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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 07 DE AGOSTO DEL AÑO 2006 (07/08/2006)

CANTIDAD DE PAGINAS: 40

TEXTO PAGINA: 17

NORMAS LEGALESEl Peruano lunes 7 de agosto de 2006 325943REPUBLICADELPERU Anexo a la R/D Nº 268 -2006/DCG de fecha 26 junio 2006 AUTORIDAD MARÍTIMA DEL PERÚ DIRECCIÓN GENERAL DE CAPITANÍAS Y GUARDACOSTAS RECONOCIMIENTO MEDICO PERSONAL EMBARCACIONES PESQUERAS ARTESANALES I.- DATOS GENERALES Nombres y Apellidos Documento de Identidad Fecha y lugar de nacimiento Trabajo que desempeñará a bordo Fecha del Examen Dirección domiciliariaII.- DECLARACIÓN PERSONAL ¿Ha sufrido alguna vez dolencia como Sí No Descripción las que se enumera a continuación? Problemas en las vistas Presión arterial alta Enfermedades Cardiovasculares Operación al corazón Venas varicosas Asma/bronquitis Alteraciones de la sangre Diabetes Problema tiroideo Transtornos digestivos Problemas renales Problemas de la piel AlergiasEnfermedades Infectocontagiosas Hernias Transtornos genitales Problemas de sueño ¿Fuma Usted? Operación/ataques Mareos/desmayos Pérdida de conciencia Problemas psiquiátricos Depresión Intentos de suicidio Pérdida de memoria Problemas de equilibrio Migrañas graves Problemas de oído/nariz/garganta Amputación Consumo de drogas Regla 1/II Consideraciones para la determinación de la aptitud médica del personal de buques pesqueros 1. Para la determinación de la aptitud médica periódica, el médico examinador deberá tener en cuenta los siguientes aspectos: 1.1 Lo reducido de las dotaciones de los buques pesqueros, en los cuales todos desempeñan laborestanto relacionadas a la navegación como a la actividad de pesca en sí, lo que hace necesario que toda la dotación esté permanentemente apta y disponible. 1.2 Las limitaciones de los buques pesqueros en cuanto a la disponibilidad de atención médica,medicinas y tiempo para llevar un personal enfermoa tierra, por lo que es inoportuno y peligroso permitir que personas en ciertas condiciones de salud trabajen como pescadores.Cuadro 1/IV Normas Mínimas de agudeza visual Categoria Visión a V isión a corta y media Campo Ceguera Dip lopía distancia * distancia/visión de Visual nocturna (visión doble) Un Otrocolores ojo ojo Capitán de Visión exigida para la Campo Visión exigida No se observa Pesca, navegación del buque visual para realizar ninguna Oficiales (por ejemplo, cartas y normal todas las manifestación Pesca, publicaciones naúticas, funciones importante Patrones uso de instrumentos y necesarias en Pesca, equipo de puente y la oscuridad Patrones reconocimiento de las sin Pesca ayudas a la contratiempos Artesanales navegación) Con ayuda 0.5† 0.5 Sin ayuda 0.1 0.1 Oficiales Visión exigida para leer Campo Visión exigida No se observa Máquinas instrumentos muy visual para realizar ninguna Pesca, próximos, manejar suficiente todas las manifestación Motoristas equipo y reconocer los funciones importante de Pesca sistemas/componentes necesarias en Con ayuda 0.4 0.4 necesarios la oscuridad sin Sin ayuda 0.1 0.1 contratiempos Marineros de Suficiente para las Suficiente Visión exigida No se observa Pesca tareas asignadas para las para realizar ninguna Calificados, tareas todas las manifestación Marineros asignadas funciones importante Pesca necesarias en Artesanales la oscuridad Con ayuda 0.4 0.4 sin Sin ayuda 0.1 0.1 contratiempos * Los valores corresponden a la escala de Snellen en decimales † Se recomienda un valor de 0.7 como mínimo en un ojo para reducir el riesgo que entraña una enfermedad ocular latente que haya pasado inadvertida Regla 2/IV Normas mínimas de agudeza auditiva 1. La capacidad auditiva del personal de pesca será como mínimo de 30 dB (sin ayuda) en la oreja mejor y de 40 dB (sin ayuda) en la otra oreja, dentro de frecuencias de 500, 1000, 2000 y 3000 Hz (distancia de audición de la voz 3 y 2 metros, respectivamente). 2. Los exámenes de oído se realizarán de preferencia con un audiómetro de frecuencia no modulada, sin embargo, de no existir esta facilidad podrá ser substituida por otras pruebas que a juicio del médico examinador sean al menos equivalentes.