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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 05 DE ENERO DEL AÑO 2006 (05/01/2006)

CANTIDAD DE PAGINAS: 84

TEXTO PAGINA: 47

PÆg. 309357 NORMAS LEGALES Lima, jueves 5 de enero de 2006 extraordinarios han impedido que el servicio de seguros se contrate de manera regular, por lo que se concluyeque se ha presentado la Situación de Desabastecimiento Inminente prevista en el inciso c) del artículo 19º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones yAdquisiciones del Estado, resultando necesario tomar una acción inmediata para contratar por el período indispensable, hasta que finalice el proceso de seleccióncon la respectiva suscripción del contrato, según la normativa aplicable; Que, el artículo 20º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM, establece que las adquisiciones y contratacionesexoneradas del respectivo proceso de selección, se realizarán mediante acciones inmediatas, debiendo remitirse copia de la Resolución y los informessustentatorios a la Contraloría General de la República y al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, dentro de los 10 días hábiles siguientes a lafecha de su aprobación; Que, según lo previsto por el artículo 147º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisicionesdel Estado, la resolución que aprueba la exoneración deberá publicarse en el Diario Oficial El Peruano, dentro de los 10 días hábiles siguientes a su emisión; y,adicionalmente, deberá publicarse a través del SEACE; Que, de otro lado, conforme al artículo 148º del citado Reglamento, la Entidad efectuará las adquisiciones ocontrataciones mediante acciones inmediatas, requiriéndose invitar a un solo proveedor, cuya propuesta cumpla con las características y condiciones establecidasen las Bases, la misma que podrá ser obtenida, por cualquier medio de comunicación, incluyendo el facsímil y el correo electrónico; Que, la Oficina de Asesoría Legal de la Gerencia General mediante Informe Nº 729-2005-OAL-GG-PJ, opina por la procedencia de la declaración en Situaciónde Desabastecimiento Inminente, al considerar que el apremio es concreto e inmediato, resultando indispensable realizar acciones inmediatas para contratarpor el periodo necesario, lo cual debe ser autorizado por el Titular del Pliego derivado de una exoneración, como una medida temporal ante un hecho de excepción; Que, mediante Memorándum Nº 781-2005-SPP-GP- GG, la Subgerencia de Planes y Presupuesto, señala la existencia de factibilidad presupuestal, con cargo a laFuente de Financiamiento: Recursos Ordinarios; Que, el inminente desabastecimiento del servicio referido exige disponer el inicio de las medidasconducentes a la determinación de las responsabilidades que pudieran recaer en los funcionarios y/o servidores de la Institución que pudieran resultar involucrados, deacuerdo a lo previsto por el artículo 47º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM; Por las consideraciones expuestas y de conformidad con lo previsto por los artículos 19º, 20º y 21º del TextoÚnico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM, en concordancia con los artículos141º, 146º, 147º y 148º de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, y en uso de las facultades conferidas por Ley; SE RESUELVE: Artículo Primero.- DECLARAR en Situación de Desabastecimiento Inminente la contratación de seguros patrimoniales y personales del Poder Judicial a nivelnacional, por el valor referencial de US $ 492 258,06 (Cuatrocientos Noventidós Mil Doscientos Cincuentiocho y 06/100 Dólares Americanos), con cargo a la Fuente deFinanciamiento: Recursos Ordinarios; por el período de 120 días calendario, o, hasta la suscripción del contrato que derive del respectivo proceso de selección, lo queocurra en primer orden. Artículo Segundo.- DISPONER que la Subgerencia de Logística de la Gerencia de Administración y Finanzasrealice la contratación referida en el Artículo Primero, mediante acciones inmediatas, debiendo observar lo dispuesto por el Texto Único Ordenado de la Ley deContrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por el Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM y suReglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 084- 2004-PCM. Artículo Tercero.- El Contrato que se suscriba como consecuencia de la presente exoneración, deberá observar las disposiciones citadas en el artículo anterior, debiendo además cumplir con los requisitos,condiciones, formalidades y garantías que establece la ley. Artículo Cuarto.- La Gerencia de Personal y Escalafón Judicial deberá iniciar las acciones conducentes a la determinación de las responsabilidades que pudieran recaer en los funcionarios y/o servidorescuya conducta hubiese originado la configuración de esta causal, de acuerdo a lo previsto por el artículo 47º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones yAdquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM. Artículo Quinto.- Disponer que la Gerencia de Administración y Finanzas de la Gerencia General del Poder Judicial, haga de conocimiento de la Contraloría General de la República y del Consejo Superior deContrataciones y Adquisiciones del Estado, la presente resolución y los informes que la sustentan, dentro del plazo de 10 días hábiles siguientes a la fecha de suaprobación. Regístrese, comuníquese y publíquese.WALTER H. VÁSQUEZ VEJARANO Presidente del Poder Judicial 00075 Autorizan a la Procuraduría Pœblica encargada de los asuntos del PoderJudicial iniciar acciones legales contrapresunto responsable de falsificaciónde documentos presentados en procesode selección RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA DE LA PRESIDENCIA DEL PODER JUDICIAL R.A. Nº 469-2005-P-PJ Lima, 28 de diciembre del 2005 VISTOS:El Oficio N° 422-2005-OA-CSJAN/PJ, de la Administración de la Corte Superior de Justicia de Ancash;el Informe N° 683-2005-OAL-GG-PJ de la Oficina de Asesoría Legal de la Gerencia General del Poder Judicial; y, CONSIDERANDO: Que, con fecha 19 de septiembre del año en curso, el Comité Especial Permanente de la Corte Superior de Ancash convocó al proceso de Adjudicación de Menor CuantíaN° 012-2005-S-CEP-CSJAN/PJ-1° CONV, con el objeto de contratar el servicio de digitado y lectura de expedientes – Proceso de Data Entry a efectos de implementar el SistemaIntegrado Judicial, por la suma de S/. 6 860,00, con cargo a la Fuente de Financiamiento: Donaciones y Transferencias, conforme al expediente de contratación ylas Bases aprobadas por Resoluciones Administrativas de la Presidencia de la Corte Superior de Ancash Nºs. 305 y 314-2005-P-CSJAN/PJ, respectivamente; Que, de acuerdo al calendario establecido en las Bases, el 22 de septiembre del 2005 se recibió la única propuesta técnico – económica de la Empresa SaritaEIRL, representada por el señor José Luciano Veramendi, no habiéndose llegado a adjudicar la Buena Pro al haberse detectado incongruencias entre la propuestapresentada por el mencionado postor así como la documentación complementaria recibida el 21 de octubre del 2005 y la verificación posterior realizada por la Oficinade Logística de dicha Sede Judicial;