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NORMAS LEGALESEl Peruano martes 15 de agosto de 2006 326315REPUBLICADELPERU Finalmente, debemos señalar que con esta modificación del anexo 7 de la Escala de Multas y Sanciones de la Gerencia de Fiscalización Eléctrica, se logrará una aplicación más eficaz del “Procedimiento de Fiscalización y Subsanación de Deficiencias de Media Tensión por Seguridad Pública”. 01043-2 /G41/G70/G72/G75/G65/G62/G61/G6E/G20/G50/G72/G6F/G63/G65/G64/G69/G6D/G69/G65/G6E/G74/G6F/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G6C/G61 /G53/G75/G70/G65/G72/G76/G69/G73/G69/GF3/G6E/G20/G79/G20/G46/G69/G73/G63/G61/G6C/G69/G7A/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G73/G49/G6E/G73/G74/G61/G6C/G61/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73/G20/G64/G65/G20/G42/G61/G6A/G61/G20/G54/G65/G6E/G73/G69/GF3/G6E/G20/G79/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G73/G43/G6F/G6E/G65/G78/G69/G6F/G6E/G65/G73/G20/G45/G6C/GE9/G63/G74/G72/G69/G63/G61/G73/G20/G70/G6F/G72/G20/G53/G65/G67/G75/G72/G69/G64/G61/G64/G50/GFA/G62/G6C/G69/G63/G61 RESOLUCION DE CONSEJO DIRECTIVO ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSION EN ENERGIA OSINERG Nº 377-2006-OS/CD Lima, 8 de agosto de 2006 VISTO: El Memorando Nº GFE-599-2006 de la Gerencia de Fiscalización Eléctrica, por el cual se solicita al Consejo Directivo del Organismo Supervisor de la Inversión en Energía, la aprobación de la publicación del“Procedimiento para la supervisión y fiscalización de las instalaciones de baja tensión y de conexiones eléctricas por seguridad pública” CONSIDERANDO: Que, según lo establecido por el inciso c) del artículo 3º de la Ley Nº 27332 - Ley Marco de los OrganismosReguladores de la Inversión Privada en los Servicios Públicos, la función normativa de los Organismos Reguladores, entre ellos OSINERG, comprende la facultadexclusiva de dictar, entre otros, en el ámbito y en materiade su respectiva competencia, los reglamentos de los procedimientos a su cargo, normas de carácter general referidas a actividades supervisadas o de sus usuarios; Que, el artículo 22º del Reglamento General de OSINERG, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 054- 2001-PCM, establece que la función normativa de carácter general es ejercida de manera exclusiva por elConsejo Directivo a través de resoluciones; Que, según lo dispuesto por el artículo 3º de la Ley Nº 27699 - Ley Complementaria de Fortalecimiento Institucional de OSINERG, el Consejo Directivo estáfacultado para aprobar procedimientos administrativos vinculados, entre otros, a la Función Supervisora; Que, el inciso e) del artículo 5º de la Ley Nº 26734 establece que OSINERG tiene como función el fiscalizar y supervisar el cumplimiento de las disposiciones técnicas y legales del subsector electricidad, referidas a la seguridad y riesgos eléctricos, por parte de empresasde otros sectores, así como de toda persona natural ojurídica de derecho público o privado; Que, en ese sentido, OSINERG prepublicó el 4 de mayo de 2006 en el Diario Oficial “El Peruano” el “Procedimiento para la supervisión y fiscalización de las instalaciones de baja tensión y de conexiones eléctricas por seguridad pública” en concordancia a lo dispuestoen el artículo 25º del Reglamento General de OSINERG,aprobado por el Decreto Supremo Nº 054-2001-PCM, con la finalidad de recibir los aportes del público en general, los mismos que han sido objeto de comentariosen la exposición de motivos de la presente Resolución; De conformidad con lo dispuesto en los artículos 22º y 25º del Reglamento General de OSINERG, aprobado por Decreto Supremo Nº 054-2001-PCM; Con la opinión favorable de la Gerencia de Fiscalización Eléctrica, Gerencia Legal y de la GerenciaGeneral; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar “Procedimiento para la supervisión y fiscalización de las instalaciones de baja tensión y de conexiones eléctricas por seguridadpública”, contenido en el anexo adjunto y cuyo textoforma parte integrante de la presente Resolución.Artículo 2º.- El presente procedimiento entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el DiarioOficial El Peruano. ALFREDO DAMMERT LIRA Presidente del Consejo Directivo PROCEDIMIENTO PARA LA SUPERVISIÓN Y FISCALIZACIÓN DE LAS INSTALACIONES DE BAJA TENSIÓN Y DE LAS CONEXIONES ELÉCTRICAS POR SEGURIDAD PÚBLICA I. OBJETIVO Establecer el procedimiento para la supervisión del mantenimiento y conservación de las instalaciones de baja tensión y de las conexiones eléctricas del servicio público de electricidad, con la finalidad de preservar laseguridad de la población. II. ALCANCE Lo establecido en el procedimiento será de aplicación obligatoria a las empresas concesionarias de distribución eléctrica, dentro del ámbito de su concesión o zona de responsabilidad. III. BASE LEGAL Decreto Ley Nº 25844, Ley de Concesiones Eléctricas. Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas, aprobado por Decreto Supremo Nº 009-93-EM. Reglamento General de OSINERG aprobado por el Decreto Supremo Nº 054-2001-PCM. Reglamento de Seguridad e Higiene Ocupacional del Sub Sector Electricidad aprobado por Resolución Ministerial Nº 263-2001-EM/VME. Código Nacional de Electricidad Suministro 2001. Resolución Ministerial Nº 091-2002-EM/VME, Norma DGE Símbolos Gráficos y Terminología de Electricidad. Reglamento de Supervisión de Actividades Energéticas, aprobado por Resolución OSINERG Nº 013-2004-OS/CD. Resolución OSINERG Nº 142-2003-OS/CD, que “Fija valores máximos del presupuesto de la conexión y del cargo mensual de reposición y mantenimiento deconexión aplicables a usuarios finales del servicio público de electricidad”. Resolución Directoral Nº 080-78-EM/DGE, que aprueba la “Norma de Conexiones para Suministros de Energía Eléctrica hasta 10 kW - Norma DGE 011-CE-1, o la que la sustituya. Resolución del Consejo Directivo de OSINERG Nº 028-2003-OS/CD, mediante la cual se aprobó laTipificación de Infracciones y Escala de Multas y Sanciones de OSINERG. IV. GLOSARIO DE TÉRMINOS Y ABREVIATURAS Cuando en el presente procedimiento, se utilicen los siguientes términos, en singular o plural, se deberáentender por: Acometida: Es la parte de la conexión eléctrica, comprendida por los conductores instalados desde elempalme de la red en BT de la concesionaria, hasta los bornes de entrada del medidor de energía. Caja de Medición: Es la caja destinada a contener el equipo de medición y su respectiva protección. Concesionaria: Persona natural o jurídica que cuenta con contrato de concesión de distribución eléctrica suscrito con el Ministerio de Energía y Minas para brindarel Servicio Público de Electricidad dentro de un área determinada. Conexión Eléctrica (CE) : Conjunto de componentes requeridos para el suministro de electricidad a los usuariosdel servicio público de electricidad desde las instalacionesde la concesionaria. Comprende la Acometida, Caja de Medición, Protección Eléctrica y equipo de medición. Deficiencia: Es el estado en el cual un componente del punto fiscalizable no cumple con las especificacionestécnicas de las normas y reglamentos vigentes,representando riesgo alto para las personas y/o propiedad.