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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 05 DE ENERO DEL AÑO 2006 (05/01/2006)

CANTIDAD DE PAGINAS: 84

TEXTO PAGINA: 62

PÆg. 309372 NORMAS LEGALES Lima, jueves 5 de enero de 2006 Que, mediante Resolución SBS Nº 437-2004 de fecha 19 de marzo de 2004, esta Superintendencia autorizó lamodificación al contrato de emisión de la Segunda Emisión de Bonos Subordinados del Banco Interamericano de Finanzas, en lo concerniente a la prórroga del vencimientode los referidos bonos por 24 meses adicionales; Que, mediante comunicación de fecha 24 de octubre del presente año, el Vicepresidente Gerente Generaldel Banco Interamericano de Finanzas solicitó autorización para realizar la prórroga de la Segunda Emisión de Bonos Subordinados por 36 mesesadicionales a los previstos; Que, de acuerdo al Acta de la Asamblea de Obligacionistas de la Segunda Emisión de BonosSubordinados del Banco Interamericano de Finanzas, llevada a cabo el 22 de noviembre de 2005, los tenedores de bonos acordaron por unanimidad de los votospresentes (54.8% del total obligaciones emitidas y en circulación) la aprobación y aceptación de la prórroga de la fecha de vencimiento de los referidos bonos por 36meses adicionales a los previamente aprobados mediante Resolución SBS Nº 437-2004; Estando a lo informado por el Departamento de Evaluación Bancaria "C" mediante Informe Nº 174- 2005 DEB "C" y por el Departamento Legal mediante Informe Nº 1043-2005-LEG; y con el visto bueno dela Superintendencia Adjunta de Asesoría Jurídica y la Superintendencia Adjunta de Banca y Microfinanzas; En uso de las atribuciones conferidas por la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros- Ley Nº 26702; RESUELVE:Artículo Primero.- Autorizar la modificación al contrato de emisión de la Segunda Emisión de BonosSubordinados del Banco Interamericano de Finanzas, en lo concerniente a la prórroga del vencimiento de los referidos bonos por 36 meses adicionales a lospreviamente aprobados mediante Resolución SBS Nº 437-2004. Artículo Segundo.- El texto de la presente Resolución deberá insertarse en la Escritura Pública correspondiente para su posterior inscripción en el Registro Público del Mercado de Valores. Regístrese, comuníquese y publíquese. JUAN JOSÉ MARTHANS LEÓN Superintendente de Banca, Seguros y Administradoras Privadas deFondos de Pensiones 00009 TRIBUNAL CONSTITUCIONAL Autorizan viaje de Magistrado para par- ticipar en curso de postgrado a realizar- se en Espaæa RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 115-2005-P/TC Lima, 30 de diciembre de2005VISTOS; la comunicación cursada por el señor doctor Eduardo Espín, enviada el 26 de abril de 2005; y la Cartade 15 de junio de 2005, cursada por la doctora Evangelina Aranda García, Vicerrectora del Vicerrectorado de Relaciones Institucionales y del Campus de Toledo de laUniversidad de Castilla La Mancha; CONSIDERANDO:Que mediante la referida comunicación, se invita al señor doctor César Landa Arroyo, Magistrado del TribunalConstitucional, como conferencista en la VI Edición de los Cursos de Postgrado en Derecho, a llevarse a caboentre el 7 y 20 de enero de 2006, para juristas iberoamericanos, organizados por la Universidad deCastilla-La Mancha, España; Que es de interés del Tribunal Constitucional que el Magistrado doctor César Landa Arroyo participe en elmencionado evento académico, en el que se tratarán temas relevantes y trascendentes que pueden contribuir a un intercambio de conocimientos doctrinarios yexperiencias jurisprudenciales en beneficio de este órgano constitucional; Estando a lo acordado por el Pleno del Tribunal Constitucional; y, De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27619 y en el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM; SE RESUELVE: Artículo 1° Autorizar el viaje del doctor César Rodrigo Landa Arroyo, Magistrado del Tribunal Constitucional del Perú, a la ciudad de Toledo, España, para que participeen la VI Edición de los Cursos de Postgrado en Derecho organizados por la Universidad de Castilla-La Mancha, España a llevarse a cabo entre el 6 y 20 de enero de2006. Artículo 2° El viaje del referido Magistrado no irrogará gasto alguno al presupuesto del Tribunal Constitucional,el mismo que será asumido por los organizadores del evento en referencia. Artículo 3° El cumplimiento de la presente resolución no dará derecho a exoneración o liberación de impuestos aduaneros, cualquiera fuera su denominación. Artículo 4° Dentro de los quince días calendario siguientes de realizado el referido viaje, el citado Magistrado informará sobre los resultados obtenidos con motivo de su participación en el mencionado eventointernacional. Regístrese, comuníquese y publíqueseVICTOR GARCIA TOMA PresidenteTribunal Constitucional 00092 ORGANISMOS DESCENTRALIZADOS INADE Exoneran de procesos de selección la contratación de alquiler de pisos deinmueble ubicado en el distrito deMiraflores, provincia de Lima RESOLUCIÓN PRESIDENCIAL Nº 168-2005-INADE-1100 Lima, 28 de diciembre del 2005 Visto, el Memorándum Nº 435-2005-INADE/4101, de la Oficina General de Administración del INADE, Informe Técnico Nº 015-2005-INADE-4131; y, CONSIDERANDO: Que, el Instituto Nacional de Desarrollo - INADE, es un Organismo Público Descentralizado dependiente delMinisterio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, con personería jurídica de derecho público interno y autonomía técnica, económica, financiera yadministrativa, constituyendo un Pliego Presupuestal del Sector Vivienda y que tiene a su cargo los Proyectos Especiales que le encargue el Gobierno Central; Que, a través del documento de la referencia, el Jefe de la Oficina General de Administración recomienda la exoneración del Proceso de Selección deAdjudicación Directa Selectiva, por la causal prevista en el Artículo 144º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, para lacontratación del servicio de alquiler del piso 5º del edificio