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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 29 de diciembre de 2006 335984 mercado, ha determinado que la prestación del servicio de mantenimiento de los ascensores marca Schindler sólo puede obtenerse de la empresa Ascensores Schindler del Perú S.A., por cuanto es la única representante de la referida marca, según consta en el Certi fi cado de Exclusividad emitido en Suiza en el mes de junio de 2006 por Schindler Elevador Ltda., quien abastece de repuestos, partes y piezas nuevas y originales provenientes de su casa matriz y sus principales fi liales, y realiza la distribución, instalación, mantenimiento y reparación de ascensores de dicha marca internacional, trabajo que efectúa con su propio personal especializado; Que, en ese sentido, la O fi cina de Programación y Adquisiciones concluye que, Ascensores Schindler del Perú S.A. es la única empresa que está condiciones de garantizar un servicio de mantenimiento correctivo óptimo y efi ciente, asegurando la plena operatividad del ascensor, y cali fi ca el servicio de mantenimiento correctivo que presta como servicio que no admite sustituto; Que, por su parte, el literal e) del artículo 19º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM, establece que están exoneradas de la realización del proceso de selección correspondiente, aquellas adquisiciones y contrataciones cuando los bienes o servicios no admiten sustitutos y exista proveedor único, para lo cual de conformidad con el artículo 20º del mismo cuerpo legal, deberá emitirse la correspondiente Resolución del Titular del Pliego, acompañada obligatoriamente de un informe técnico legal que sustente la causal de exoneración, luego de lo cual la Entidad podrá efectuar dichas contrataciones y adquisiciones directamente y mediante acciones inmediatas, conforme al procedimiento previsto en el artículo 148º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM; Que, adicionalmente, el artículo 144º del citado Reglamento precisa que, en aquellos los casos en los que no existan bienes o servicios sustitutos a los requeridos por el área usuaria y siempre que exista un solo proveedor en el mercado nacional, la Entidad podrá contratar los mismos directamente; Que, considerando lo expuesto en el Informe Nº 125/OPA/MINSA, el O fi cio Nº 651-2006-OPA/MINSA, y el O fi cio Nº 2331-2006-OGA-OL/MINSA, así como la documentación que acompaña a los mismos, se habría confi gurado la causal de exoneración prevista en el literal e) del artículo 19º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM, por lo que corresponde aprobar la exoneración solicitada para contratar directamente a la empresa Ascensores Schindler del Perú S.A., el servicio de mantenimiento correctivo de un ascensor monta camillas marca Schindler del Hospital Regional Docente de Trujillo, por el plazo de cinco (5) meses; Estando a lo informado por la O fi cina General de Administración, la O fi cina General de Asesoría Jurídica y la Ofi cina de Programación y Adquisiciones, mediante los documentos del visto; Con el visado del Viceministro de Salud, la O fi cina General de Asesoría Jurídica y la O fi cina General de Administración; y, De conformidad con lo establecido en el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 26850, Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM, su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, así como el literal l) del artículo 8º de la Ley Nº 27657, Ley del Ministerio de Salud; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Aprobar la exoneración del proceso de Adjudicación Directa Pública programado en el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones del Estado del Ministerio de Salud, para la contratación del servicio de mantenimiento correctivo de un ascensor monta camillas marca Schindler del Hospital Regional Docente de Trujillo a la empresa Ascensores Schindler del Perú S.A., en base a la causal de servicio que no admite sustituto y proveedor único en el mercado nacional, por el período de cinco meses y un valor referencial de S/. 116,913.00 (Ciento Dieciséis Mil Novecientos Trece y 00/100 Nuevos Soles), bajo la fuente de fi nanciamiento de Recursos Ordinarios. Artículo 2º.- Disponer que la O fi cina de Logística se encargue de la contratación exonerada que se aprueba mediante la presente resolución, a través de acciones directas e inmediatas reguladas por el artículo 148º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado. Artículo 3º.- Disponer la publicación de la presente resolución en el Diario O fi cial El Peruano, dentro de los diez (10) días hábiles posteriores a su emisión, así como en el Sistema Electrónico de Adquisiciones y Contrataciones del Estado - SEACE, encargándose a la O fi cina General de Administración la remisión de una copia de la resolución y los informes técnico y legal que la sustentan a la Contraloría General de la República y el Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado - CONSUCODE, dentro del plazo de diez (10) días hábiles posteriores a su expedición. Regístrese, comuníquese y publíquese.CARLOS VALLEJOS SOLOGUREN Ministro de Salud 10517-4 Aceptan renuncia de Director General de la Dirección Regional de Salud La Libertad RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 1208-2006/MINSA Lima, 27 de diciembre del 2006Vista la renuncia presentada por el médico cirujano Ángel Omar Irribari Poicon; CONSIDERANDO:Que mediante Resolución Ministerial Nº 578-2003- SA/DM, de fecha 27 de mayo de 2003, se designó al médico cirujano Ángel Omar Irribari Poicon, en el cargo de Director General de la Dirección Regional de Salud La Libertad; Que resulta conveniente aceptar la renuncia presenta da por el citado funcionario; y, De conformidad con lo previsto en el Decreto Legislativo Nº 276, el artículo 77° del Reglamento de la Carrera Administrativa, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-90-PCM y el artículo 7º de la Ley Nº 27594; SE RESUELVE:Artículo Único.- Aceptar la renuncia formulada por el médico cirujano Ángel Omar IRRIBARI POICON, al cargo de Director General de la Dirección Regional de Salud La Libertad, Nivel F-5, dándosele las gracias por los servicios prestados. Regístrese, comuníquese y publíquese.CARLOS VALLEJOS SOLOGUREN Ministro de Salud 10826-1 Designan Director General de la Dirección de Salud III Lima RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 1209-2006/MINSA Lima, 27 de diciembre del 2006