TEXTO PAGINA: 70
NORMAS LEGALESREPUBLICADELPERU 326088El Peruano jueves 10 de agosto de 2006 competencia, como lo dispone el Articulo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley Nº 27972; Que, el Artículo 69º de la Ley Nº 27972, establece y determina el universo que comprenden las RentasMunicipales, así como el Artículo 70º, el Sistema Tributario Municipal; Que, los Gobiernos Locales, crean modifican y suprimen contribuciones, tasas, arbitrios, licencias, derechos, o exoneran de ellos, de acuerdo a lo establecido en la Constitución Política del Estado, y la Norma IV del TextoÚnico Ordenado del Código Tributario D.S. Nº 135-99-EF; Que, el inciso 4º del Artículo 200º de la Constitución Política del Perú , concede rango de Ley a las OrdenanzasMunicipales; Que, los Artículos 9º, 20º, 39º, 40º, 41º y 42º de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972; se establecenlas atribuciones del Concejo Municipal, del Alcalde, la ejecutoría y los alcances normativos Municipales; Estando a lo expuesto, y de conformidad con los dispositivos detallados en los considerandos, con el voto UNÁNIME de los miembros del Concejo, y con dispensa del trámite de la lectura y aprobación del Acta, se aprobó lasiguiente: ORDENANZA QUE ESTABLECE RÉGIMEN DE INCENTIVOS APLICABLE A INFRACCIONES RELACIONADAS CON EL CUMPLIMIENTO DE OBLIGACIONES TRIBUTARIAS Artículo 1º.- Establecer el Régimen de Incentivos Aplicable a Infracciones Relacionadas con el cumplimientode Obligaciones Tributarias, en la jurisdicción del distrito de Carabayllo. Artículo 2º.- EL RÉGIMEN DE INCENTIVOS alcanza a las sanciones de multa aplicable por las infracciones establecidas en las numerales 1,2,3,4 y 5 del Articulo 176º del D.S. Nº 135-99-EF , Código Tributario modificadopor el Artículo 86º del Decreto Legislativo Nº 953: - No presentar las Declaraciones que contengan la determinación de la deuda tributaria dentro de los plazos establecidos. - No presentar otras declaraciones o comunicaciones dentro de los plazos establecidos. - Presentar las declaraciones que contengan la determinación de la deuda tributaria en forma incompleta. - Presentar otras declaraciones o comunicaciones en forma incompleta o no conformes con la realidad. - Presentar más de una Declaración Rectificatoria relativa al mismo tributo y período tributario. Y siempre que el contribuyente cumpla con cancelar la misma con la rebaja correspondiente. Artículo 3º.- REBAJAR en un noventa por ciento (90%) la sanción de multa, siempre que el deudor tributario cumpla con declarar la deuda tributaria omitida con anterioridad a cualquier notificación o requerimiento de la Administraciónrelativa al Tributo o período a regularizar. Artículo 4º.- REBAJAR en un setenta por ciento (70%) la sanción de multa, si la declaración se realiza conposterioridad a la notificación de un requerimiento de la Administración, antes de que surta efectos la Notificación de la Orden de Pago o Resolución de Determinación o laResolución de Multa según corresponda. Artículo 5º.- REBAJAR en un treinta por ciento (30%) la sanción de multa, una vez que surta efectos la notificaciónde la Orden de Pago o Resolución de Determinación o la Resolución de Multa según corresponda, con anterioridad al vencimiento del plazo establecido en el primer párrafo delartículo 117° del Código Tributario. Artículo 6º.- PRECISAR que para acogerse a los beneficios establecidos en la presente Ordenanza, elcontribuyente que haya interpuesto reclamación, y/o impugnación en trámite en la Municipalidad, deberá presentar, desistimiento de acuerdo a las normas deprocedimiento administrativo; al vencimiento del plazo establecido en el primer párrafo del artículo 117° del Código Tributario o interpuesto medio impugnatorio contrala Orden de Pago o Resolución de Determinación, de ser el caso o Resolución de Multa notificada, no procede ninguna rebaja, salvo que el medio impugnatorio estéreferido a la aplicación del régimen de incentivos. Artículo 7º.- Encargar a la Gerencia de Rentas, Subgerencia de Administración Tributaria y Recaudacióny Subgerencia de Fiscalización Tributaria al estricto cumplimiento de lo dispuesto en la presente Ordenanza. POR TANTO:Mando se regístre, comuníque , publíque y cúmpla. MIGUEL A. RÍOS ZARZOSA Alcalde 00820-1 /G41/G70/G72/G75/G65/G62/G61/G6E/G20/G52/G65/G67/G6C/G61/G6D/G65/G6E/G74/G6F/G20/G64/G65/G20/G46/G72/G61/G63/G63/G69/G6F/G6E/G61/G2D /G6D/G69/G65/G6E/G74/G6F/G20/G64/G65/G20/G44/G65/G75/G64/G61/G73/G20/G54/G72/G69/G62/G75/G74/G61/G72/G69/G61/G73/G20/G79/G20/G4E/G6F /G54/G72/G69/G62/G75/G74/G61/G72/G69/G61/G73 ORDENANZA Nº 0105-MDC Carabayllo, 13 de julio del 2006 EL ALCALDE DISTRITAL DE CARABAYLLO POR CUANTO:Visto, en Sesión Ordinaria de Concejo de la fecha, el Informe Nº 054-2006-GR/MDC del 23 de junio del 2006de la Gerencia de Rentas, y el Dictamen Nº 003-2006- CEPP/MDC de la Comisión de Economía, Planeamiento y Presupuesto del Concejo, respecto al proyecto deOrdenanza Municipal que aprueba el Reglamento de Fraccionamiento de Deudas Tributarias y No Tributarias de la Municipalidad de Carabayllo; CONSIDERANDO: Que, de conformidad con los Articulos 194º, 195º y 196º de la Constitución Política del Perú y la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, las Municipalidadestienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, promoviendo el desarrollo y la economía local; Que, el Artículo 36º del Texto Único Ordenado del Código Tributario, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 135-99-EF y modificatorias, establece quela administración está facultada para otorgar fraccionamiento a aquellos contribuyentes que deseen regularizar sus deudas tributarias, siempre quecumplan con los requisitos o garantías que se establezca; Que, siendo una de las principales preocupaciones de la Municipalidad de Carabayllo otorgar facilidades de Pago a los contribuyentes del Distrito, es necesario aprobar el “Reglamento de Fraccionamiento de DeudasTributarias y No Tributarias”, el cual constituya un mecanismo simplificado y adecuado para la regularización de las deudas tributarias y no tributariasde los administrados; De conformidad con lo dispuesto por los Artículos 9º incisos 2), 8), 9) de la Ley Orgánica de MunicipalidadesNº 27972; el concejo municipal con dispensa del tramite de lectura y aprobación del Acta, y por unanimidad, aprobó la siguiente; ORDENANZA QUE APRUEBA EL REGLAMENTO DE FRACCIONAMIENTO DE DEUDAS TRIBUTARIAS Y NO TRIBUTARIAS Artículo Primero.- APROBAR el “REGLAMENTO DE FRACCIONAMIENTO DE DEUDAS TRIBUTARIAS Y NO TRIBUTARIAS” de la Municipalidad Distrital de Carabayllo, el mismo que consta de dieciocho (18)artículos y dos (2) disposiciones transitorias y finales, que forma parte integrante de la presente Ordenanza. Artículo Segundo.- ENCARGAR el cumplimiento del Reglamento de Fraccionamiento de Deudas Tributarias y No Tributarias, a la Subgerencia de Administración Tributaria y Recaudación, dependiente de la Gerenciade Rentas. Artículo Tercero.- DISPONER la publicación del Reglamento aprobado por la presente Ordenanza, en elportal electrónico de la Municipalidad Distrital de Carabayllo, para su debida difusión; además de su publicación en el diario Oficial El Peruano.