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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 29 de diciembre de 2006 335983 Con el visado del Viceministro de Salud, de la Dirección General de Salud de las Personas y de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo establecido en el literal l) del artículo 8º de la Ley Nº 27657, Ley del Ministerio de Salud; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Aprobar la Directiva Sanitaria Nº 011 - MINSA/DGSP-V.01 “Directiva Sanitaria: Requisitos Mínimos para la Obtención de la Autorización Sanitaria de Funcionamiento de los Centros de Hemoterapia y Bancos de Sangre”, que en documento adjunto forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2º.- La Dirección General de Salud de las Personas, a través del Programa Nacional de Hemoterapia y Bancos de Sangre - PRONAHEBAS, se encargará de la difusión y evaluación del cumplimiento de la mencionada Directiva Sanitaria. Artículo 3º.- Las Direcciones de Salud, Direcciones Regionales de Salud a nivel nacional y demás establecimientos de salud son responsables de la difusión, implementación, supervisión y aplicación de la presente Directiva Sanitaria, en el ámbito de sus respectivas jurisdicciones. Artículo 4º.- Los establecimientos de salud del Seguro Social de Salud - ESSALUD, de la Sanidad de las Fuerzas Armadas y de la Policía Nacional del Perú, así como del sector privado aplicarán la referida Directiva Sanitaria. Artículo 5º.- Dejar sin efecto la Resolución Ministerial Nº 540-99-SA/DM, de fecha 30 de octubre de 1999, que aprobó los requisitos que deben cumplir los Bancos de Sangre y Hemoderivados para obtener autorización sanitaria de funcionamiento. Artículo 6º.- La O fi cina General de Comunicaciones publicará la Directiva Sanitaria que se aprueba mediante la presente Resolución Ministerial en el portal de internet del Ministerio de Salud. Regístrese, comuníquese y publíquese.CARLOS VALLEJOS SOLOGUREN Ministro de Salud 10517-2 Designan Subdirector General del Instituto Nacional de Salud del Niño RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 1193-2006/MINSA Lima, 26 de diciembre del 2006Visto el O fi cio Nº 3540-DG-INSN-2006; CONSIDERANDO:Que mediante Resolución Ministerial Nº 148-2005/ MINSA, de fecha 25 de febrero de 2005, se designó al médico cirujano Carlos Manuel Del Águila Villar, en el cargo de Subdirector General del Instituto Nacional de Salud del Niño; Que resulta conveniente dar término a la citada designación y designar al profesional propuesto; y, De conformidad con lo previsto en el Decreto Legislativo Nº 276, el artículo 77º del Reglamento de la Carrera Administrativa, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-90-PCM, el literal b.2 del inciso b) del artículo 8º de la Ley Nº 28652 y los artículos 3º y 7º de la Ley Nº 27594; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Dar por concluida la designación del médico cirujano CARLOS MANUEL DEL ÁGUILA VILLAR, en el cargo de Subdirector General, Nivel F-4, del Instituto Nacional de Salud del Niño, dándosele las gracias por los servicios prestados.Artículo 2º.- Designar al médico cirujano Adrián Augusto Rodolfo RAMÍREZ VEGA, en el cargo de Subdirector General, Nivel F-4, del Instituto Nacional de Salud del Niño. Regístrese, comuníquese y publíquese.CARLOS VALLEJOS SOLOGUREN Ministro de Salud 10517-3 Exoneran de proceso de selección la contratación de servicio de mantenimiento correctivo de ascensor portacamillas del Hospital Regional Docente de Trujillo RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 1194-2006/MINSA Lima, 26 de diciembre de 2006Vistos, el Informe Nº 125/OPA/MINSA de fecha 17 de octubre de 2006 y el O fi cio Nº 651-2006-OPA/MINSA de fecha 20 de noviembre de 2006, emitidos por la O fi cina de Programación y Adquisiciones, el O fi cio Nº 2331-2006- OGA-OL/MINSA de fecha 6 de diciembre de 2006, emitido por la O fi cina General de Administración, y el Informe Nº 1088-2006-OGAJ/MINSA de la O fi cina General de Asesoría Jurídica del Ministerio de Salud; CONSIDERANDO:Que, a través del Pedido de Servicio Nº 01045, la Dirección General de Infraestructura, Equipamiento y Mantenimiento, requirió la contratación del servicio de mantenimiento correctivo de un ascensor monta camillas del Hospital Regional Docente de Trujillo, medio de transporte vertical cuya funcionalidad y correcta operación cautela la integridad de los pacientes que, por su estado de salud, no pueden valerse por sí mismos para desplazarse a los distintos pisos del Hospital; Que, atendiendo a lo indicado, mediante Resolución Ministerial Nº 200-2006/MINSA, se incluyó en el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones del Ministerio de Salud, el proceso de Adjudicación Directa Pública para la contratación del servicio de mantenimiento solicitado; aprobándose posteriormente, mediante Resolución Directoral Nº 032-DGIEM-2006 de fecha 3 de octubre de 2006, la actualización del Expediente Técnico “Mantenimiento Correctivo de 01 ascensor del Hospital Regional Docente de Trujillo”. El indicado proceso de selección cuenta con disponibilidad presupuestal por la suma de S/. 119,557.80 (Ciento Diecinueve Mil Quinientos Cincuenta y Siete y 80/100 Nuevos Soles), otorgada según Ficha de Autorización Nº 0120-2006, ampliada con Ficha de Autorización Nº 0425-2006; Que, mediante Informe Nº 125/OPA/MINSA, la Ofi cina de Programación y Adquisiciones informa que el ascensor monta camillas marca Schindler ubicado en el Pabellón Central del Hospital Regional Docente de Trujillo, adolece de una serie de desperfectos reportados debido principalmente a su antigüedad, al uso constante y particularmente al hecho que no se le ha efectuado mantenimiento ni una modernización adecuada, generándose una condición insegura de operación para los pacientes del referido Hospital; señalando adicionalmente que, dadas las condiciones del servicio de mantenimiento correctivo requerido, según Especi fi caciones Técnicas contenidas en el Expediente Técnico aprobado mediante Resolución Directoral Nº 032-DGIEM-2006, éste debe ser prestado por una compañía especializada en el rubro de ascensores que tenga respaldo técnico y garantía de suministro de stock de repuestos originales por parte del fabricante; Que, asimismo, mediante O fi cio Nº 651-2006-OPA/ MINSA, la O fi cina de Programación y Adquisiciones, mani fi esta que luego de haber realizado indagaciones de