Norma Legal Oficial del día 04 de enero del año 2006 (04/01/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 41

MORDAZA, miercoles 4 de enero de 2006 2.2.6 Estaciones de radio y antenas 2.2.6.1 Sustento del Petitorio

NORMAS LEGALES

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de la Resolucion OSINERG Nº 369-2005-OS/CD, de la siguiente forma:
Empresa VNR MORDAZA S/. 1 776 607

Que, LUZ DEL SUR indica que el OSINERG no ha reconocido los enlaces de microondas analogicos sin justificacion. Agrega, que el OSINERG ha considerado MORDAZA autosoportadas estandar que no tienen en cuenta las condiciones geograficas en que estas operan; Que, por lo mencionado, LUZ DEL SUR solicita reconsiderar la inversion de los enlaces de microondas analogicos, asi como de las MORDAZA autosoportadas estandar de acuerdo a las condiciones geograficas en que estas operan; 2.2.6.2 Analisis Que, LUZ DEL SUR presento la informacion correspondiente a estaciones de radio y antenas por un valor total de US$ 4 202 068. Luego de la revision de dicha informacion se encontro que fue presentado como sustento documentos que carecen de la validez necesaria por no tratarse de facturas o contratos, asi como bienes reportados no sustentados con documento alguno, cuyo monto asciende a US$ 2 886 837. Las estaciones de radio y antenas debidamente sustentadas, suma un total de US$ 1 315 231, monto que ha sido reconocido en la Resolucion Nº 369; Que, cabe senalar que el VNR de instalaciones no electricas de LUZ DEL SUR, asi como cada uno de los rubros que lo componen, estan sustentados conforme lo senalado en el numeral 4.4.2 del informe OSINERGGART/DDE Nº 040-2005 que sustenta la Resolucion 369, el cual senala que para la determinacion de las inversiones no electricas se toma como base la informacion presentada por las empresas, los resultados de las visitas de inspeccion a las mismas, asi como la revision y analisis de la informacion sustentatoria presentada; Que, en consecuencia, este extremo del recurso debe declararse infundado; Que, finalmente, con relacion al recurso de reconsideracion, se ha expedido el Informe Tecnico OSINERG-GART/DDE Nº 053-2005 y el Informe Legal OSINERG-GART-AL-2005-194 de la GART del OSINERG, que se incluyen como Anexo Nº 1 y Anexo Nº 2 de la presente resolucion, los mismos que contienen la motivacion que sustenta la decision del OSINERG, cumpliendo de esta manera con el requisito de validez de los actos administrativos a que se refiere el articulo 3º, numeral 4 de la Ley del Procedimiento Administrativo General; y, De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 27332, Ley MORDAZA de los Organismos Reguladores de la Inversion Privada en los Servicios Publicos, en el Reglamento General del OSINERG, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 054-2001-PCM, en el Decreto Ley Nº 25844, Ley de Concesiones Electricas y en su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 009-93-EM, asi como en lo dispuesto en la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General. SE RESUELVE: Articulo 1º.- Declarar fundado el recurso de reconsideracion interpuesto por Luz del Sur S.A.A., contra la Resolucion OSINERG Nº 369-2005-OS/CD, en el extremo a que se refiere el numeral 2.2.5, por los fundamentos expuestos en el numeral 2.2.5.2 de la parte considerativa de la presente resolucion. Articulo 2º.- Declarar fundado en parte el recurso de reconsideracion interpuesto por Luz del Sur S.A.A., contra la Resolucion OSINERG Nº 369-2005-OS/CD, en los extremos a que se refieren los numerales 2.1.2, 2.2.1 y 2.2.4, por los fundamentos expuestos en los numerales 2.1.2.2, 2.2.1.2 y 2.2.4.2 de la parte considerativa de la presente resolucion. Articulo 3º.- Declarar infundado el citado recurso de reconsideracion, en lo demas que contiene. Articulo 4º.- Modifiquese el Valor MORDAZA de Reemplazo de las Instalaciones de Distribucion Electrica de la empresa Luz del Sur S.A.A. fijado en el Articulo 1º

Luz del Sur

Articulo 5º.- Incor porese el Infor me Tecnico OSINERG-GART/DDE Nº 053-2005 y el Informe Legal OSINERG-GART-AL-2005-194 - Anexo Nº 1 y Anexo Nº 2, respectivamente, como parte integrante de la presente resolucion. Articulo 6º.- La presente resolucion debera ser publicada en el Diario Oficial El Peruano y consignada, junto con sus Anexos Nº 1 y Nº 2, en la pagina web del OSINERG: www.osinerg.gob.pe. MORDAZA DAMMERT MORDAZA Presidente del Consejo Directivo 00023 RESOLUCION DE CONSEJO DIRECTIVO ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSION EN ENERGIA OSINERG Nº 003-2006-OS/CD MORDAZA, 3 de enero de 2006 CONSIDERANDO: Que, mediante la Resolucion OSINERG Nº 369-2005OS/CD, publicada en el Diario Oficial El Peruano el 16 de octubre de 2005, se fijo el Valor MORDAZA de Reemplazo de las Instalaciones de Distribucion Electrica; Que, con fecha 7 de noviembre de 2005, la empresa de distribucion electrica Luz del Sur S.A.A., presento Recurso de Reconsideracion contra dicha resolucion. Como consecuencia del analisis del recurso impugnativo, el OSINERG determino la necesidad de expedir la presente resolucion de oficio, con el objeto de extender el Valor MORDAZA de Reemplazo de Empresa de Distribucion Electrica de MORDAZA Norte S.A.A ­ EDELNOR como resultado del analisis que efectuara el OSINERG en los temas relacionados con calzada de losa de concreto para cruzada correspondiente a redes subterraneas de media y baja tension (analisis efectuado en el numeral 2.1.2.2) y otros softwares (analisis efectuado en el numeral 2.2.4.2), consignados en la Resolucion OSINERG Nº 002-2006OS/CD; Que, con relacion a la presente resolucion, se ha expedido, el Informe OSINERG-GART/DDE Nº 054-2005 de la Gerencia Adjunta de Regulacion Tarifaria del OSINERG, que se incluye como Anexo Nº 1 de la presente resolucion, y el Informe OSINERG-GART-AL2005-199 de la Asesoria Legal de la GART, que se incluye como anexo Nº 2, los mismos que contienen la motivacion que sustenta la decision del OSINERG, cumpliendo de esta manera con el requisito de validez de los actos administrativos a que se refiere el Articulo 3º, Numeral 4 de la Ley de Procedimiento Administrativo General 1 ; y, De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 27332, Ley MORDAZA de los Organismos Reguladores de la Inversion Privada en los Servicios Publicos, en el

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Articulo 3º.- Requisitos de validez de los actos administrativos Son requisitos de validez de los actos administrativos: ... 4. Motivacion.- El acto administrativo debe estar debidamente motivado en proporcion al contenido y conforme al ordenamiento juridico.

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