Norma Legal Oficial del día 10 de agosto del año 2006 (10/08/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 70

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326088

NORMAS LEGALES

El Peruano jueves 10 de agosto de 2006

competencia, como lo dispone el Articulo II del Titulo Preliminar de la Ley Organica de Municipalidades - Ley Nº 27972; Que, el Articulo 69º de la Ley Nº 27972, establece y determina el universo que comprenden las Rentas Municipales, asi como el Articulo 70º, el Sistema Tributario Municipal; Que, los Gobiernos Locales, crean modifican y suprimen contribuciones, tasas, arbitrios, licencias, derechos, o exoneran de ellos, de acuerdo a lo establecido en la Constitucion Politica del Estado, y la MORDAZA IV del Texto Unico Ordenado del Codigo Tributario D.S. Nº 135-99-EF; Que, el inciso 4º del Articulo 200º de la Constitucion Politica del Peru , concede rango de Ley a las Ordenanzas Municipales; Que, los Articulos 9º, 20º, 39º, 40º, 41º y 42º de la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 27972; se establecen las atribuciones del Concejo Municipal, del MORDAZA, la ejecutoria y los alcances normativos Municipales; Estando a lo expuesto, y de conformidad con los dispositivos detallados en los considerandos, con el MORDAZA UNANIME de los miembros del Concejo, y con dispensa del tramite de la lectura y aprobacion del Acta, se aprobo la siguiente: ORDENANZA QUE ESTABLECE REGIMEN DE INCENTIVOS APLICABLE A INFRACCIONES RELACIONADAS CON EL CUMPLIMIENTO DE OBLIGACIONES TRIBUTARIAS Articulo 1º.- Establecer el Regimen de Incentivos Aplicable a Infracciones Relacionadas con el cumplimiento de Obligaciones Tributarias, en la jurisdiccion del distrito de Carabayllo. Articulo 2º.- EL REGIMEN DE INCENTIVOS alcanza a las sanciones de multa aplicable por las infracciones establecidas en las numerales 1,2,3,4 y 5 del Articulo 176º del D.S. Nº 135-99-EF, Codigo Tributario modificado por el Articulo 86º del Decreto Legislativo Nº 953: - No presentar las Declaraciones que contengan la determinacion de la deuda tributaria dentro de los plazos establecidos. - No presentar otras declaraciones o comunicaciones dentro de los plazos establecidos. - Presentar las declaraciones que contengan la determinacion de la deuda tributaria en forma incompleta. - Presentar otras declaraciones o comunicaciones en forma incompleta o no conformes con la realidad. - Presentar mas de una Declaracion Rectificatoria relativa al mismo tributo y periodo tributario. Y siempre que el contribuyente cumpla con cancelar la misma con la rebaja correspondiente. Articulo 3º.- REBAJAR en un noventa por ciento (90%) la sancion de multa, siempre que el deudor tributario cumpla con declarar la deuda tributaria omitida con anterioridad a cualquier notificacion o requerimiento de la Administracion relativa al Tributo o periodo a regularizar. Articulo 4º.- REBAJAR en un setenta por ciento (70%) la sancion de multa, si la declaracion se realiza con posterioridad a la notificacion de un requerimiento de la Administracion, MORDAZA de que surta efectos la Notificacion de la Orden de Pago o Resolucion de Determinacion o la Resolucion de Multa segun corresponda. Articulo 5º.- REBAJAR en un treinta por ciento (30%) la sancion de multa, una vez que surta efectos la notificacion de la Orden de Pago o Resolucion de Determinacion o la Resolucion de Multa segun corresponda, con anterioridad al vencimiento del plazo establecido en el primer parrafo del articulo 117° del Codigo Tributario. Articulo 6º.- PRECISAR que para acogerse a los beneficios establecidos en la presente Ordenanza, el contribuyente que MORDAZA interpuesto reclamacion, y/o impugnacion en tramite en la Municipalidad, debera presentar, desistimiento de acuerdo a las normas de procedimiento administrativo; al vencimiento del plazo establecido en el primer parrafo del articulo 117° del Codigo Tributario o interpuesto medio impugnatorio contra la Orden de Pago o Resolucion de Determinacion, de ser el caso o Resolucion de Multa notificada, no procede ninguna rebaja, salvo que el medio impugnatorio este referido a la aplicacion del regimen de incentivos. Articulo 7º.- Encargar a la Gerencia de Rentas, Subgerencia de Administracion Tributaria y Recaudacion

y Subgerencia de Fiscalizacion Tributaria al estricto cumplimiento de lo dispuesto en la presente Ordenanza. POR TANTO: Mando se registre, comunique , publique y cumpla. MORDAZA A. MORDAZA MORDAZA MORDAZA 00820-1

Aprueban Reglamento de Fraccionamiento de Deudas Tributarias y No Tributarias
ORDENANZA Nº 0105-MDC Carabayllo, 13 de MORDAZA del 2006 EL MORDAZA DISTRITAL DE CARABAYLLO POR CUANTO: Visto, en Sesion Ordinaria de Concejo de la fecha, el Informe Nº 054-2006-GR/MDC del 23 de junio del 2006 de la Gerencia de Rentas, y el Dictamen Nº 003-2006CEPP/MDC de la Comision de Economia, Planeamiento y Presupuesto del Concejo, respecto al proyecto de Ordenanza Municipal que aprueba el Reglamento de Fraccionamiento de Deudas Tributarias y No Tributarias de la Municipalidad de Carabayllo; CONSIDERANDO: Que, de conformidad con los Articulos 194º, 195º y 196º de la Constitucion Politica del Peru y la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 27972, las Municipalidades tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia, promoviendo el desarrollo y la economia local; Que, el Articulo 36º del Texto Unico Ordenado del Codigo Tr i butar i o, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 135-99-EF y modificatorias, establece que la administracion esta facultada para otorgar fraccionamiento a aquellos contribuyentes que deseen regularizar sus deudas tributarias, siempre que cumplan con los requisitos o garantias que se establezca; Que, siendo una de las principales preocupaciones de la Municipalidad de Carabayllo otorgar facilidades de Pago a los contribuyentes del Distrito, es necesario aprobar el "Reglamento de Fraccionamiento de Deudas Tributarias y No Tributarias", el cual constituya un mecanismo simplificado y adecuado para la regularizacion de las deudas tributarias y no tributarias de los administrados; De conformidad con lo dispuesto por los Articulos 9º incisos 2), 8), 9) de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972; el concejo municipal con dispensa del tramite de lectura y aprobacion del Acta, y por unanimidad, aprobo la siguiente; ORDENANZA QUE APRUEBA EL REGLAMENTO DE FRACCIONAMIENTO DE DEUDAS TRIBUTARIAS Y NO TRIBUTARIAS Articulo Primero.- APROBAR el "REGLAMENTO DE FRACCIONAMIENTO DE DEUDAS TRIBUTARIAS Y NO TRIBUTARIAS" de la Municipalidad Distrital de Carabayllo, el mismo que consta de dieciocho (18) articulos y dos (2) disposiciones transitorias y finales, que forma parte integrante de la presente Ordenanza. Articulo Segundo.- ENCARGAR el cumplimiento del Reglamento de Fraccionamiento de Deudas Tributarias y No Tributarias, a la Subgerencia de Administracion Tributaria y Recaudacion, dependiente de la Gerencia de Rentas. Articulo Tercero.- DISPONER la publicacion del Reglamento aprobado por la presente Ordenanza, en el MORDAZA electronico de la Municipalidad Distrital de Carabayllo, para su debida difusion; ademas de su publicacion en el diario Oficial El Peruano.

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