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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 28 de diciembre de 2006 335763 Autorizan transferencia financiera interna de saldo acumulado correspondiente al Servicio de la Deuda no utilizado en el Ejercicio 2006, proveniente de la mayor transferencia del Foncomun para atender gasto corriente ACUERDO DE CONCEJO Nº 047-2006-MDP/C Pachacámac, 29 de noviembre del 2006 EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PACHACÁMAC VISTO: En sesión de Concejo Ordinario de fecha 29 de noviembre, la misma que ha sido convocada y presidida por al señora Alcaldesa Carola Clemente Vda. de Poblet, respecto a la modi fi cación del Art. Segundo del Acuerdo de Concejo N° 048-2005-MDP/C del 30 de diciembre del 2005; CONSIDERANDO: Que, las Municipalidades de acuerdo al Art. 194º de la Constitución Política del Perú, concordante con la Ley Orgánica de Municipalidades que establece la Autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, pueden dictar actos administrativos y de administración en armonía con la normatividad vigente; Que, el Art. 47° de la Ley N° 27783 - Ley de Bases de la Descentralización, otorga al Concejo Municipal la potestad de Aprobar los fi nes a la cual pueden ser destinados los recursos del Foncomún. En ese sentido, el Concejo Municipal mediante Acuerdo de Concejo N° 048-2005-MDP/C de fecha 30 de diciembre 2005 establece los porcentajes de afectación del Foncomún previsto para el Ejercicio 2006 por S/. 2,420,835.00; Que, el Informe N° 273-2006-MDP/GPP del 27 de noviembre del 2006, informa el tratamiento del Crédito Suplementario del Ejercicio 2006 por mayor transferencia del Foncomún, asimismo, re fi ere créditos laborales y otras obligaciones pendientes de la Entidad al mes de Noviembre 2006, que se ha originado por baja recaudación de los ingresos previstos en las demás Fuentes de Financiamiento para el Ejercicio 2006; Estando a los fundamentos expuestos y en ejercicio de las atribuciones conferidas por el Artículo 9º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, el Concejo Municipal, con el voto por UNANIMIDAD de los señores Regidores y con dispensa del trámite de aprobación del Acta, se adopto el siguiente: ACUERDO: Artículo Primero.- AUTORÍCESE, la trasferencia fi nanciera interna, del saldo acumulado correspondiente al Servicio de la Deuda no utilizada en el Ejercicio 2006, proveniente de la mayor transferencia del Foncomún, hasta por la suma de S/. 620,000.00 para atender gasto corriente. Artículo Segundo.- MODIFÍQUESE los porcentajes aprobados en el Artículo Segundo del Acuerdo de Concejo N° 048-2006-MDP/C del 30 de diciembre del 2005; y APRUÉBESE los nuevos porcentajes de afectación de los recursos del Foncomún para el presente Ejercicio 2006, como sigue: hasta el 53.48% para gasto corriente; hasta el 28.61% para gasto de inversión; y hasta el 17.91% para el servicio de la Deuda. Artículo Tercero.- AUTORÍCESE al Titular del Pliego, en el presente Ejercicio 2006, para habilitar la genérica 5.1 Personal y Obligaciones, 5.2 Obligaciones Previsionales, 5.3 Bienes y Servicios, 5.4 Otros Gastos Corrientes; mediante Resolución de Alcaldía que aprueben los créditos suplementarios de la Fuente de Financiamiento 07 – Foncomún, a fi n de atender los créditos laborales, obligaciones tributarias, y otros requerimientos pendientes de pago, que no hayan sido atendidos por baja recaudación de recursos. En dicho contexto procede validar los Créditos Suplementarios III, IX, XXIII, XXXI, XXXII y XXXVII aprobado por Resoluciones de Alcaldía N°s. 119, 262, 482, 561, 568, 640, respectivamente. Artículo Cuarto.- AUTORIZAR al Titular del Pliego implementar, mediante Resoluciones de Alcaldía, las modi fi caciones a nivel Funcional Programático, e Institucional que sean necesarios, para la aplicación del presente Acuerdo de Concejo. Artículo Quinto.- Publicar el presente Acuerdo de Concejo en el Diario O fi cial el Peruano; y comuníquese a la Dirección Nacional de Presupuesto Publico del Ministerio de Economía y Finanzas. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. CAROLA CLEMENTE VDA. DE POBLET Alcaldesa 9729-1 MUNICIPALIDAD DE PUENTE PIEDRA Disponen mantener marco legal y tasas de arbitrios municipales para el Año 2007 y aprueban Informe Técnico ORDENANZA Nº 094 -MDPP Puente Piedra, 30 de noviembre de 2006 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DE PUENTE PIEDRA POR CUANTO: El Concejo de la Municipalidad de Puente Piedra, en la Sesión Ordinaria de la fecha, ha dado la Ordenanza siguiente: DETERMINACIÓN DE LOS MONTOS POR ARBITRIOS MUNICIPALES DEL AÑO 2007 Artículo Primero.- Manténgase invariable el Marco Legal de la Ordenanza N° 073-MDPP que Regula el Régimen Tributario de los Arbitrios de Limpieza Pública, Parques y Jardines y Seguridad Ciudadana, Norma Ratifi cada por la Municipalidad Metropolitana de Lima, a través del Acuerdo de Concejo N° 437, publicado el 31/12/2005. Artículo Segundo.- Manténgase vigente las tasas de los arbitrios así como los costos que los sustentan, establecidas en la Ordenanza N°073-MDPP. Artículo Tercero.- Aprobar el Informe Técnico que da cuenta de la Ejecución de los Costos de los arbitrios de Limpieza Pública, Parques y Jardines y Seguridad Ciudadana del 2006, que se desea prorrogar. Artículo Cuarto.- Deróguese la Ordenanza N° 092- MDPP y todas las disposiciones que se opongan a la presente ordenanza. DISPOSICIONES FINALES Artículo Primero.- La presente ordenanza entrara en vigencia a partir del 1° de enero del año 2007. Artículo Segundo.- Encárguese a la Gerencia de Administración Tributaria el Cumplimiento de la presente Ordenanza. Articulo Tercero.- Facúltese al Alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía dicte las disposiciones complementarias para el mejor cumplimiento de la presente Ordenanza. Regístrese, comuníquese y cúmplase. RENNAN S. ESPINOZA ROSALES Alcalde