Norma Legal Oficial del día 19 de agosto del año 2006 (19/08/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 37

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326566

NORMAS LEGALES

El Peruano sabado 19 de agosto de 2006

Decreto Supremo Nº 041-2004-EF y la Resolucion Suprema Nº 508-93-PCM; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Aprobar la Inafectacion del Impuesto General a las Ventas (IGV) e Impuesto Selectivo al Consumo (ISC) correspondiente a la donacion efectuada por la FUNDACION STICHTING AYNI PERU-HOLANDA a favor del INSTITUTO PERUANO DE INVESTIGACION Y DESARROLLO RIKCHARIY-IPID RIKCHARIY consistente consisten en (1 tanque de refrigeracion, dos (2) impresoras, un (1) fax, diez (10) computadoras, diecisiete (17) maquinas de coser, ciento quince (115) MORDAZA con zapatos, juguetes, cuadernos, lapiceros, lanas, y doscientos cincuenta y cinco (255) bolsas con ropa, frazadas, sabanas, toallas y telas, con un valor FOB US$ 1,216 (Un mil doscientos dieciseis y 00/100 Dolares Americanos) con un peso de 3,500 kilos, amparados con Declaracion Unica de Aduanas Nº 118-2005-10-062525-01-5-00 de fecha 4-mayo2005. La donacion esta destinada a la Region de MORDAZA (Grau, Abancay y Antabambas). Articulo Segundo.- Remitir MORDAZA de la presente Resolucion a la Contraloria General de la Republica, a la Superintendencia Nacional de Administracion Tributaria -SUNAT y al interesado, para los efectos a que se contrae el Decreto Supremo Nº 041-2004-EF, dentro de los plazos establecidos. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA BELAUNDE Ministro de Relaciones Exteriores 01235-5

en MORDAZA, Reino de Espana, a partir de la fecha y hasta el 31 de MORDAZA de 2007. Articulo Segundo.- Aplicar el egreso que irrogue la presente Resolucion a las partidas correspondientes del Pliego Presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA BELAUNDE Ministro de Relaciones Exteriores 01235-6

SALUD
Amplian prestaciones del Seguro Integral de Salud para la poblacion de moto taxistas a nivel nacional
DECRETO SUPREMO Nº 018-2006-SA EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, conforme a lo establecido en los articulos 9º y 11º de la Constitucion Politica del Peru, todos tienen derecho a la proteccion de su salud, encontrandose garantizado por parte del Estado el libre acceso a las prestaciones de salud; Que, el articulo VII del Titulo Preliminar de la Ley Nº 26842 - Ley General de Salud, establece que el Estado promueve el aseguramiento universal y progresivo de la poblacion para la proteccion de las contingencias que pueden afectar su salud y, garantiza la libre eleccion de sistemas previsionales, sin perjuicio de un sistema obligatoriamente impuesto por el Estado para que nadie quede desprotegido; Que, la Decimo Tercera Politica de Estado propuesta por el Acuerdo Nacional, propicia el acceso universal a los servicios de salud y a la seguridad social, lo cual debe ser implementado progresivamente para evitar la saturacion de la oferta prestacional y estimulacion de la demanda; Que, por Ley Nº 27657 se crea el Seguro Integral de Salud, de la fusion del Seguro Escolar Gratuito y el Seguro MORDAZA Infantil y por Decreto Supremo Nº 006-2006-SA y el Decreto Supremo Nº 015-2006SA, se regulan las prestaciones del Seguro Integral de Salud (SIS), propiciando que las personas que carecen de un seguro de salud y que se encuentran en estado de pobreza y extrema pobreza, tengan acceso a las prestaciones de salud en los establecimientos de salud, priorizandose a la poblacion MORDAZA infantil y los adolescentes; Que es preocupacion del Gobierno se vaya extendiendo los beneficios del Seguro Integral de Salud a sectores hoy desprotegidos, de los servicios de salud y de la seguridad social; Que, el numeral 6 del articulo 4º del Decreto Supremo Nº 010-2004-SA, establece como una de las acciones para el fortalecimiento del Aseguramiento Publico en Salud, la implementacion de una politica de tarifas basada en costos, en la transparencia y en la capacidad de pago de los usuarios, para que puedan ejercer su derecho de libre eleccion y la fiscalizacion de su aplicacion en los servicios de salud; Que, contandose con este MORDAZA factico y legal, por ser de orden prioritario, es necesario incluir en el Componente de Aseguramiento Semi Contributivo del Seguro Integral de Salud, a la poblacion de moto taxistas que se encuentran en capacidad de efectuar un aporte economico minimo por concepto del seguro de salud respectivo; Estando a lo acordado; y, De conformidad con lo dispuesto en el numeral 8. del articulo 118º de la Constitucion Politica del Peru;

Designan Agregado Civil para Asuntos Consulares en el Consulado General del Peru en MORDAZA, Reino de Espana
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 1004/RE-2006 MORDAZA, 16 de agosto de 2006 CONSIDERANDO: Que, para el ejercicio de ciertas funciones especializadas el Ministerio de Relaciones Exteriores, puede designar agregados a las Misiones Diplomaticas dentro de los limites que establece el Decreto Ley Nº 25957; Que, el Consulado General del Peru en MORDAZA, requiere para el mejor cumplimiento de sus funciones contar con los servicios de un funcionario especializado en el area consular que permita apoyar las labores propias de dicho Consulado General; Que, el Ministerio de Relaciones Exteriores podra designar a personal diplomatico altamente calificado y en situacion de retiro para prestar servicios en Misiones Diplomaticas y Consulares; De conformidad con el articulo 19º de la Ley Nº 28091, Ley del Servicio Diplomatico de la Republica; el inciso m) del articulo 5º del Decreto Ley Nº 26112, Ley Organica del Ministerio de Relaciones Exteriores; el Decreto Legislativo Nº 560, Ley del Poder Ejecutivo, los articulos 3º y 6º de la Ley Nº 27594, Ley que regula la participacion del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designacion de funcionarios publicos; y el Decreto Ley Nº 25957, que establece el porcentaje limite del cual no podra exceder el personal de confianza; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Designar al Consejero (r) en el Servicio Diplomatico de la Republica, MORDAZA MORDAZA Gonzalez-Olaechea MORDAZA, como Agregado Civil para Asuntos Consulares en el Consulado General del Peru

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