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NORMAS LEGALESEl Peruano sábado 19 de agosto de 2006 326555REPUBLICADELPERU demás normas aplicables, es procedente otorgar las garantías señaladas por estos dispositivos; De conformidad con lo dispuesto en los numerales 8) y 24) del artículo 118º de la Constitución Política del Perúy el Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica deHidrocarburos, aprobado por Decreto Supremo Nº 042- 2005-EM; DECRETA:Artículo 1º.- Del lote objeto del contrato Aprobar la conformación, extensión, delimitación y nomenclatura del área inicial del Lote 123, ubicado entre las provincias de Maynas y Loreto deldepartamento de Loreto, adjudicándolo aPERUPETRO S.A. y declarándolo materia desuscripción del contrato. El mapa y memoriadescriptiva de dicho Lote forman parte integrante del presente Decreto Supremo. Artículo 2º.- De la aprobación del contrato Aprobar el Contrato de Licencia para la Exploración y Explotación de Hidrocarburos en el Lote 123, que constade una (1) Cláusula Preliminar, veintidós (22) Cláusulas y diez (10) Anexos, a celebrarse entre PERUPETRO S.A. y BURLINGTON RESOURCES PERU LIMITED,SUCURSAL PERUANA, con intervención del BancoCentral de Reserva del Perú, para garantizar a la empresaContratista lo establecido en los artículos 63º y 66º delTexto Único Ordenado de la Ley Orgánica de Hidrocarburos, aprobado por Decreto Supremo Nº 042- 2005-EM. Artículo 3º.- De la autorización para suscribir el contrato Autorizar a PERUPETRO S.A. a suscribir con BURLINGTON RESOURCES PERU LIMITED, SUCURSAL PERUANA, el Contrato de Licencia parala Exploración y Explotación de Hidrocarburos en elLote 123, aprobado por el presente DecretoSupremo. Artículo 4º.- Del refrendo El presente Decreto Supremo será refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas y por el Ministro deEnergía y Minas. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los dieciocho días del mes de agosto del año dos mil seis. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República LUIS CARRANZA UGARTE Ministro de Economía y Finanzas JUAN VALDIVIA ROMERO Ministro de Energía y Minas 01249-5 DECRETO SUPREMO Nº 050-2006-EM EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, es política del Gobierno promover el desarrollo de las actividades hidrocarburíferas, a fin de garantizarel futuro abastecimiento de combustibles sobre la base de la libre competencia; Que, mediante el Decreto Supremo Nº 042-2005-EM, se aprobó el Texto Único Ordenado de la Ley Orgánicade Hidrocarburos, que regula las actividades dehidrocarburos en el territorio nacional; Que, el artículo 10º del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica de Hidrocarburos, establece diferentes formas contractuales para realizaractividades de exploración y/o explotación dehidrocarburos;Que, PERUPETRO S.A., conforme a lo establecido en los artículos 6º y 11º del Texto Único Ordenado de laLey Orgánica de Hidrocarburos, ha sido autorizado paranegociar y celebrar contratos para exploración y/oexplotación de hidrocarburos, previa negociación directao por convocatoria; Que, al amparo de las facultades señaladas en el considerando precedente, PERUPETRO S.A. hanegociado con BURLINGTON RESOURCES PERULIMITED, SUCURSAL PERUANA, el Proyecto deContrato de Licencia para la Exploración y Explotaciónde Hidrocarburos en el Lote 124, ubicado entre las provincias de Maynas y Loreto del departamento de Loreto; Que, mediante Acuerdo de Directorio Nº 048-2006 de fecha 31 de mayo de 2006, el Directorio dePERUPETRO S.A. aprobó el Proyecto de Contrato deLicencia para la Exploración y Explotación de Hidrocarburos en el Lote 124, elevándolo al Poder Ejecutivo para su consideración y respectiva aprobación; Que, de acuerdo con lo establecido en los artículos 63º y 66º del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánicade Hidrocarburos, en el Decreto Legislativo Nº 668 y demás normas aplicables, es procedente otorgar las garantías señaladas por estos dispositivos; De conformidad con lo dispuesto en los numerales 8) y 24) del artículo 118º de la Constitución Política del Perúy el Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica deHidrocarburos, aprobado por Decreto Supremo Nº 042- 2005-EM; DECRETA:Artículo 1º.- Del lote objeto del contrato Aprobar la conformación, extensión, delimitación y nomenclatura del área inicial del Lote 124, ubicado entre las provincias de Maynas y Loreto del departamento deLoreto, adjudicándolo a PERUPETRO S.A. ydeclarándolo materia de suscripción del contrato. El mapay memoria descriptiva de dicho Lote forman parteintegrante del presente Decreto Supremo. Artículo 2º.- De la aprobación del contrato Aprobar el Contrato de Licencia para la Exploración y Explotación de Hidrocarburos en el Lote 124, que constade una (1) Cláusula Preliminar, veintidós (22) Cláusulasy diez (10) Anexos, a celebrarse entre PERUPETRO S.A. y BURLINGTON RESOURCES PERU LIMITED, SUCURSAL PERUANA, con intervención del BancoCentral de Reserva del Perú, para garantizar a la empresaContratista lo establecido en los artículos 63º y 66º delTexto Único Ordenado de la Ley Orgánica deHidrocarburos, aprobado por Decreto Supremo Nº 042- 2005-EM. Artículo 3º.- De la autorización para suscribir el contrato Autorizar a PERUPETRO S.A. a suscribir con BURLINGTON RESOURCES PERU LIMITED, SUCURSAL PERUANA, el Contrato de Licencia para la Exploración y Explotación de Hidrocarburos en el Lote124, aprobado por el presente Decreto Supremo. Artículo 4º.- Del refrendo El presente Decreto Supremo será refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas y por el Ministro de Energía y Minas. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los dieciocho días del mes de agosto del año dos mil seis. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República LUIS CARRANZA UGARTE Ministro de Economía y Finanzas JUAN VALDIVIA ROMERO Ministro de Energía y Minas 01249-6