata, servicio que incluye: Limpieza y Desinfeccion de SS.HH., Fumigacion contra insectos, desratizacion y exterminio de otros roedores; Que, la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, senala en su Informe Nº 218-2006-REGIONCALLAO/GRPPATOPT, que la presente contratacion cuenta con la opinion de la disponibilidad presupuestal, el mismo que esta financiado con recursos de Participacion en Rentas de Aduanas. Que, la Gerencia de Asesoria Juridica, en su Informe Nº 789-2006-GOBIERNO REGIONAL DEL CALLAO/ GAJ del 6 de MORDAZA de 2006, senala que la declaracion de Situacion de Desabastecimiento Inminente, se encuentra regulado por el literal c) del articulo 19º, articulo 20º y 21º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, asi como por el articulo 141º del Reglamento aprobado con Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, la necesidad de servicios a contratar debe ser actual y urgente para atender los requerimientos inmediatos y que no excedan del lapso de tiempo requerido para paliar la situacion, tambien en el Acuerdo exoneratorio, bajo sancion de nulidad, debe disponerse el inicio de las medidas conducentes al establecimiento de las responsabilidades administrativas, civiles y/o penales de los funcionarios o servidores publicos involucrados; Que, asi mismo, de los hechos revelados en el Informe de la Oficina de Logistica referido a la ausencia de los servicios de limpieza de las oficinas comprometen en forma directa e inminente la continuidad de las funciones, servicios y actividades de la Entidad, corriendose el riesgo que se puedan generar ambientes infecto contagiosos que comprometa la salud de los servidores y funcionarios, asimismo, que la causal por interposicion de Recurso de Revision por el postor LIMASA S.A. puede calificarse como hecho extraordinario e imprevisible, MORDAZA configuran la situacion de desabastecimiento inminente que conlleva a la exoneracion; Que, concluye senalando que los Informes de la Gerencia de Administracion, asi como los documentos que obran en autos encuentran MORDAZA en la normativa que la regula, opinando que procede la exoneracion de la realizacion del MORDAZA de Adjudicacion Directa Publica para contratar la prestacion por el periodo de 90 dias naturales equivalente a S/. 85,447.80 (Ochenta y Cinco Mil Cuatrocientos Cuarenta y Siete y 80/100 Nuevos Soles), mediante acciones inmediatas conforme lo preven dichas normas. Precisando que la exoneracion del MORDAZA que se indica debe formalizarse mediante la expedicion y publicacion del Acuerdo del Consejo Regional; asimismo disponer que la contratacion la realice la Gerencia de Administracion a traves de la Oficina de Logistica como dependencia designada con el Articulo Octavo de la Resolucion Ejecutiva Regional Nº 298-2005GOBIERNO REGIONAL DEL CALLAO-PR, de fecha 30 de diciembre de 2005, modificada con la Resolucion Ejecutiva Regional Nº 014-2006-GOBIERNO REGIONAL DEL CALLAO-PR. Esta exoneracion se circunscribe a la omision del MORDAZA de seleccion, por lo que el contrato que se celebre debera cumplir con respectivos requisitos, condiciones, formalidades, exigencias y

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