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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 29 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2006 (29/12/2006)

CANTIDAD DE PAGINAS: 96

TEXTO PAGINA: 28

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 29 de diciembre de 2006 335986 Con la visación del Director General de la O fi cina de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo dispuesto por el Artículo 4° de la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; y el literal d) del Artículo 12° del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo aprobado por Resolución Ministerial N° 173-2002-TR; SE RESUELVE:Artículo Único.- Modi fi car el Artículo 1º de la Resolución Ministerial Nº 236-2004-TR de fecha 20 de setiembre de 2004, por el siguiente texto: “Artículo 1°.- Designar al economista FRANK MARTIN TADEO CASTRO BARCENAS, Director Nacional de Promoción del Empleo y Formación Profesional, y a la economista TATIANA VELASCO PORTOCARRERO, Coordinadora del Programa de Estadísticas y Estudios Laborales – PEEL, como representantes Titular y Alterno del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, respectivamente, ante la Comisión Multisectorial encargada de establecer los lineamientos de sistematización de la información, coordinará la identi fi cación de competencias, los per fi les profesionales, las ofertas educativas de formación profesional, constituida por Ley N° 28340”. Regístrese, comuníquese y publíquese.SUSANA ISABEL PINILLA CISNEROS Ministra de Trabajo y Promoción del Empleo 11239-1 Aprueban Reglamento de Arbitraje del Centro de Conciliación y Arbitraje del Ministerio RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 437-2006-TR Lima, 26 de diciembre de 2006VISTO: El O fi cio Nº 086-2005-MTPE/13 de la Directora del Centro de Conciliación y Arbitraje del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo; CONSIDERANDO:Que, en el ámbito del derecho laboral se viene promoviendo normativamente la utilización de mecanismos alternativos de solución de controversias individuales o colectivos, como son la de conciliación y el arbitraje, cuyo ejercicio debe enmarcarse dentro del respeto de los derechos laborales de naturaleza imperativa, a fi n de garantizar la solución efectiva y e fi ciente de los con fl ictos laborales; Que, en ese sentido, mediante la Cuarta Disposición Complementaria del Decreto Legislativo Nº 910, Ley General de Inspección del Trabajo y Defensa del Trabajador se creó el Centro de Conciliación y Arbitraje del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, como un órgano de derecho público autónomo y especializado, encargado principalmente de brindar servicio de conciliación y arbitraje en materia laboral; Que, a fi n de que este órgano inicie la prestación de servicios a los actores laborales, se aprobó mediante Resolución Ministerial Nº 050-2001-TR el Estatuto del Centro de Conciliación y Arbitraje, que determina su estructura funcional y orgánica; Que, mediante documentos de vistos, la Directora del Centro de Conciliación y Arbitraje, informa la importancia como elemento integrante para la constitución del Centro de Arbitraje, contar con el Reglamento de Arbitraje, el mismo que ha sido formulado de conformidad con la normatividad vigente; Con las visaciones de la O fi cina de Asesoría Jurídica y de la Dirección del Centro de Conciliación y Arbitraje - CENCOAMITP; En el uso de las atribuciones conferidas por el artículo 37º del Decreto Legislativo Nº 560, Ley del Poder Ejecutivo; y de conformidad con la Ley N° 27711, Ley del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, su Reglamento de Organización y Funciones aprobado por Resolución Ministerial N° 173-2002-TR y sus modi fi catorias; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Aprobar el Reglamento de Arbitraje del Centro de Conciliación y Arbitraje del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, el mismo que se encuentra en el anexo adjunto y que forma parte de la presente resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese.SUSANA ISABEL PINILLA CISNEROS Ministra de Trabajo y Promoción del Empleo 11239-2 TRANSPORTES Y COMUNICACIONES Aceptan renuncia de Director de la Autoridad Portuaria Nacional en representación de los Gobiernos Regionales Portuarios RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 025-2006-MTC Lima, 28 de diciembre de 2006CONSIDERANDO:Que, la Ley del Sistema Portuario Nacional, Ley N° 27943, establece que la Autoridad Portuaria Nacional es un Organismo Público Descentralizado encargado del Sistema Portuario Nacional adscrito al Ministerio de Transportes y Comunicaciones, que tiene como órgano máximo al Directorio, encargado de su administración; Que, por Resolución Suprema Nº 006-2004-MTC, publicada el 19 de marzo de 2004, se designó entre otros, al señor Rogelio Canches Guzmán, como miembro del Directorio de la Autoridad Portuaria Nacional, en representación de los Gobiernos Regionales Portuarios; Que, el mencionado funcionario ha presentado renuncia al cargo, por lo que es necesario aceptar dicha renuncia; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Legislativo Nº 560, las Leyes Nºs. 27594 y 27943 y el Decreto Supremo Nº 003-2004-MTC; SE RESUELVE:Artículo 1°.- Aceptar la renuncia formulada por el señor Rogelio Canches Guzmán, al cargo de Director de la Autoridad Portuaria Nacional en representación de los Gobiernos Regionales Portuarios, dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 2°.- La presente Resolución Suprema será refrendada por la Ministra de Transportes y Comunicaciones. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República VERÓNICA ZAVALA LOMBARDI Ministra de Transportes y Comunicaciones 11267-15