Norma Legal Oficial del día 19 de agosto del año 2006 (19/08/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 23

R

EP

UB

LICA DEL P E

RU

326552

NORMAS LEGALES

El Peruano sabado 19 de agosto de 2006

Vertice C Latitud 13° 47' 30.000" Sur Longitud 76° 17' 43.000" Oeste Vertice D Latitud 13° 47' 00.000" Sur Longitud 76° 17' 43.000" Oeste i) MORDAZA DE FONDEO DE BUQUES (frente a empresas pesqueras) Vertice A Latitud 13° 49' 13.000" Vertice B Latitud 13° 49' 24.000" Vertice C Latitud 13° 49' 25.000" Vertice D Latitud 13° 49' 12.000" PESQUEROS MAYORES DE 70.48 AB Sur Sur Sur Sur Longitud Longitud Longitud Longitud 76° 76° 76° 76° 15' 15' 15' 15' 11.000" 10.000" 19.000" 19.000" Oeste Oeste Oeste Oeste

Que, corresponde publicar los precios CIF de referencia para el periodo comprendido entre el 1 y el 15 de agosto de 2006; De conformidad con lo dispuesto en el Articulo 7º del Decreto Supremo Nº 115-2001-EF modificado por el Articulo 1º del Decreto Supremo Nº 184-2002-EF; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Publiquese los precios CIF de referencia para la aplicacion del Derecho Variable Adicional o rebaja arancelaria a que se refiere el Decreto Supremo Nº 115-2001-EF y modificatorias:
PRECIOS CIF DE REFERENCIA (DECRETO SUPREMO Nº 115-2001-EF) US$ por T.M. Fecha Maiz Arroz Azucar Leche entera en polvo 2 278

j)

MORDAZA DE FONDEO DE BUQUES HIDROCARBUROS Vertice A Latitud 13° 45' 14.000" Sur Vertice B Latitud 13° 45' 14.000" Sur Vertice C Latitud 13° 45' 45.000" Sur Vertice D Latitud 13° 45' 45.000" Sur

PARA TRANSFERENCIA DE Longitud Longitud Longitud Longitud 76° 76° 76° 76° 18' 17' 17' 18' 34.000" 58.000" 58.000" 34.000" Oeste Oeste Oeste Oeste

2.- Toda nave nacional o extranjera que arribe a esta Jurisdiccion, debera solicitar a su Agente Maritimo Representante, su MORDAZA de Fondeo de acuerdo al MORDAZA de operaciones que realizara, debiendo comunicar a su arribo, la posicion geografica de fondeo de la nave a la Estacion Costera MORDAZA, via MORDAZA 16 VHF. 3.- Transcribir la presente Resolucion a la Direccion de Hidrografia y Navegacion de la MORDAZA de MORDAZA del Peru, con la finalidad que sea incluida en la Carta Nautica PERU HIDRONAV 2262. 4.- Dejar sin efecto la Resolucion de Capitania Nº 025-2002 de fecha 25 MORDAZA 2002. 5.- Dejar sin efecto la Resolucion de Capitania Nº 126-2004 de fecha 28 diciembre 2004. Registrese, comuniquese como Documento Oficial Publico (D.O.P.) MORDAZA MORDAZA MORDAZA Capitan de Puerto de MORDAZA 01179-2

Del 1/8/2006 al 15/8/2006

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Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Viceministro de Economia 01227-1

EDUCACION
Designan al Presidente del Gobierno Regional de MORDAZA como representante de los Gobiernos Regionales ante el Consejo de Administracion del FONDEP
RESOLUCION SUPREMA Nº 027-2006-ED MORDAZA, 18 de agosto de 2006 CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 28332, Ley del Fondo Nacional de Desarrollo de la Educacion Peruana, se establece la organizacion y los mecanismos para el funcionamiento del precitado Fondo, creado por Ley Nº 28044, Ley General de Educacion; Que, el articulo 9º del mencionado dispositivo legal, establece que el Consejo de Administracion del FONDEP es el MORDAZA organo encargado de la administracion del Fondo. Esta constituido, entre otros, por un representante de los Gobiernos Regionales, por un periodo de cuatro anos; Que, en consecuencia resulta necesario designar al representante de los Gobiernos Regionales, ante el referido Consejo; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 560, Ley del Poder Ejecutivo, la Ley Nº 28332 y su Reglamento aprobado por el Decreto Supremo Nº 005-2005-ED; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Designar al senor MORDAZA MORDAZA Sardon, Presidente del Gobierno Regional de MORDAZA, como representante de los Gobiernos Regionales, ante el Consejo de Administracion del FONDEP. Articulo 2º.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el Ministro de Educacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Educacion 01249-10

ECONOMIA Y FINANZAS
Precios CIF de referencia para la aplicacion de Derecho Variable Adicional o rebaja arancelaria a la importacion de maiz, arroz, azucar y lacteos
RESOLUCION VICEMINISTERIAL Nº 017-2006-EF/15 MORDAZA, 18 de agosto de 2006 CONSIDERANDO: Que, por Decreto Supremo Nº 115-2001-EF y modificatorias, se establecio el Sistema de Franja de Precios para las importaciones de los productos senalados en el Anexo I del citado Decreto Supremo; Que, por Decreto Supremo Nº 184-2002-EF se modifico el Articulo 7º del Decreto Supremo Nº 115-2001EF y se dispuso que los precios CIF de referencia fueran publicados por Resolucion Viceministerial del Viceministro de Economia; Que, por Decreto Supremo Nº 094-2006-EF se dispuso que las Tablas Aduaneras del Maiz, Arroz y Lacteos, aprobadas por el Decreto Supremo Nº 0012002-EF y la Tabla Aduanera del Azucar aprobada por el Decreto Supremo Nº 153-2002-EF, modificada por los Decretos Supremos Nºs. 003-2006-EF y 074-2006-EF, tendran vigencia hasta el 30 de junio de 2007; Que, por Decreto Supremo Nº 121-2006-EF se sustituyo el numeral 3 del Anexo IV del Decreto Supremo Nº 115-2001-EF estableciendo un MORDAZA MORDAZA de referencia para el azucar MORDAZA refinada, y se sustituyo la Tabla Aduanera del Azucar aprobada por el Decreto Supremo Nº 074-2006-EF, estableciendo su vigencia hasta el 30 de junio de 2007;

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