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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 19 DE AGOSTO DEL AÑO 2006 (19/08/2006)

CANTIDAD DE PAGINAS: 89

TEXTO PAGINA: 36

NORMAS LEGALESEl Peruano sábado 19 de agosto de 2006 326565REPUBLICADELPERU (ENIEX), Organizaciones No Gubernamentales de Desarrollo (ONGD-PERU) nacionales e InstitucionesPrivadas sin fines de lucro receptoras de donaciones decarácter asistencial o educacional (IPREDA), que seencuentren inscritas en el Registro que tiene a su cargola Agencia Peruana de Cooperación Internacional (APCI), y siempre que sea aprobada por Resolución Ministerial del Sector correspondiente; Que, la ASOCIACION DE MUJERES EVANGELICAS HEFZI-BA, se encuentra inscrita en el Registro deIPREDA que conduce la Agencia Peruana de CooperaciónInternacional - APCI, de conformidad con la Directiva deprocedimientos de aceptación y aprobación,internamiento de donaciones de carácter asistencial o educacional provenientes del exterior, aprobada por Resolución Suprema Nº 508-93-PCM; Que, mediante Documento de Donación de fecha 27 de diciembre de 2005, legalizado por la Sección Consularde la Embajada del Perú en Berna se observa que,Organisation Humanitare Hilfe "PRO SCHULE OST", ha efectuado una donación a favor de la ASOCIACION DE MUJERES EVANGELICAS HEFZI-BA; Que, los bienes donados consisten en 1,077 bultos conteniendo 146 sillas, 688 artículos de prendería nueva, 3 pizarras, 108 paquetes de papel, 3 carpas, 71 juguetes, 54 materiales educativos y 4 máquinasde coser, con un peso bruto manifestado de 11,331.00kilos y un peso bruto recibido de 5,870.00 kilos, yvalorizado en 1,826.00 (Un mil ochocientos veintiséisy 00/100 Euros), arribados en un contenedor de 20´ Nº XXXX-856907-0. Donación de caridad que se distribuirá entre las personas de escasos recursos,madres de familia y pobladores más necesitados decualquier parte del Perú, así como a instituciones quebrindan apoyo social, humanitario y sanitario sindistinción de credos, ni raza; Que, mediante Decreto Supremo Nº 041-2004-EF se delega al Ministerio de Relaciones Exteriores, la facultad de aprobar mediante Resolución Ministerial la inafectación de IGV e ISC a las donaciones efectuadas a favor deENIEX, ONGD-PERU e IPREDA, a que se refiere elprimer considerando; Que, en consecuencia corresponde al Sector Relaciones Exteriores, aprobar la donación efectuadapor Organisation Humanitare Hilfe "PRO SCHULE OST"a favor de la ASOCIACION DE MUJERES EVANGELICAS HEFZI-BA; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 055-99-EF , Decreto Legislativo Nº 935, Decreto Supremo Nº 041-2004-EF y la ResoluciónSuprema Nº 508-93-PCM; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Aprobar la inafectación del Impuesto General a las Ventas (IGV) e ImpuestoSelectivo al Consumo (ISC) correspondiente a ladonación efectuada por Organisation Humanitare Hilfe"PRO SCHULE OST" a favor de la ASOCIACION DE MUJERES EVANGELICAS HEFZI-BA consistente en 1,077 bultos conteniendo 146 sillas, 688 artículos deprendería nueva, 3 pizarras, 108 paquetes de papel,3 carpas, 71 juguetes, 54 materiales educativos y 4máquinas de coser, con un peso bruto manifestadode 11,331.00 kilos y un peso bruto recibido de 5,870.00 kilos, y valorizado en 1,826.00 (Un mil ochocientos veintiséis y 00/100 Euros), arribados enun contenedor de 20´ Nº XXXX-856907-0. Donaciónde caridad que se distribuirá entre las personas deescasos recursos, madres de familia y pobladoresmás necesitados de cualquier parte del Perú, así como a instituciones que brindan apoyo social, humanitario y sanitario sin distinción de credos, niraza. Artículo Segundo.- Remitir copia de la presente Resolución a la Contraloría General de la República, a laSuperintendencia Nacional de Administración Tributaria -SUNAT y al interesado, para los efectos a que se contrae el Decreto Supremo Nº 041-2004-EF , dentro de los plazosestablecidos.Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSÉ ANTONIO GARCÍA BELAÚNDE Ministro de Relaciones Exteriores 01235-4 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 1003-RE-2006 Lima, 16 de agosto de 2006 Visto, el Expediente Nº 7712-2006, presentado por el INSTITUTO PERUANO DE INVESTIGACIÓN YDESARROLLO RIKCHARIY-IPID RIKCHARIY medianteel cual solicitan la inafectación del Impuesto General alas Ventas (IGV) e Impuesto Selectivo al Consumo (ISC) respecto a la donación recibida de la FUNDACIÓN STICHTING AYNI PERU-HOLANDA, con sede enAmsterdan, Holanda. CONSIDERANDO: Que, de acuerdo con el literal k) del artículo 2º y el segundo párrafo del artículo 67º del TUO de la Ley delImpuesto General a las Ventas - IGV e Impuesto Selectivoal Consumo - ISC, aprobado por Decreto SupremoNº 055-99-EF y normas modificatorias, no se encuentrangravadas con el IGV e ISC, entre otros, las donaciones que se realicen a favor de las Entidades e Instituciones Extranjeras de Cooperación Técnica Internacional(ENIEX), Organizaciones No Gubernamentales deDesarrollo (ONGD-PERU) nacionales e InstitucionesPrivadas sin fines de lucro receptoras de donaciones decarácter asistencial o educacional (IPREDA), que se encuentren inscritas en el Registro que tiene a su cargo la Agencia Peruana de Cooperación Internacional (APCI),y siempre que sea aprobada por Resolución Ministerialdel Sector correspondiente; Que, el INSTITUTO PERUANO DE INVESTIGACIÓN Y DESARROLLO RIKCHARIY-IPID RIKCHARIY se encuentra inscrito en el Registro de IPREDA que conduce la Agencia Peruana de CooperaciónInternacional - APCI, de conformidad con la Directiva deprocedimientos de aceptación y aprobación,internamiento de donaciones de carácter asistencial oeducacional provenientes del exterior, aprobada por Resolución Suprema Nº 508-93-PCM; Que, mediante Certificado de Donación, ambos de fecha 18 de febrero de 2005, legalizados por el ConsuladoGeneral del Perú en Amsterdam se observa que,FUNDACIÓN STICHTING AYNI PERU-HOLANDA haefectuado una donación a favor del INSTITUTO PERUANO DE INVESTIGACIÓN Y DESARROLLO RIKCHARIY-IPID RIKCHARIY; Que, los bienes donados consisten en (1 tanque de refrigeración, dos (2) impresoras, un (1) fax, diez (10)computadoras, diecisiete (17) máquinas de coser, cientoquince (115) cajas con zapatos, juguetes, cuadernos, lapiceros, lanas, y doscientos cincuenta y cinco (255) bolsas con ropa, frazadas, sábanas, toallas y telas, conun valor FOB US$ 1,216 (Un mil doscientos dieciséis y00/100 Dólares Americanos) con un peso de 3,500 kilos,amparados con Declaración Única de Aduanas Nº 118-2005-10-062525-01-5-00 de fecha 4-mayo-2005. La donación está destinada a la Región de Apurímac (Grau, Abancay y Antabambas); Que, mediante Decreto Supremo Nº 041-2004-EF se delega al Ministerio de Relaciones Exteriores, la facultadde aprobar mediante Resolución Ministerial la inafectaciónde IGV e ISC a las donaciones efectuadas a favor de ENIEX, ONGD-PERU e IPREDA, a que se refiere el primer considerando; Que, en consecuencia corresponde al Sector Relaciones Exteriores, aprobar la donación efectuadapor la FUNDACIÓN STICHTING AYNI PERU-HOLANDA -a favor del INSTITUTO PERUANO DE INVESTIGACIÓN Y DESARROLLO RIKCHARIY-IPID RIKCHARIY; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 055-99-EF , Decreto Legislativo Nº 935,