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PÆg. 309370 NORMAS LEGALES Lima, jueves 5 de enero de 2006 Políticas del Jurado Nacional de Elecciones, pueden presentar una fórmula de candidatos a la Presidencia yVicepresidencias de la República, hasta 90 días naturales antes de la fecha de elecciones, conforme lo establecen los artículos 104º y 109º de la Ley Orgánica de EleccionesNº 26859, en concordancia con el Art. 11º de la Ley de Partidos Políticos Nº 28094. Que de la revisión y calificación de la información presentada, se aprecia que dicha solicitud cumple con los requisitos establecidos por el artículo 106º de la Ley Orgánica de Elecciones, que recoge, en esencia, loprevisto por el artículo 110º de la Constitución Política del Estado, así como los señalados en el considerando precedente y en el TUPA del Jurado Nacional deElecciones. Que, en tal virtud el Jurado Electoral Especial de Lima Centro, de conformidad con lo dispuesto por laResolución Nº 393-2005-JNE, expedida por el Jurado Nacional de Elecciones; RESUELVE: Artículo Primero.- Admitir a trámite la solicitud de inscripción de la fórmula de candidatos a la Presidencia y Vicepresidencias de la República, presentada por el personero legal del Partido Político ResurgimientoPeruano, para las Elecciones Generales del 9 de abril del 2006, la misma que está integrada de la siguiente manera: Para Presidente de la República: Antero Asto Flores Para Primer Vicepresidente: Carlos Bentin GuedesPara Segundo Vicepresidente: Roberto Luis Pineda Cuellar Artículo Segundo.- Disponer la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. S.S.ZARATE GUEVARA MEDINA GALDOS MARTINEZ GARCIA00088 Admiten a trÆmite solicitud de inscripción de la fórmula de candidatosa la Presidencia y Vicepresidencias dela Repœblica del Partido Político Uniónpor el Perœ JURADO ELECTORAL ESPECIAL DE LIMA CENTRO RESOLUCIÓN Nº 002-2006-JEE/LC Lima, 3 de enero de 2006VISTA; la solicitud de inscripción de la formula de candidatos para Presidente y Vicepresidentes de laRepública, para las Elecciones Generales del 2006, presentada por el señor personero del Partido Político Unión por el Perú, ciudadano Víctor Miguel SotoRemuzgo; CONSIDERANDO: Que los partidos políticos que mantienen su inscripción vigente ante el Registro de Organizaciones Políticas del Jurado Nacional de Elecciones, pueden presentar una fórmula de candidatos a la Presidencia yVicepresidencias de la República, hasta 90 días naturales antes de la fecha de elecciones, conforme lo establecen los artículos 104º y 109º de la Ley Orgánica de EleccionesNº 26859, en concordancia con el Art. 11º de la Ley de Partidos Políticos Nº 28094.Que de la revisión y calificación de la información presentada, se aprecia que dicha solicitud cumple conlos requisitos establecidos por el artículo 106º de la Ley Orgánica de Elecciones, que recoge, en esencia, lo previsto por el artículo 110º de la Constitución Políticadel Estado, así como los señalados en el considerando precedente y en el TUPA del Jurado Nacional de Elecciones. Que, en tal virtud y en aplicación de lo dispuesto por el Art. 5º del Reglamento aprobado para el efecto por el Jurado Nacional de Elecciones mediante ResoluciónNº 393-2005-JNE, el Jurado Electoral Especial de Lima Centro; RESUELVE: Artículo Primero.- Admitir a trámite la solicitud de inscripción de la fórmula de candidatos a la Presidencia y Vicepresidencias de la República, presentada por el personero legal del Partido PolíticoUnión por el Perú, para las Elecciones Generales del 9 de abril del 2006, la misma que está integrada de la siguiente manera: Para Presidente de la República : Ollanta Moisés Humala Tasso Para Primer Vicepresidente : Gonzalo Raúl García NúñezPara Segundo Vicepresidente : Carlos Alberto Torres Caro Artículo Segundo.- Disponer la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese.S.S. ZARATE GUEVARA MEDINA GALDOSMARTINEZ GARCIA 00089 ONPE Autorizan a procurador iniciar acciones a fin de proceder con la ejecución delaudo arbitral de derecho en procesoseguido con Mercados del Pueblo S.A. en liquidación RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 002-2006-J/ONPE Lima, 3 de enero de 2006 Vistos; el laudo arbitral de derecho de fecha 18 de octubre de 2004, la Resolución Nº 025 mediante la cualse aclara dicho laudo de fecha 26 de noviembre de 2004, y el Informe Nº 027-2005-CCM/GAJ/ONPE de fecha 13 de abril de 2005; CONSIDERANDO: Que, Mercados del Pueblo S.A. en liquidación - MESA, de conformidad con el artículo 191º del entonces reglamento de la Ley de Contrataciones yAdquisiciones del Estado aprobado mediante Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM, solicitó el inicio del proceso arbitral contra la Oficina Nacional deProcesos Electorales - ONPE, a fin de obtener el desalojo del bien constituido por un módulo metálico desmontable ubicado en la Av. Tomas Valle s/n entrelas calles 6 y 7 de la Urbanización Antares, distrito de San Martín de Porres y el pago de la suma de US$ 19,824.00 (Diecinueve mil ochocientos veinticuatro y00/100 dólares americanos) por concepto de daños y perjuicios; Que, oportunamente ONPE contestó la demanda negando y contradiciendo los extremos de la misma, así