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NORMAS LEGALESREPUBLICADELPERU 326816El Peruano jueves 24 de agosto de 2006 por un período máximo de noventa días en un período no mayor de un año. Que el citado no acreditado y/o cumplido con enviar en forma obligatoria un informe detallado delAvance de sus estudios y copias fotostáticas de las calificaciones obtenidas o el informe final al haberse cumplido en exceso el tiempo de duración de lamaestría, en tal sentido ha contravenido lo dispuesto en el Art. Segundo de la Resolución Ejecutiva Regional Nº 149-2003-GOBIERNO REGIONAL AMAZONAS/PR, asimismo ha vulnerado lo prescrito en el numeral 123.3 del Art. 123º de la Ley Nº 27444, al no haberse presentado físicamente dentro del tercer día ladocumentación remitida a este Nosocomio vía fax a través el cual solicita sin goce de haber. Que de conformidad con los medios probatorios evaluados así como los informes legales del Director de Asesoría Jurídica de la Dirección Regional de Salud y de la Red de Salud Bagua, la Comisión de ProcesoAdministrativo Disciplinario del Hospital de Apoyo “Gustavo Lanatta Luján” Bagua, ha determinado que el servidor Carlos Miguel Aguilar Cisneros, incurrido en lafalta administrativa prevista en el inciso k) del Art. 28º del Decreto Legislativo Nº 276, por lo que recomienda su DESTITUCIÓN; Estando a lo recomendado por la Comisión de Procesos Administrativos del Hospital de Apoyo “Gustavo Lanatta Luján” Bagua en su Informe Final, Oficio Nº 003-2006-GOB.REG.AMAZONAS/HAB-CPPAD de fecha 26 de junio del 2006; SE RESUELVE: Artículo Primero.- DESTITUIR al servidor Carlos Miguel Aguilar Cisneros, de cargo Psicólogo I, categoría 24, del Hospital de Apoyo “Gustavo Lanatta Luján” Bagua, por haber incurrido en la Falta DisciplinariaAdministrativa prevista en el Art. 28º inciso k) del Decreto Legislativo Nº 276. Artículo Segundo.- Notifíquese la presente Resolución a las instancias pertinentes, e interesado para su conocimiento y fines. Regístrese y comuníquese. FREDDY OSWALDO CHÁVEZ VÁSQUEZ Director 01296-1 GOBIERNO REGIONAL DE LAMBAYEQUE /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G43/G72/GE9/G64/G69/G74/G6F/G73/G20/G53/G75/G70/G6C/G65/G6D/G65/G6E/G74/G61/G72/G69/G6F/G73/G20/G65/G6E /G65/G6C/G20/G50/G72/G65/G73/G75/G70/G75/G65/G73/G74/G6F/G20/G64/G65/G6C/G20/G47/G6F/G62/G69/G65/G72/G6E/G6F/G20/G52/G65/G67/G69/G6F/G6E/G61/G6C/G70/G61/G72/G61/G20/G65/G6C/G20/G41/GF1/G6F/G20/G46/G69/G73/G63/G61/G6C/G20/G32/G30/G30/G36 RESOLUCIÓN EJECUTIVA REGIONAL Nº 310-2006-GR.LAMB/PR Chiclayo, 25 de Julio del 2006 VISTO:El Informe Nº 251-2006-GR.LAMB/GRPP , emitido por la Gerencia de Planeamiento, Presupuesto yAcondicionamiento Territorial; CONSIDERANDO:Que, mediante Ley Nº 28652 se aprueba el Presupuesto del Sector Público correspondiente alEjercicio Fiscal 2006; Que, con Resolución Ejecutiva Regional Nº 774-2005- GR.LAMB/PR se promulgo el Presupuesto institucionalde Apertura de Ingresos y Gastos del Pliego 452 Gobierno Regional Lambayeque correspondiente al Ejercicio Fiscal 2006; Que, mediante Ley Nº 28411 - Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto se establecen losprincipios, así como los procesos y procedimientos que regulan el Sistema Nacional de Presupuesto a que se refiere el artículo 1º de la Ley Marco de la Administración Financiera del Sector Público-LeyNº 28112, en concordancia con los artículos 77º y 78º de la Constitución Política; Que, la Tercera Disposición Final de la Ley Nº 28652 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2006, establece precisiones sobre las transferencias financieras realizadas entreentidades del sector público, estableciendo su aprobación mediante Resolución del Titular del Pliego; Que, mediante Oficio No 1277-2006-DE/FONAFE, la Directora Ejecutiva del FONAFE, comunica a la Presidencia del Gobierno Regional Lambayeque la aprobación, por parte del Directorio de la mencionadainstitución, de la transferencia financiera a favor del Gobierno Regional Lambayeque, por un importe de S/. 16 112 059,33 , destinado única y exclusivamentea cubrir las obligaciones derivadas del Laudo Arbitral que ordena el pago a favor de la empresa SOINCO SACI – BALAREZO Contratistas Generales S.A. yAsociados , por obligaciones relacionadas con la liquidación de las obras de las centrales Hidroeléctricas El Muyo y La Pelota (actualmente depropiedad de ADINELSA); Que, la Dirección Nacional de Presupuesto Público, con Oficio Nº 0576-2006-EF/76,15 señala elprocedimiento presupuestal de los recursos transferidos por el FONAFE, precisando que deben ser incorporados en la Fuente de Financiamiento 13 Donaciones yTransferencias; Que, mediante Oficio Nº 0999-2006-GR.LAMB/ ORAD/OFIN la Oficina Regional de Administraciónhace de conocimiento de la recepción de una transferencia financiera por un monto de CUATRO MILLONES VEINTIOCHO MIL CATORCE Y 84/100NUEVOS SOLES (S/. 4 028 014.84) proveniente del Fondo Nacional de Financiamiento de la Actividad Empresarial del Estado – FONAFE, importecorrespondiente a las cuotas de Junio y Julio del presente año, según el cronograma establecido para la atención de las obligaciones derivadas del laudoArbitral a favor de la empresa SOINCO SACI – BALAREZO Contratistas Generales S.A. y Asociados ; Que, en concordancia con lo establecido en los considerandos precedentes, es necesario autorizar un Crédito Suplementario en el PresupuestoInstitucional del Pliego 452 Gobierno Regional del Departamento de Lambayeque por la Fuente de Financiamiento 13 Donaciones y Transferencias, paraincorporar los recursos provenientes de la transferencia financiera otorgada por el Fondo Nacional de Financiamiento de la ActividadEmpresarial del Estado; Estando a lo informado por la Gerencia de Planeamiento, Presupuesto y AcondicionamientoTerritorial a través del Informe No 251-2006- GR.LAMB/PR, con la visación de la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y AcondicionamientoTerritorial, de la Oficina Regional de Asesoría Jurídica y en uso de las facultades conferidas por la Ley Nº 27867 Ley Orgánica de los Gobiernos Regionalesy su modificatoria la Ley Nº 27902. SE RESUELVEArtículo 1º.- Autorizar un Crédito Suplementario en el Presupuesto Institucional del Pliego 452 Gobierno Regionaldel Departamento de Lambayeque para el Año Fiscal 2006, por la fuente de financiamiento 13 Donaciones y Transferencias hasta por la suma de CUATRO MILLONESVEINTIOCHO MIL QUINCE Y 00/100 NUEVOS SOLES ( S/. 4 028 015.00 ) de acuerdo al siguiente detalle: INGRESOS (En Nuevos Soles) FUENTE DE FINANCIAMIENTO : 13 DONACIONES Y TRANSFERENCIAS 3.0.0 TRANSFERENCIAS 3.1.0 TRANSFERENCIAS 3.1.2 I NTERNAS: DEL SECTOR PUBLICO 3.1.2.011 TRANSFERENCIAS FONAFE 4 028 015 TOTAL INGRESOS DEL PLIEGO 4 028 015