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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 7 de diciembre de 2006 334185 Que, en mérito a las atribuciones otorgadas, el Directorio de Re fi nería La Pampilla S.A. en sesión del 26 de abril de 2006, aprobó los términos y condiciones del programa y delegó a los señores Carlos Alberto Alfonsi Ciafrelli, José Luis Montero Escudero y Alfredo Gildemeister Ruiz Huidobro, facultades su fi cientes para defi nir los términos y condiciones de la emisiones a ser realizadas en el marco de éste; Que, Re fi nería La Pampilla S.A. solicitó a CONASEV la aprobación del trámite anticipado e inscripción del programa de instrumentos de corto plazo denominado “Segundo Programa de Emisión de Valores de Re fi nería La Pampilla S.A.- Instrumentos de Corto Plazo”, hasta por un monto total en circulación de US$ 100 000 000,00 (cien millones y 00/100 Dólares de los Estados Unidos de América), o su equivalente en Nuevos Soles; asimismo, solicitó el registro del prospecto marco correspondiente; Que, de la evaluación de la documentación presentada se ha veri fi cado que Re fi nería La Pampilla S.A. ha cumplido con presentar la información requerida por la Ley del Mercado de Valores, el Reglamento de Oferta Pública Primaria y de Venta de Valores Mobiliarios y sus normas complementarias; Que, el artículo 2, numeral 3), de las Normas Relativas a la Publicación y Difusión de las Resoluciones Emitidas por los Órganos Decisorios de CONASEV, establece que las resoluciones administrativas referidas a la aprobación de trámites anticipados relativos a la inscripción de valores mobiliarios y/o al registro de prospectos informativos correspondientes a programas de emisión en el Registro Público del Mercado de Valores, deben ser difundidas a través del Boletín de Normas Legales del Diario O fi cial El Peruano y de la página de CONASEV en internet; y, Estando a lo dispuesto por los artículos 53 y siguientes de la Ley del Mercado de Valores, el Reglamento de Oferta Pública Primaria y de Venta de Valores Mobiliarios, así como al acuerdo adoptado en sesión del Directorio de CONASEV del 6 de abril de 1999, según el cual el Gerente General de CONASEV se encuentra facultado para aprobar trámites anticipados de inscripción de valores, disponer la inscripción de programas de emisión; así como para disponer el registro de los prospectos informativos derivados de un trámite anticipado; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Aprobar el trámite anticipado e inscribir el programa de instrumentos de corto plazo denominado “Segundo Programa de Emisión de Valores de Re fi nería La Pampilla S.A.- Instrumentos de Corto Plazo”, hasta por un monto total en circulación de US$ 100 000 000,00 (cien millones y 00/100 Dólares de los Estados Unidos de América), o su equivalente en Nuevos Soles; y disponer el registro del prospecto marco correspondiente, en el Registro Público del Mercado de Valores. Artículo 2º.- En tanto Re fi nería La Pampilla S.A. mantenga su condición de Entidad Cali fi cada, la inscripción de los instrumentos de corto plazo y el registro de los prospectos complementarios a utilizar en el marco del programa se entenderán realizados en la fecha de entrada en vigencia de la presente resolución. En su defecto, la inscripción de las obligaciones y el registro de los prospectos correspondientes se sujetarán a lo dispuesto en el artículo 14, literal b), numeral 2 del Reglamento de Oferta Pública Primaria y de Venta Artículo 3º.- La oferta pública de los instrumentos de corto plazo a los que se re fi ere el artículo 2 de la presente resolución deberá efectuarse con sujeción a lo dispuesto en el artículo 25 y de ser el caso, en el artículo 29 del Reglamento de Oferta Pública Primaria y de Venta de Valores Mobiliarios. Siempre y cuando el plazo del programa y del trámite anticipado no hayan culminado, la colocación de los valores se podrá efectuar en un plazo que no excederá de nueve (9) meses, contados a partir de la fecha de recepción de documentos a la que se re fi ere el artículo 14 literal b), numeral 1 Reglamento de Oferta Pública Primaria y de Venta de Valores Mobiliarios; o, de ser el caso, contados a partir de la fecha de su inscripción en el Registro Público del Mercado de Valores. El plazo de colocación es prorrogable hasta por un período igual, a petición de parte. Para tales efectos, la solicitud de prórroga en ningún caso podrá ser presentada después de vencido el referido plazo de colocación. Artículo 4º.- El registro y la inscripción a los que se refi eren los artículos 1 y 2 de la presente resolución no implican que CONASEV recomiende la inversión en tales valores u opine favorablemente sobre las perspectivas del negocio. Los documentos e información para una evaluación complementaria están a disposición de los interesados en el Registro Público del Mercado de Valores. Artículo 5º.- Publicar la presente resolución en el Diario O fi cial El Peruano y en la página de CONASEV en internet. Artículo 6º.- Transcribir la presente resolución a Re fi nería La Pampilla S.A., en su calidad de emisor; a Citibank del Perú S.A., en su calidad de entidad estructuradora; a Citicorp Perú S.A., S.A.B., en su calidad de agente colocador, a Cavali S.A. ICLV y a la Bolsa de Valores de Lima S.A. Regístrese, comuníquese y publíquese.ÓSCAR LOZÁN LUYO Gerente GeneralComisión Nacional Supervisora de Empresas y Valores 6559-1 CONSEJO NACIONAL DE DESCENTRALIZACIÓN Designan representante del CND ante la Comisión Multisectorial creada por R.S. Nº 036-2005-TR RESOLUCIÓN PRESIDENCIAL Nº 097-CND-P-2006 Lince, 28 de noviembre de 2006VISTOS:La Resolución Presidencial Nº 047-CND-P-2005 y el Informe Nº 064-2006-CND/OAJ; y, CONSIDERANDO:Que, mediante Resolución Suprema Nº 036-2005-TR se constituyó la Comisión encargada de formular lineamientos, recomendaciones y veri fi car la implementación del proceso de reubicación laboral dispuesta por la Ley Nº 27803 y sus normas modi fi catorias; así como las acciones de reincorporación; Que, la norma mencionada dispone que la Comisión Multisectorial está integrada, entre otros, por un representante del Consejo Nacional de Descentralización; por lo que mediante Resolución Presidencial Nº 047-CND-P-2005, se designó al señor José Rodríguez Arroyo; Que, el señor Rodríguez Arroyo ha dejado de prestar servicios a la institución, siendo necesario nombrar al nuevo representante del Consejo Nacional de Descentralización ante dicha Comisión Multisectorial; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 27783, Ley de Bases de la Descentralización, y el inciso m. del artículo 23º del Reglamento de Organización y Funciones del Consejo Nacional de Descentralización, aprobado por Resolución Presidencial Nº 036-CND-P-2006; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Designación del representante del Consejo Nacional de Descentralización. Designar al señor MANUEL FABIAN OYARCE POSTIGO, como representante del Consejo Nacional de Descentralización ante la Comisión Multisectorial creada por la Resolución Suprema Nº 036-2005-TR. Artículo 2º.- Presentación de Informes. El representante designado en el artículo 1º de la presente Resolución, presentará a la Presidencia del Consejo Nacional de Descentralización, dentro de los tres (3) primeros días hábiles siguientes a cada sesión que realice la Comisión Multisectorial, un Informe en el que detallará los alcances de su participación.