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NORMAS LEGALESEl Peruano sábado 19 de agosto de 2006 326563REPUBLICADELPERU que se realicen a favor de las Entidades e Instituciones Extranjeras de Cooperación Técnica Internacional(ENIEX), Organizaciones No Gubernamentales deDesarrollo (ONGD-PERU) nacionales e InstitucionesPrivadas sin fines de lucro receptoras de donaciones decarácter asistencial o educacional (IPREDA), que se encuentren inscritas en el Registro que tiene a su cargo la Agencia Peruana de Cooperación Internacional (APCI),y siempre que sea aprobada por Resolución Ministerialdel Sector correspondiente; Que, la MISION CRISTIANA CAMINO DE VIDA, se encuentra inscrita en el Registro de IPREDA que conduce la Agencia Peruana de Cooperación Internacional - APCI, de conformidad con la Directiva deprocedimientos de aceptación y aprobación,internamiento de donaciones de carácter asistencial oeducacional provenientes del exterior, aprobada porResolución Suprema Nº 508-93-PCM; Que, mediante Certificado de Donación de fecha 8 de noviembre de 2005, legalizado por el Consulado del Perú en Los Angeles se observa que, Free WheelchairMission ha efectuado una donación a favor de la MISIONCRISTIANA CAMINO DE VIDA; Que, los bienes donados consisten en 1,224 bultos conteniendo 1,100 juegos de equipo y chasis de silla de ruedas, 400 piezas de arneses ajustables, 1,100piezas de cojines de esponja de 3", 100 juegos deequipos de herramientas, 100 piezas de cámarasneumáticas, 1,100 piezas de juego de parches, 40piezas de infladores de pie, 100 llaves extra 19 mm., 1,100 piezas de infladores, y 1,100 piezas de clips de inflador, con un peso bruto manifestado de 22,000.00kilos y un peso bruto recibido de 20,780.00 kilos, ycon un valor FOB de US$ 33,293.00 (Treinta y tres mildoscientos noventa y tres y 00/100 Dólaresamericanos), amparados con Declaración Única de Aduanas Nº 118-10-191700 de fecha 19-Dic-05, arribados en dos contenedores de 40´Nº INKU2867693 y Nº TRLU6640785. La donación serádistribuida a favor de personas discapacitadas deescasos recursos económicos, preferentemente deLima, Piura, Lambayeque y Junín; Que, mediante Decreto Supremo Nº 041-2004-EF se delega al Ministerio de Relaciones Exteriores, la facultadde aprobar mediante Resolución Ministerial la inafectaciónde IGV e ISC a las donaciones efectuadas a favor deENIEX, ONGD-PERU e IPREDA, a que se refiere elprimer considerando; Que, en consecuencia corresponde al Sector Relaciones Exteriores, aprobar la donación efectuadapor Free Wheelchair Mission a favor de la MISIONCRISTIANA CAMINO DE VIDA; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 055-99-EF , Decreto Legislativo Nº 935, Decreto Supremo Nº 041-2004-EF y la Resolución Suprema Nº 508-93-PCM; SE RESUELVE:Artículo Primero.- Aprobar la inafectación del Impuesto General a las Ventas (IGV) e Impuesto Selectivo al Consumo (ISC) correspondiente a ladonación efectuada por Free Wheelchair Mission a favorde la MISION CRISTIANA CAMINO DE VIDA, consistenteen 1,224 bultos conteniendo 1,100 juegos de equipo ychasis de silla de ruedas, 400 piezas de arneses ajustables, 1,100 piezas de cojines de esponja de 3", 100 juegos de equipos de herramientas, 100 piezas decámaras neumáticas, 1,100 piezas de juego de parches,40 piezas de infladores de pie, 100 llaves extra 19 mm.,1,100 piezas de infladores, y 1,100 piezas de clips deinflador, con un peso bruto manifestado de 22,000.00 kilos y un peso bruto recibido de 20,780.00 kilos, y con un valor FOB de US$ 33,293.00 (Treinta y tres mildoscientos noventa y tres y 00/100 Dólares americanos),amparados con Declaración Única de Aduanas Nº 118-10-191700 de fecha 19-Dic-05, arribados en doscontenedores de 40´ Nº INKU2867693 y Nº TRLU6640785. La donación será distribuida a favor de personas discapacitadas de escasos recursoseconómicos, preferentemente de Lima, Piura,Lambayeque y Junín.Artículo Segundo.- Remitir copia de la presente Resolución a la Contraloría General de la República, a la Superintendencia Nacional de Administración Tributaria -SUNAT y al interesado, para los efectos a que se contraeel Decreto Supremo Nº 041-2004-EF , dentro de los plazosestablecidos. Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSÉ ANTONIO GARCÍA BELAÚNDE Ministro de Relaciones Exteriores 01235-1 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 1000-RE-2006 Lima, 16 de agosto de 2006 Visto, el Expediente Nº 6980-2006, presentado por la asociación INSTITUTO PERUANO DE PATERNI-DAD RESPONSABLE - INPPARES, mediante el cualsolicita la inafectación del Impuesto General a las Ventas (IGV) e Impuesto Selectivo al Consumo (ISC) respecto a la donación recibida de InternationalPlanned Parenthood Federation, con sede en la ciudadde Nueva York, Nueva York, Estados Unidos deAmérica. CONSIDERANDO: Que, de acuerdo con el literal k) del artículo 2º y el segundo párrafo del artículo 67º del TUO de la Ley delImpuesto General a las Ventas - IGV e Impuesto Selectivoal Consumo - ISC, aprobado por Decreto Supremo Nº 055-99-EF y normas modificatorias, no se encuentran gravadas con el IGV e ISC, entre otros, las donacionesque se realicen a favor de las Entidades e InstitucionesExtranjeras de Cooperación Técnica Internacional(ENIEX), Organizaciones No Gubernamentales deDesarrollo (ONGD-PERU) nacionales e Instituciones Privadas sin fines de lucro receptoras de donaciones de carácter asistencial o educacional (IPREDA), que seencuentren inscritas en el Registro que tiene a su cargola Agencia Peruana de Cooperación Internacional (APCI),y siempre que sea aprobada por Resolución Ministerialdel Sector correspondiente; Que, la asociación INSTITUTO PERUANO DE PATERNIDAD RESPONSABLE - INPPARES, seencuentra inscrita en el Registro de IPREDA queconduce la Agencia Peruana de CooperaciónInternacional - APCI, de conformidad con la Directivade procedimientos de aceptación y aprobación, internamiento de donaciones de carácter asistencial o educacional provenientes del exterior, aprobada porResolución Suprema Nº 508-93-PCM; Que, mediante Certificado de Donación de fecha 27 de setiembre de 2005, legalizado por el ConsuladoGeneral del Perú en Nueva York se observa que, International Planned Parenthood Federation, ha efectuado una donación a favor de la asociaciónINSTITUTO PERUANO DE PATERNIDAD RESPON-SABLE - INPPARES; Que, los bienes donados consisten en tres (3) bultos conteniendo 500 unidades de Coppert T380A (C/W backer card), 105 gruesas de condones, 300 frascos de Depo Provera 1 ml., y 300 unidades dejeringas, con un peso bruto de 57.00 kilos y valorizadoen US$ 999.32 (Novecientos noventa y nueve y 32/100 Dólares americanos). Para el programa deplanificación familiar del Instituto Peruano de Paternidad Responsable - INPPARES; Que, mediante Decreto Supremo Nº 041-2004-EF se delega al Ministerio de Relaciones Exteriores, la facultadde aprobar mediante Resolución Ministerial la inafectaciónde IGV e ISC a las donaciones efectuadas a favor deENIEX, ONGD-PERU e IPREDA, a que se refiere el primer considerando; Que, en consecuencia corresponde al Sector Relaciones Exteriores, aprobar la donación efectuadapor International Planned Parenthood Federation a favor