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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 29 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2006 (29/12/2006)

CANTIDAD DE PAGINAS: 96

TEXTO PAGINA: 34

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 29 de diciembre de 2006 335992 calidad y sostenibilidad en su prestación, en especial de los sectores de menores recursos económicos; Que, mediante la Resolución Ministerial Nº 282-2006- VIVIENDA, el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento aprueba la desagregación de los recursos, provenientes del Crédito Suplementario autorizado por la Ley Nº 28880 hasta por la suma de S/. 390 604 839,00 en la fuente de fi nanciamiento Recursos Ordinarios; Que, mediante Informe Técnico Nº 010-2006-MVCS/ VMCS-ACHW, la Dirección Nacional de Saneamiento - DNS ha emitido opinión favorable a la transferencia fi nanciera a efectuarse a favor del Gobierno Regional Cajamarca, para el fi nanciamiento parcial de la ejecución del proyecto descrito en el Anexo que forma parte de esta Resolución hasta por la suma de S/. 1 016 474,00 el mismo que cuenta con disponibilidad presupuestal correspondiente; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, modi fi cada por la Ley 28652, la Ley Nº 28880, la Directiva Nº 001-2006-EF/76.01, Directiva para la Ejecución del Proceso Presupuestario del Gobierno Nacional para el Año Fiscal 2006, aprobada con Resolución Directoral Nº 052-2005-EF/76.01 y la disposición fi nal única de la Ley Nº 28919; SE RESUELVE:Artículo 1º .- Aprobar la transferencia fi nanciera hasta por la suma de S/. 1 016 474,00 (UN MILLON DIECISEIS MIL CUATROCIENTOS SETENTA Y CUATRO Y 00/100 NUEVOS SOLES). en la fuente Recursos Ordinarios a favor del Gobierno Regional Cajamarca para el fi nanciamiento parcial de la ejecución del proyecto descrito en el Anexo que forma parte de esta Resolución Ministerial. Los recursos materia de la presente transferencia fi nanciera serán destinados exclusivamente para la ejecución del proyecto descrito en el referido Anexo, quedando prohibido que el Gobierno Regional Cajamarca efectúe anulaciones presupuéstales con cargo a tales recursos, de conformidad con lo establecido en la Ley Nº 28880. Artículo 2º.- La transferencia fi nanciera a que se refi ere el artículo precedente se realizará con cargo al presupuesto aprobado del presente año fi scal 2006 de la Unidad Ejecutora 003 Construcción y Saneamiento del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, Actividad 1.038920 Transferencia para Proyectos de Inversión Ley Nº 28880, en la fuente Recursos Ordinarios y con la disponibilidad autorizada en el calendario de compromisos correspondiente. Artículo 3º. - Los términos y obligaciones de la presente transferencia fi nanciera se encuentran previstos en el Convenio Especí fi co de Financiamiento del Proyecto de Inversión a celebrarse entre el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento y el Gobierno Regional Cajamarca. Artículo 4º.- La Dirección Nacional de Saneamiento y el Jefe de la Unidad Ejecutora 003 Construcción y Saneamiento, serán responsables del cumplimiento de la ejecución del Convenio referido en el artículo que antecede. Regístrese, comuníquese y publiqueseHERNÁN GARRIDO-LECCA MONTAÑEZ Ministro de Vivienda,Construcción y Saneamiento ANEXO PROYECTO DE INVERSIÓN UNIDAD EJECUTORA : GOBIERNO REGIONAL CAJAMARCA COD SNIP PROYECTOTIPO DE EJECUCION PRESUPUESTARIAMONTO DE INVERSION 15977CONSTRUCCIÓN LAGUNAS DE ESTABILIZACIÓN SAN MARCOS INDIRECTA 1 016 474,00 TOTAL 1 016 474,00 10822-6RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 521-2006-VIVIENDA Lima, 22 de diciembre de 2006CONSIDERANDO:Que, conforme al literal h) del numeral 75.4 del artículo 75º de la Ley Nº 28411 - Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, modi fi cado por la Ley 28652, solo se aprueban por resolución del Titular del Pliego, la misma que debe ser publicada en el Diario O fi cial El Peruano, entre otras, las Transferencias Financieras que realiza el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, para proyectos de inversión de saneamiento; Que, de conformidad con el literal a) del artículo 4º de la Ley Nº 27792 Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, es función de dicho Ministerio, entre otras, la de ejercer competencias compartidas con los gobiernos regionales y locales, en materia de urbanismo, desarrollo urbano y saneamiento conforme a ley. Asimismo, de conformidad con el literal l) del artículo 8º del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento aprobado por Decreto Supremo Nº 002-2002-VIVIENDA, se establece como una de sus funciones generales, la de generar condiciones para el acceso a los servicios de saneamiento en niveles adecuados de calidad y sostenibilidad en su prestación, en especial de los sectores de menores recursos económicos; Que, la Disposición Final Única de la Ley Nº 28919, Ley que autoriza Transferencia de Partidas del Consejo Nacional de Tasaciones-CONATA al Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento y dicta Otra Medida, autoriza al Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento a realizar modi fi caciones presupuestarias en el nivel funcional programático para fi nanciar proyectos de inversión de saneamiento a nivel nacional, con cargo a los saldos presupuestarios que pudieran generarse hasta un diez por ciento (10%) de los recursos aprobados por la Ley Nº 28880; Que, la Dirección General de Programación Multianual del Sector Público del Ministerio de Economía y Finanzas declaró la viabilidad del Proyecto “Ampliación y Mejoramiento de los Sistemas de Agua Potable y Alcantarillado del Esquema Integral Carabayllo” con Código SNIP Nº 19299 y cuyo costo total asciende a la suma de S/. 62 890,080,00; Que, mediante Informe Técnico Nº 067-2006-MVCS/ VMCS-DNS, la Dirección Nacional de Saneamiento ha emitido opinión favorable a la transferencia fi nanciera a efectuarse a favor del Servicio de Agua Potable y Alcantarillado de Lima S.A.-SEDAPAL para la ejecución del proyecto a que se re fi ere el considerando que antecede por la suma total de S/. 9 236 307,00; De conformidad con la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, modi fi cada por la Ley Nº 28652; la Directiva Nº 001-2006-EF/76.01, Directiva para la Ejecución del Proceso Presupuestario del Gobierno Nacional para el Año Fiscal 2006, aprobada con Resolución Directoral Nº 052-2005-EF/76.01 y la Ley Nº 28919, Ley que autoriza Transferencia de Partidas del Consejo Nacional de Tasaciones-CONATA al Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento y dicta Otra Medida; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar la transferencia fi nanciera hasta por la suma de S/. 9 236 307,00 (NUEVE MILLONES DOSCIENTOS TREINTA Y SEIS MIL TRESCIENTOS SIETE Y 00/100 NUEVOS SOLES) en la fuente Recursos Ordinarios a favor del Servicio de Agua Potable y Alcantarillado de Lima S.A.-SEDAPAL para la ejecución del Proyecto “Ampliación y Mejoramiento de los Sistemas de Agua Potable y Alcantarillado del Esquema Integral Carabayllo”. Artículo 2º.- La transferencia fi nanciera a que se refi ere el artículo precedente se realizará con cargo al presupuesto aprobado del presente año fi scal 2006 de la Unidad Ejecutora 003 Construcción y Saneamiento del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, Actividad 1 00060 Asistencia a las Instituciones Privadas