Norma Legal Oficial del día 24 de agosto del año 2006 (24/08/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 42

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LICA DEL P E

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326820

NORMAS LEGALES

El Peruano jueves 24 de agosto de 2006

responsabilidad fiscal de los ex funcionarios de Registro Unificado la suma de S/.5,558.72 Nuevos Soles, y otras Cuentas por Cobrar por S/.3,701.02 Nuevos Soles (Conclusion Nº 2.23 y Hallazgo de Auditoria 3.23); Que, en el Hallazgo de Auditoria 3.23 del Informe Nº 001-98-RENOM/ORAI, se determina que existe responsabilidad administrativa de la ex Directora Ejecutiva del Ex Proyecto Especial Registro Unificado, Ing. MORDAZA Otoya MORDAZA y del ex Administrador Ing. MORDAZA de la MORDAZA MORDAZA, al haber incumplido con los dispuesto en los Incs. a) y b) del Art. 21 del D. L. Nº 276 Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa; Que, mediante Oficio Nº 1134-2005-G.R.LAMB/ DRS.TCA-DR, de fecha 15-11-05, el Econ. Jhony H e r e d i a Pa i va , D i r e c t o r R e g i o n a l d e Tu r i s m o, Comercio y Artesania del Gobierno Regional MORDAZA, solicita la emision de la Resolucion Ejecutiva Regional que autorice al Procurador Publico Regional el inicio de las acciones legales que correspondan, respecto a la implementacion de la Recomendacion efectuada por la Oficina Regional de Control Institucional, referida a la recuperacion del monto de S/.10,333.74 Nuevos Soles, por concepto de prestamos administrativos, responsabilidad fiscal a los ex funcionarios de Registro Unificado y Otras Cuentas por Cobrar; Que, mediante Informe Legal Nº 037-2006-GR.LAMB/ ORAJ, de fecha 31-01-2006, la Oficina Regional de Asesoria Juridica del Gobierno Regional MORDAZA, opina que se remitan los actuados del Oficio Nº 11342005-GR.LAMB/DRS.TCA-DR, al Directorio de Gerentes Regionales; Que, por Resolucion Ejecutiva Regional Nº 262-2003GR.LAMB/PR, se designo al Dr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, como Procurador Publico Regional del Gobierno Regional Lambayeque; Que, el articulo N° 11 del Decreto Supremo N° 0022003-JUS, Reglamento de la Representacion y Defensa de los Derechos e Intereses del Estado a nivel de Gobierno Regional, prescribe para que el Procurador inicie cualquier MORDAZA en nombre y representacion del Gobierno Regional, debera contar con autorizacion por Resolucion Ejecutiva Regional, con acuerdo de los Gerentes Regionales; Que, por Acuerdo del Directorio de Gerentes del Gobierno Regional, en Sesion realizada el dia 06-022006, se acordo autorizar al Procurador Publico Regional el inicio de las acciones legales que correspondan, de acuerdo a lo senalado por el Art. 11 del Decreto Supremo Nº 002-2003-JUS, en concordancia con el Art. 78 de la Ley Nº 27867 Ley Organica de Gobiernos Regionales; Con la visacion de la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, Gerencia Regional de Infraestructura, Gerencia Regional de Desarrollo Social, Gerencia Regional de Desarrollo Economico, Gerencia Regional de Recursos Naturales y Gestion del Medio Ambiente, Oficina Regional de Administracion, Oficina Regional de Asesoria Juridica y la conformidad de Gerencia General Regional; Estando a lo dispuesto por la Ley Nº 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales, su modificatoria Ley Nº 27902 y en aplicacion de lo establecido en el Art. 11 del D.S. Nº 002-2003-JUS; SE RESUELVE: Articulo Primero.- AUTORIZAR al Procurador Publico Regional del Gobierno Regional MORDAZA, Dr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, para que inicie las acciones legales que correspondan contra los presuntos responsables respecto a la Recomendacion 4.5. del Informe Nº001-98-RENOM/ORAI "Examen Especial al Ex Proyecto Especial de Registro Unificado" y Recomendacion 4.7 del Informe Nº 029-2004GR.LAMB/ORCI; a fin de recuperar el monto de S/.10,333.74 Nuevos Soles, por concepto de Prestamos Administrativos a los servidores del citado Proyecto por la suma de S/.1,073.50 Nuevos Soles, responsabilidad fiscal de los ex funcionarios por S/.5,558.72 Nuevos Soles y Otras Cuentas por Cobrar por S/.3,701.02 Nuevos Soles.

Articulo Segundo.- Remitir todos los actuados, a la Procuraduria Publica del Gobierno Regional MORDAZA, transcribiendo la presente Resolucion Ejecutiva Regional para su conocimiento y fines pertinentes, ademas de publicarse en el Diario Oficial "El Peruano" y MORDAZA Electronico del Gobierno Regional Lambayeque. Registrese, comuniquese y publiquese YEHUDE MORDAZA MUNARO Presidente Regional 01310-1

GOBIERNO REGIONAL DE PASCO
Aprueban exoneracion de MORDAZA de seleccion para la ejecucion y supervision de construccion de tramo de la carretera Huachon - Huancabamba
ACUERDO Nº 104-2006-GRP/CR Cerro de Pasco, 11 agosto del 2006 EL CONSEJO REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL PASCO, en Sesion Extraordinaria del dia diez de agosto del ano dos mil seis, por unanimidad ha aprobado la Ordenanza Regional siguiente: CONSIDERANDO: Que, en conformidad con lo establecido en el Articulo 191º de la Constitucion Politica del Estado, los Gobiernos Regionales tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia, MORDAZA concordante con el Articulo 2º de la Ley Nº 27867- Ley Organica de los Gobiernos Regionales; Que, el Articulo 5º de la Ley Nº 27867- Ley Organica de los Gobiernos Regionales senala que es mision de los Gobiernos Regionales organizar y conducir la gestion publica regional de acuerdo a sus competencias exclusivas, compartidas y delegadas, en el MORDAZA de las politicas nacionales y sectoriales, para contribuir al desarrollo sostenible de la region; Que, de conformidad al Articulo 21º del Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM- Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado establece que se considera situacion de desabastecimiento inminente aquella situacion extraordinaria e imprevisible en la que la ausencia de determinado bien, servicio u obra compromete en forma directa e inminente la continuidad de las funciones, servicios, actividades u operaciones productivas que la entidad tiene a su cargo de manera esencial. Dicha situacion faculta a la Entidad a la adquisicion o contratacion de los bienes, servicios u obras solo por el tiempo o cantidad, segun sea el caso, necesario para resolver la situacion y llevar a cabo el MORDAZA de seleccion que corresponda; Que, el Articulo 141º del Decreto Supremo Nº 0842004- Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado menciona que la necesidad de los bienes, servicios u obras debe ser actual y urgente para atender los requerimientos inmediatos, o pudiendose invocar la existencia de una situacion de desabastecimiento inminente en supuestos como en via de regularizacion, por periodos de tiempo requerido para paliar la situacion y para satisfacer las necesidades anteriores a la fecha de aprobacion de la exoneracion; Que, mediante Oficio Nº 128-2006-MDH/A, la Municipalidad Distrital de Huachon mencionan que habiendo suscrito el acuerdo con Pro-Inversion el 16 de enero del 2002, ratificados el 16 de enero del 2004, del Estudio y construccion de la Carretera HuachonHuancabamba, a la fecha se encuentran incumplidos. El MTC a traves de Provias Departamental observo y no viabilizo el estudio definitivo, que ejecuto

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