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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 19 DE AGOSTO DEL AÑO 2006 (19/08/2006)

CANTIDAD DE PAGINAS: 89

TEXTO PAGINA: 35

NORMAS LEGALESREPUBLICADELPERU 326564El Peruano sábado 19 de agosto de 2006 de la asociación INSTITUTO PERUANO DE PATERNIDAD RESPONSABLE - INPPARES; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 055-99-EF , Decreto Legislativo Nº 935,Decreto Supremo Nº 041-2004-EF y la ResoluciónSuprema Nº 508-93-PCM; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Aprobar la inafectación del Impuesto General a las Ventas (IGV) e ImpuestoSelectivo al Consumo (ISC) correspondiente a la donación efectuada por International Planned Parenthood Federation a favor de la asociación INSTITUTOPERUANO DE PATERNIDAD RESPONSABLE -INPPARES consistente en 500 unidades de CoppertT380A (C/W backer card), 105 gruesas de condones,300 frascos de Depo Provera 1 ml., y 300 unidades de jeringas, con un peso bruto de 57.00 kilos y valorizado en US$ 999.32 (Novecientos noventa y nueve y 32/100Dólares americanos). Para el programa de planificaciónfamiliar del Instituto Peruano de Paternidad Responsable- INPPARES. Artículo Segundo.- Remitir copia de la presente Resolución a la Contraloría General de la República, a la Superintendencia Nacional de Administración Tributaria-SUNAT y al interesado, para los efectos a que se contraeel Decreto Supremo Nº 041-2004-EF , dentro de los plazosestablecidos. Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSÉ ANTONIO GARCÍA BELAÚNDE Ministro de Relaciones Exteriores 001235-2 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 1001-2006-RE Lima, 16 de agosto de 2006 Vistos, los Expedientes Nº 1217-2006, Nº 3248- 2006, Nº 3984-2006 y Nº 4414-2006, presentados porSOCIOS EN SALUD - SUCURSAL PERU, mediantelos cuales solicita la inafectación del Impuesto Generala las Ventas (IGV) e Impuesto Selectivo al Consumo (ISC) respecto a la donación recibida de International Dispensary Association - IDA, con sede en Amsterdam,Holanda. CONSIDERANDO: Que, de acuerdo con el literal k) del artículo 2º y el segundo párrafo del artículo 67º del TUO de la Ley delImpuesto General a las Ventas - IGV e ImpuestoSelectivo al Consumo - ISC, aprobado por DecretoSupremo Nº 055-99-EF y normas modificatorias, nose encuentran gravadas con el IGV e ISC, entre otros, las donaciones que se realicen a favor de las Entidades e Instituciones Extranjeras de Cooperación TécnicaInternacional (ENIEX), Organizaciones NoGubernamentales de Desarrollo (ONGD-PERU)nacionales e Instituciones Privadas sin fines de lucroreceptoras de donaciones de carácter asistencial o educacional (IPREDA), que se encuentren inscritas en el Registro que tiene a su cargo la Agencia Peruanade Cooperación Internacional (APCI), y siempre quesea aprobada por Resolución Ministerial del Sectorcorrespondiente; Que, SOCIOS EN SALUD - SUCURSAL PERU, se encuentra inscrita en el Registro de ENIEX que conduce la Agencia Peruana de Cooperación Internacional - APCI,de conformidad con el Decreto Legislativo Nº 719-91-PCM - Ley de Cooperación Técnica Internacional y elDecreto Supremo Nº 015-92-PCM Reglamento de la Leyde Cooperación Técnica Internacional; Que, mediante Certificado de Donación de fecha 31 de octubre de 2005, legalizado por el ConsuladoGeneral del Perú en Amsterdam se observa que,International Dispensary Association - IDA haefectuado una donación a favor de SOCIOS EN SALUD - SUCURSAL PERU; Que, los bienes donados consisten en un (1) cartón conteniendo 10,800 cápsulas de Cycloserine 250 mg.,con un peso bruto de 12.00 kilos y un valor CIF deUS$ 1,729.98 (Un mil setecientos veintinueve y 98/100 Dólares americanos), para ser distribuidos gratuitamente a los pacientes que se encuentran registrados en laEstrategia Sanitaria Nacional de Prevención y Controlde Tuberculosis (Ex Programa Nacional de Control deTuberculosis) del Ministerio de Salud; Que, mediante Decreto Supremo Nº 041-2004-EF se delega al Ministerio de Relaciones Exteriores, la facultad de aprobar mediante Resolución Ministerial la inafectaciónde IGV e ISC a las donaciones efectuadas a favor deENIEX, ONGD-PERU e IPREDA, a que se refiere elprimer considerando; Que, en consecuencia corresponde al Sector Relaciones Exteriores, aprobar la donación efectuada por International Dispensary Association - IDA a favorde SOCIOS EN SALUD - SUCURSAL PERU; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 055-99-EF , Decreto Legislativo Nº 935,Decreto Supremo Nº 041-2004-EF y la Resolución Suprema Nº 508-93-PCM; SE RESUELVE:Artículo Primero.- Aprobar la inafectación del Impuesto General a las Ventas (IGV) e Impuesto Selectivo al Consumo (ISC) correspondiente a la donación efectuada por International DispensaryAssociation - IDA a favor de SOCIOS EN SALUD -SUCURSAL PERU consistente en un (1) cartónconteniendo 10,800 cápsulas de Cycloserine 250 mg.,con un peso bruto de 12.00 kilos y un valor CIF de US$ 1,729.98 (Un mil setecientos veintinueve y 98/ 100 Dólares americanos), para ser distribuidosgratuitamente a los pacientes que se encuentranregistrados en la Estrategia Sanitaria Nacional dePrevención y Control de Tuberculosis (Ex ProgramaNacional de Control de Tuberculosis) del Ministerio de Salud. Artículo Segundo.- Remitir copia de la presente Resolución a la Contraloría General de la República, a laSuperintendencia Nacional de Administración Tributaria-SUNAT y al interesado, para los efectos a que se contraeel Decreto Supremo Nº 041-2004-EF , dentro de los plazos establecidos. Regístrese, comuníquese y publíquese.JOSÉ ANTONIO GARCÍA BELAÚNDE Ministro de Relaciones Exteriores 01235-3 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 1002-RE-2006 Lima, 16 de agosto de 2006 Visto, los Expedientes Nº 4692-2006 y Nº 7551- 2006, presentados por la ASOCIACION DE MUJERESEVANGELICAS HEFZI-BA, mediante los cuales solicita la inafectación del Impuesto General a las Ventas (IGV) e Impuesto Selectivo al Consumo (ISC)respecto a la donación recibida de OrganisationHumanitare Hilfe "PRO SCHULE OST", con sede enWinden, Suiza. CONSIDERANDO: Que, de acuerdo con el literal k) del artículo 2º y el segundo párrafo del artículo 67º del TUO de la Ley delImpuesto General a las Ventas - IGV e Impuesto Selectivoal Consumo - ISC, aprobado por Decreto Supremo Nº 055-99-EF y normas modificatorias, no se encuentran gravadas con el IGV e ISC, entre otros, las donacionesque se realicen a favor de las Entidades e InstitucionesExtranjeras de Cooperación Técnica Internacional