Norma Legal Oficial del día 15 de agosto del año 2006 (15/08/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 41

El Peruano martes 15 de agosto de 2006

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NORMAS LEGALES

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Finalmente, debemos senalar que con esta modificacion del anexo 7 de la Escala de Multas y Sanciones de la Gerencia de Fiscalizacion Electrica, se lograra una aplicacion mas eficaz del "Procedimiento de Fiscalizacion y Subsanacion de Deficiencias de Media Tension por Seguridad Publica". 01043-2

Articulo 2º.- El presente procedimiento entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. MORDAZA DAMMERT MORDAZA Presidente del Consejo Directivo PROCEDIMIENTO PARA LA SUPERVISION Y FISCALIZACION DE LAS INSTALACIONES DE BAJA TENSION Y DE LAS CONEXIONES ELECTRICAS POR SEGURIDAD PUBLICA I. OBJETIVO Establecer el procedimiento para la supervision del mantenimiento y conservacion de las instalaciones de baja tension y de las conexiones electricas del servicio publico de electricidad, con la finalidad de preservar la seguridad de la poblacion. II. ALCANCE Lo establecido en el procedimiento sera de aplicacion obligatoria a las empresas concesionarias de distribucion electrica, dentro del ambito de su concesion o MORDAZA de responsabilidad. III. BASE LEGAL · Decreto Ley Nº 25844, Ley de Concesiones Electricas. · Reglamento de la Ley de Concesiones Electricas, aprobado por Decreto Supremo Nº 009-93-EM. · Reglamento General de OSINERG aprobado por el Decreto Supremo Nº 054-2001-PCM. · Reglamento de Seguridad e Higiene Ocupacional del Sub Sector Electricidad aprobado por Resolucion Ministerial Nº 263-2001-EM/VME. · Codigo Nacional de Electricidad Suministro 2001. · Resolucion Ministerial Nº 091-2002-EM/VME, MORDAZA DGE Simbolos Graficos y Terminologia de Electricidad. · Reglamento de Supervision de Actividades Energeticas, aprobado por Resolucion OSINERG Nº 0132004-OS/CD. · Resolucion OSINERG Nº 142-2003-OS/CD, que "Fija valores maximos del presupuesto de la conexion y del cargo mensual de reposicion y mantenimiento de conexion aplicables a usuarios finales del servicio publico de electricidad". · Resolucion Directoral Nº 080-78-EM/DGE, que aprueba la "Norma de Conexiones para Suministros de Energia Electrica hasta 10 kW - MORDAZA DGE 011-CE-1, o la que la sustituya. · Resolucion del Consejo Directivo de OSINERG Nº 028-2003-OS/CD, mediante la cual se aprobo la Tipificacion de Infracciones y Escala de Multas y Sanciones de OSINERG. IV. GLOSARIO DE TERMINOS Y ABREVIATURAS Cuando en el presente procedimiento, se utilicen los siguientes terminos, en singular o plural, se debera entender por: Acometida: Es la parte de la conexion electrica, comprendida por los conductores instalados desde el empalme de la red en BT de la concesionaria, hasta los bornes de entrada del medidor de energia. MORDAZA de Medicion: Es la MORDAZA destinada a contener el equipo de medicion y su respectiva proteccion. Concesionaria: Persona natural o juridica que cuenta con contrato de concesion de distribucion electrica suscrito con el Ministerio de Energia y Minas para brindar el Servicio Publico de Electricidad dentro de un area determinada. Conexion Electrica (CE): Conjunto de componentes requeridos para el suministro de electricidad a los usuarios del servicio publico de electricidad desde las instalaciones de la concesionaria. Comprende la Acometida, MORDAZA de Medicion, Proteccion Electrica y equipo de medicion. Deficiencia: Es el estado en el cual un componente del punto fiscalizable no cumple con las especificaciones tecnicas de las normas y reglamentos vigentes, representando riesgo alto para las personas y/o propiedad.

Aprueban Procedimiento para la Supervision y Fiscalizacion de las Instalaciones de Baja Tension y de las Conexiones Electricas por Seguridad Publica
RESOLUCION DE CONSEJO DIRECTIVO ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSION EN ENERGIA OSINERG Nº 377-2006-OS/CD MORDAZA, 8 de agosto de 2006 VISTO: El Memorando Nº GFE-599-2006 de la Gerencia de Fiscalizacion Electrica, por el cual se solicita al Consejo Directivo del Organismo Supervisor de la Inversion en Energia, la aprobacion de la publicacion del "Procedimiento para la supervision y fiscalizacion de las instalaciones de baja tension y de conexiones electricas por seguridad publica" CONSIDERANDO: Que, segun lo establecido por el inciso c) del articulo 3º de la Ley Nº 27332 - Ley MORDAZA de los Organismos Reguladores de la Inversion Privada en los Servicios Publicos, la funcion normativa de los Organismos Reguladores, entre ellos OSINERG, comprende la facultad exclusiva de dictar, entre otros, en el ambito y en materia de su respectiva competencia, los reglamentos de los procedimientos a su cargo, normas de caracter general referidas a actividades supervisadas o de sus usuarios; Que, el articulo 22º del Reglamento General de OSINERG, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 0542001-PCM, establece que la funcion normativa de caracter general es ejercida de manera exclusiva por el Consejo Directivo a traves de resoluciones; Que, segun lo dispuesto por el articulo 3º de la Ley Nº 27699 - Ley Complementaria de Fortalecimiento Institucional de OSINERG, el Consejo Directivo esta facultado para aprobar procedimientos administrativos vinculados, entre otros, a la Funcion Supervisora; Que, el inciso e) del articulo 5º de la Ley Nº 26734 establece que OSINERG tiene como funcion el fiscalizar y supervisar el cumplimiento de las disposiciones tecnicas y legales del subsector electricidad, referidas a la seguridad y riesgos electricos, por parte de empresas de otros sectores, asi como de toda persona natural o juridica de derecho publico o privado; Que, en ese sentido, OSINERG prepublico el 4 de MORDAZA de 2006 en el Diario Oficial "El Peruano" el "Procedimiento para la supervision y fiscalizacion de las instalaciones de baja tension y de conexiones electricas por seguridad publica" en concordancia a lo dispuesto en el articulo 25º del Reglamento General de OSINERG, aprobado por el Decreto Supremo Nº 054-2001-PCM, con la finalidad de recibir los aportes del publico en general, los mismos que han sido objeto de comentarios en la exposicion de motivos de la presente Resolucion; De conformidad con lo dispuesto en los articulos 22º y 25º del Reglamento General de OSINERG, aprobado por Decreto Supremo Nº 054-2001-PCM; Con la opinion favorable de la Gerencia de Fiscalizacion Electrica, Gerencia Legal y de la Gerencia General; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar "Procedimiento para la supervision y fiscalizacion de las instalaciones de baja tension y de conexiones electricas por seguridad publica", contenido en el anexo adjunto y cuyo texto forma parte integrante de la presente Resolucion.

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